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III.   OPOSICIONES Y CONCURSOS

Resolución Rectoral 94/2022, de 10 de mayo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes correspondientes a la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios.

Encontrándose vacantes y presupuestados  puestos en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de esta Universidad, cuya provisión se estima ineludible en atención a las necesidades del servicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2013 de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía, y en virtud de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica de Universidades, 6/2001, de 21 de diciembre, en relación con el artículo 16 n) del Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía.

RESUELVO

Convocar concurso para la provisión los puestos de trabajo del personal de administración y servicios por el sistema de concurso general, con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. Objeto. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión de los puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios funcionario de la Universidad Internacional de Andalucía que se detallan en Anexo I.
  1. Normas de aplicación. Esta convocatoria se regirá por estas bases, el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad Internacional, el Estatuto Básico del Empleado Público, por la legislación sobre función pública de la Junta de Andalucía, por la Ley Andaluza de Universidades y sus respectivas disposiciones de desarrollo, por el Estatuto de la UNIA y, en su defecto, por lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
  1. Requisitos de los Aspirantes. 
  • Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera pertenecientes a los Subgrupos de las escalas correspondientes a las plazas que se detallan en el Anexo I, siempre que pertenezcan a escalas propias de la Universidad Internacional de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión, los funcionarios de otros Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas con destino definitivo en la Universidad Internacional de Andalucía, en situación administrativa de servicio activo en la referida Administración Universitaria, o en cualquier otra que conlleve el derecho de reserva del puesto de trabajo.
  • Los funcionarios con destino definitivo podrán tomar parte siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido por concurso.
  1. Solicitudes, modelos y plazos. 
  • Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo que figura como Anexo II de esta convocatoria, dirigidas a la Gerencia de esta Universidad, se presentarán, en el plazo máximo de los 15 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, en el Registro electrónico de la Universidad Internacional de Andalucía o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar todos los puestos convocados, para los que reúnan las condiciones y requisitos señalados, expresando el orden de preferencia del puesto de trabajo e indicando el número de orden de RPT y la denominación con que figuran los mismos; en caso de no coincidencia entre dicho número de orden y la denominación, prevalecerá siempre la denominación del puesto. La preferencia será determinante a la hora de adjudicar destinos no solicitados en primer lugar.
  • Los destinos, una vez adjudicados, son irrenunciables.
  • Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación de admitidos y excluidos a cada uno de los puestos de trabajo convocados, habilitándose un plazo para reclamaciones de 10 días naturales, transcurrido el cual, se efectuará la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
  • Transcurrido los citados plazos, se constituirá la Comisión de Valoración que iniciará los trabajos de valoración de los méritos alegados.
  1. Valoración de los méritos. 
  • Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias. No serán valorados los méritos personales que no se invoquen en la solicitud, o que invocados, no se justifiquen documentalmente.

La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto de trabajo se efectuará de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

  • A los efectos de acreditar los méritos alegados, en la solicitud de participación, las personas interesadas realizarán una autobaremación de los mismos, que será cotejada de oficio por la Sección de Gestión de Recursos Humanos, no siendo necesario aportar ningún documento acreditativo para ello.

Podrán recabarse de las personas interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados.

  • La Comisión de Valoración publicará, en el plazo de un mes, contados desde la resolución definitiva de admitidos y excluidos, la valoración provisional de los méritos alegados, disponiendo los participantes de un plazo de 7 días hábiles para la presentación de alegaciones; transcurrido el cual se elevará a definitiva la valoración de los méritos y se elevará al Rector la propuesta de adjudicación de las plazas.
  • En el caso de que varias personas aspirantes tuviesen igual puntuación, el empate se resolverá a través de sorteo en el concurso general, y atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la primera fase del baremo, en el caso del concurso específico; en este último caso, de persistir el empate, se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.
  1. Comisión de Valoración. 
  • Los méritos serán valorados por la Comisión cuya composición se establecerá en la Resolución por la que se publique el listado de aspirantes admitidos.
  • Los miembros de la Comisión de Valoración se abstendrán de intervenir, cuando les afecte alguno de los motivos que regula el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • A cada miembro titular podrá asignarse un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.
  1. Plazo de resolución. 
  • El presente concurso se resolverá por Resolución Rectoral de la Universidad, en plazo no superior a tres meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las memorias.
  • Dicha Resolución será publicada por los mismos medios en el que fuese publicada la convocatoria.
  • El cese del funcionario en el anterior destino deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso, salvo que en dicha resolución se establezca otra cosa.

La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución del concurso.

El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese si no implica cambio de residencia del funcionario, o en el plazo de un mes, si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el período de reserva del puesto de trabajo.

  1. Normas finales. 
  • La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen con ocasión de la aplicación de las mismas corresponderá a la Comisión de Valoración.
  • Todos los preceptos de esta resolución que utilizan la forma del masculino genérico se entenderán aplicables a cualquier persona con independencia de su sexo, como género gramatical no marcado.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar desde la fecha de notificación, según dispone el artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

En Sevilla, a fecha de pie de firma

El Rector

Fdo. José Ignacio García Pérez

ANEXO I

Relación de vacantes. 

Número de Orden: 2.19.3.N

Denominación: Unidad

Adscripción: Funcionario

Forma de provisión: concurso

Grupo: C1/C2

Nivel: 18

Localidad: Málaga

ANEXO II

Solicitud de participación en el concurso de provisión de puestos de trabajo de la Universidad Internacional de Andalucía.

DATOS DEL FUNCIONARIO:

Primer Apellido:

Segundo Apellido:

Nombre:

D.N.I.:

Cuerpo o Escala:

Grupo/Subgrupo:

Grado Consolidado:         

Situación Administrativa:                                                                                 

Destino Actual:

Denominación del Puesto de Trabajo actual: 

Fecha de posesión en dicho puesto:

Puesto/s a los que concursa por orden de prioridad:

Núm. Orden           Denominación de la Plaza:

Núm. Orden           Denominación de la Plaza:

MÉRITOS QUE ACREDITA

PUNTOS

Reservado comisión

A) Antigüedad

B) Grado Personal Consolidado

En  nivel superior o igual al del puesto consolidado

En nivel inferior en uno o dos niveles al del puesto solicitado

En nivel inferior en tres o más niveles al del puesto solicitado

C) Titulación Académica

D)Pertenencia a cuerpo o escala

E)Experiencia profesional

F)Trabajo desarrollado

G)Formación

TOTAL PUNTUACIÓN

Lugar y fecha:

Fdo.

Att. Gerente de la Universidad Internacional de Andalucía.

Anexo III

Primera Fase 

A. Antigüedad: hasta 20 puntos.

La antigüedad se valorará 1 punto por cada año o fracción de servicios prestados en la Universidad Internacional de Andalucía, o reconocidos en los términos de lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

B. Grado personal consolidado. Puntos máximos 10.

Por tener un grado personal igual o superior al nivel del puesto solicitado, diez puntos. Por tener un grado personal inferior en uno o dos niveles del puesto solicitado, ocho puntos.

Por tener un grado personal inferior tres o más niveles del puesto solicitado, seis puntos. 

C. Titulación Académica. Hasta 7 puntos.

Se valorará exclusivamente la titulación de mayor nivel académico que el aspirante posea, de acuerdo con la siguiente puntuación:

  • Doctorado o Máster: 7 puntos
  • Licenciado, Ingeniero Arquitecto o Grado: 5 puntos.
  • Diplomado Ingeniería o Arquitectura Técnica: 3 puntos

D. Pertenencia a Cuerpo o Escala: hasta 15 puntos.

En los casos de puesto de trabajo para cuyo acceso se posibilite la pertenencia a más de un Cuerpo o Escala:

  1. Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Grupo Superior 15 puntos.
  2. Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Grupo inferior: 0 puntos

En los puestos de trabajo cuyo acceso se exija la pertenencia a un solo Cuerpo o Escala, todos los aspirantes obtendrán la puntuación de 15 puntos.

E. Experiencia profesional: hasta 15 puntos.

Por cada año o fracción de desempeño del mismo puesto de trabajo que el ofertado: 2 puntos.

Por cada año o fracción de desempeño de un puesto de trabajo perteneciente a la misma sección o estructura similar: 1.5 puntos.

Por cada año o fracción de desempeño de un puesto de trabajo perteneciente a la misma Área funcional: 1 Punto. E efectos de este apartado se considerará que existen tres áreas funcionales: de Administración General, de Informática y TIC y el Área de Biblioteca.

F. Trabajo desarrollado. Puntos máximos 20.

En este apartado se valorará el nivel de complemento de destino que tenga asignado el puesto de trabajo que ocupa el funcionario en la vigente Relación de Puestos de Trabajo, de acuerdo con la siguiente escala:

  • Puesto de trabajo de nivel superior o igual al de la plaza convocada: 20 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en un punto al de la plaza convocada: 17 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en dos puntos al de la plaza convocada: 14 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en tres puntos al de la plaza convocada: 11 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en cuatro puntos al de la plaza convocada: 8 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en cinco o más puntos al de la plaza convocada: 5 puntos.

G. Formación. Puntos máximos 15.

Las acciones formativas deberán versar sobre materias directa o indirectamente relacionadas con las funciones del puesto a que se aspira idiomas acreditados

La valoración del apartado de formación se realizará conforme a la siguiente escala:

  • Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0.25 puntos. Cada crédito europeo se considerará de 30 horas lectivas si no se especifica otra cosa.
  • Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva:0.25 puntos.
  • Por cursos impartidos la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de tres puntos en este subapartado.