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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS 

 

I.2. Consejo de Gobierno

Acuerdo 61/2022, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 28 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público.

El Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, reunido el 28 de septiembre de 2022, aprueba la Oferta de Empleo Público.

 

ANEXO

Resolución Rectoral número 179/2022, de la Universidad Internacional de Andalucía por la que se dispone la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de Septiembre de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público del personal de administración y servicios para el año 2022.

De conformidad con establecido en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se regulará por los criterios señalados en este artículo y estará sujeta a una tasa de reposición de efectivos del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores, añadiéndose en el artículo 20.Uno.3, en su letra I), que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición, entre otras, las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Para el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.7 de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, el porcentaje de tasa máxima autorizada se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.

Por todo lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre de 2020, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, así como en los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía, este Rectorado

RESUELVE

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía para el año 2022, aprobada por Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2022, tras el acuerdo alcanzado entre la Gerencia de la Universidad y los órganos de representación del Personal de Administración y Servicios, y que acompaña a esta Resolución como anexo 1.

Segundo. La Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de administración y servicios con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta Oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.

Fdo. José Ignacio García Pérez      
Rector

  

ANEXO 1

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2022

 

  Subgrupo   

Número de plazas

A2

1

C1

2

C2

2