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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS 

I.2.  Consejo de Gobierno

Advertido error en la publicación del Acuerdo 40/2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 25 de abril de 2024, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Internacional de Andalucía.

1. Donde dice:

“Artículo 17. Efectos de la anulación de la matrícula.

1. En los supuestos de anulación de matrícula a petición del estudiante, sus efectos dependerán de la fecha en que se haya presentado la solicitud.

a. Si la anulación se solicita con, al menos, quince diez días hábiles de antelación al inicio del curso o actividad, o el plazo explícito establecido para este fin en el programa correspondiente:”

debe decir:

“Artículo 17. Efectos de la anulación de la matrícula.

1. En los supuestos de anulación de matrícula a petición del estudiante, sus efectos dependerán de la fecha en que se haya presentado la solicitud.

a. Si la anulación se solicita con, al menos, diez días hábiles de antelación al inicio del curso o actividad, o el plazo explícito establecido para este fin en el programa correspondiente:”