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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS

I.4. Secretaría General

Instrucción 3/2024, de la Secretaría General de la Universidad Internacional de Andalucía, de delegación de competencia para la firma de certificaciones en las personas titulares de las Direcciones de las Sedes de la Universidad.

Esta Secretaría General de la UNIA, en uso de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema  Universitario, por el Texto refundido de su Ley de creación, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por sus Estatutos, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio, y por el resto de normas mencionadas a continuación,

CONSIDERANDO

Que con objeto de agilizar la actuación administrativa, y atendiendo a los principios de eficacia y celeridad, se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias en esta materia, tratando de conseguir una mejor satisfacción de los intereses públicos y, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de la Universidad Internacional de Andalucía por el que se aprueban las instrucciones para la emisión de Títulos, Diplomas y Certificaciones de la Universidad (aprobado por el Consejo de Gobierno reunido el 24 de julio de 2024 y publicado en el BOUNIA número 16 de 30 de julio),  esta Secretaría General, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 37.c) del Decreto 236/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad, tiene a bien emitir las siguientes instrucciones.

PRIMERA. OBJETO.

Esta Instrucción tiene por objeto delegar la firma en las personas titulares de las Direcciones de las Sedes de la Universidad Internacional de Andalucía de las certificaciones de asistencia y Diplomas de Aprovechamiento que puedan demandarse por parte del alumnado de las enseñanzas propias de Formación Permanente General y de las actividades de Extensión Universitaria.

En las programaciones organizadas desde la Sede de La Cartuja, de Sevilla, los mencionados Diplomas o certificaciones de asistencia serán emitidos por la persona titular de la Secretaría General.

SEGUNDA. EFECTOS.

Esta Instrucción surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía y los mantendrá en tanto no sea revocada por otra disposición de igual o superior rango.

Contra esta Instrucción podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Sevilla a la fecha de la firma electrónica

LA SECRETARIA GENERAL

María José Trigueros Martín