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REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

Aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2011, modificado C. de Gobierno 19 de junio de 2013

 

Texto consolidado en virtud del

Acuerdo 43/2022, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 11 de mayo de 2022, por el que se aprueba la solicitud al Consejo de Gobierno para proceder a una refundición de los textos de la normativa vigente en la UNIA, para su publicación en una edición especial del BOUNIA.

 

TÍTULO PRIMERO: NORMAS GENERALES.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del régimen académico y económico de las actividades y cursos de extensión universitaria y de formación de la Universidad Internacional de Andalucía

Artículo 2. Unidad de valoración académica de las actividades de extensión universitaria.

La organización docente correspondiente a las diferentes enseñanzas reguladas por el presente Reglamento podrá estructurarse, de acuerdo con su duración, en asignaturas o módulos. Dependiendo del tipo de actividad se utilizarán como unidades de valoración la hora lectiva (diferenciando las de carácter teórico y las prácticas) o el crédito ECTS. La docencia podrá impartirse en modalidad presencial o en modalidad on line.

Artículo 3. Evaluación y acreditación.

1. Las actividades académicas objeto de regulación en el presente Reglamento podrán ser reconocidas de dos modos:

a) Aquellas actividades académicas en las que la programación aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad prevea cualquier tipo de evaluación de los conocimientos adquiridos en la misma, serán reconocidas mediante la expedición de Diploma de Aprovechamiento a favor de aquellos alumnos que obtengan una evaluación positiva. A estos efectos, desde los Servicios de Ordenación Académica de las diferentes Sedes de la Universidad se entregará al Director o Directora de la actividad acta de evaluación de los alumnos, que deberá ser cumplimentada de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento de Régimen Académico de la UNIA.

b) Las actividades académicas en cuya programación no conste sistema de evaluación alguno de los conocimientos adquiridos, serán reconocidas mediante Certificado de Asistencia, que será expedido a favor de aquellos alumnos que hayan asistido, al menos, al 80% del período lectivo.

2. Los Diplomas de Aprovechamiento y Certificados de Asistencia regulados en el número anterior del presente artículo serán expedidos, por delegación del Rector de la Universidad, por los Directores de las Sedes en que las actividades se hayan desarrollado.

Artículo 4. Tipología de actividades académicas de extensión universitaria.

Las actividades académicas de extensión universitaria de la UNIA deben quedar encuadradas en alguno de los siguientes tipos:

A)      Actividades organizadas en créditos ECTS

1.       Cursos de Formación Permanente. Son las actividades académicas, cualesquiera que sea su forma de impartición (presencial, semipresencial u on line) que tengan una carga lectiva de entre 3 y 20 créditos ECTS y que se hayan organizado de acuerdo al Real Decreto 1125/2003.

B)      Actividades organizadas en horas lectivas

1.     Cursos de Formación. Son las actividades académicas, cualesquiera que sea su forma de impartición (presencial, semipresencial u on line) que tengan una carga lectiva de, al menos, 30 horas.

2.     Seminarios. Son las actividades académicas, impartidas preferentemente en formato presencial, cuya carga lectiva sea inferior a 30 horas.

3.    Jornadas y Congresos. Son las actividades académicas presenciales con una carga lectiva inferior a 30 horas y que se desarrollen en uno o varios días.

4.     Talleres. Son las actividades académicas de carácter eminentemente práctico.

5.    Cursos de Verano. Son las actividades académicas, programadas por la Universidad dentro de la programación general del período estival, impartidas en formato presencial, y cuya carga lectiva no superará las 30 horas lectivas.

6.     Encuentros de Verano. Son las actividades académicas, programadas por la Universidad dentro de la programación general del período estival, impartidas en formato presencial, y cuya carga lectiva oscila entre 15 y 20 horas lectivas.

7.  Cursos magistrales. Son las actividades académicas de hasta 30 horas que sean impartidas por personas de un extraordinario relieve académico o profesional, y sean acordadas por el Consejo de Gobierno con tal denominación.

8.   Conferencias. Tendrán tal consideración las lecciones inaugurales de la programación de cada Sede en el programa general de Cursos y Encuentros de Verano, y aquellas otras actividades de un solo acto que sean aprobadas por el Consejo de Gobierno con tal carácter.

9.  Actividades de cooperación universitaria. La UNIA organizará, en cumplimiento de sus objetivos estratégicos, actividades académicas de cooperación universitaria, en cualquiera de los formatos de actividades de extensión universitaria. El régimen administrativo y económico de este tipo de actividades habrá de ser propuesto por el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación, y aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad. En función de las entidades o instituciones participantes en estas actividades, queda autorizado el establecimiento de condiciones específicas en materia académica, organizativa y retributiva.

10.  Otras actividades académicas. La UNIA podrá organizar, en el marco de proyectos o programas específicos, otras actividades académicas o de índole similar, cuyo formato no se ajuste a ninguna otra o que, aún ajustándose, concurran circunstancias especiales en cuanto a localización geográfica de la actividad, o carácter cooperativo de la misma. El régimen administrativo y económico de este tipo de actividades habrá de ser propuesto por el Vicerrectorado responsable de las mismas, y aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad.

Artículo 5. Proyectos de Estudios de Extensión Universitaria.

1.    Los proyectos de cursos de formación, cursos y encuentros de verano y del resto de actividades de extensión universitaria prevista en el artículo 4 del presente Reglamento que se vayan a desarrollar por la Universidad Internacional de Andalucía serán aprobados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Vicerrectorado de Extensión Universitaria, debiendo ajustarse las propuestas a los impresos normalizados que se establezcan al efecto.

2.    El procedimiento para la aprobación de los estudios de extensión universitaria requerirá, en todo caso, la elaboración de una memoria académica, una memoria económica, un certificado de existencia de crédito expedido por el Gerente de Sede o la Vicegerente de la Universidad, en el caso de la Sede de Sevilla, así como un informe del Director o Directora de la Sede responsable de su impartición o, en su caso, del Vicerrector o Vicerrectora responsable. Esa documentación, como requisito previo indispensable, será aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Extensión Universitaria.

Artículo 6. Director de Estudios y coordinador de programación en las actividades académicas de extensión universitaria.

1. Los proyectos de Estudios de Extensión Universitaria deberán incluir la designación de un Director, que deberá recaer en un profesional de reconocido prestigio en el ámbito científico, técnico, artístico o académico.

2. La dirección recaerá en uno o dos codirectores; en este último caso, las responsabilidades de ambos, así como el nivel retributivo, serán compartidas.

3.  Al Proyecto de Estudios se acompañará currículum vitae del Director o de los Codirectores.

4. Se designará un coordinador de programación en aquellas actividades de extensión universitaria que sean organizadas en el cumplimiento de alguno de los objetivos estratégicos de la Universidad. El coordinador de programación tendrá, entre otras, las funciones de contactar con el Director y los ponentes, así como hacer la programación general de la actividad de que se trate en cada caso.

Artículo 7. Denominación de los Estudios.

La denominación de los estudios y la de los diplomas o certificados que reconozcan su superación o realización, en ningún caso podrá ser coincidente con la de los Títulos establecidos por el Gobierno, ni inducir a confusión con la de los mismos.

Artículo 8. Profesorado.

1. El profesorado que participe en las enseñanzas de extensión universitaria, que deberá prestar su aceptación formal, quedará sujeto a la disciplina propia de la Universidad Internacional de Andalucía, sin que la participación del mismo en la actividad pueda dar lugar a relación laboral ni estatutaria con la UNIA.

2. Cada profesor participante está obligado a presentar los materiales, documentos y recursos didácticos de sus sesiones, ya sean presenciales o en modalidad online, en los plazos indicados por el Director académico de la actividad, de acuerdo con las directrices que se establezcan desde la Dirección de la Sede responsable del desarrollo de la actividad.

3. La participación del profesorado en estas enseñanzas, una vez aprobadas las mismas, llevará implícita la concesión en su favor de la venia docendi.

4. Los profesores participantes en las actividades docentes de extensión universitaria tendrán derecho a ser retribuidos por su participación en las mismas por los conceptos y en las cuantías que se establecen en el Anexo del presente Reglamento.

5. El pago de las retribuciones al profesorado se hará en su condición de persona física, y al mismo le serán aplicadas las retenciones que legalmente procedan en concepto del impuesto sobre la renta de las personas físicas. En caso contrario, el pago requerirá la emisión de factura, con expresión de los impuestos indirectos que procedan, sin que la cuantía de los pagos pueda superar, en ningún caso, la establecida en el Anexo del presente Reglamento, incluidos los impuestos indirectos que procedan. Cuando, excepcionalmente, proceda el pago de las ponencias, clases o cualquier otra participación docente a personas jurídicas, éstas deberán acreditar ante la UNIA que el objeto social de las mismas es, exclusiva o preferentemente, la actividad docente.

Artículo 9. Memoria académica.

Los proyectos de enseñanzas de extensión universitaria deben ir acompañados de una memoria académica, que deberá contener, como mínimo, el cronograma de la actividad con expresión del calendario y horarios, la asignación de cada una de las horas o créditos al profesorado, los objetivos y fines académicos, el sistema previsto, en su caso, de evaluación de los conocimientos adquiridos y cualquier otro contenido que desde la Dirección de la Sede responsable se solicite.

Artículo 10. Memoria económica.

1. Los proyectos de enseñanzas de extensión universitaria deberán incorporar una memoria económica, elaborada por la Gerencia de la Sede correspondiente, en la que se tienda al equilibrio entre ingresos y gastos. En el caso de que la memoria económica arroje como saldo un déficit superior al 30%, habrá de acompañarse informe justificativo, que se someterá a la consideración del Consejo de Gobierno.

2. Los ingresos correspondientes provendrán de:

a)       Precios públicos, aprobados dentro de los límites establecidos por el Patronato de la Universidad.

b)       Subvenciones de organismos o instituciones, de carácter público o privado, sean o no articuladas a través de Convenio.

c)       Otras aportaciones.

3.       Los gastos correspondientes podrán ser destinados a:

a)       Cubrir los costes por utilización de las sedes y costes académicos.

b)      Adquisición    de      material        inventariable, que     quedará        en      la Universidad Internacional de Andalucía, integrando su patrimonio.

c)       Adquisición de material fungible y no inventariable.

d)       Retribuciones del profesorado.

e)       Desplazamientos, alojamiento y manutención del profesorado.

f). Compensaciones económicas por uso o arrendamiento de instalaciones ajenas a la Universidad Internacional de Andalucía

g)       Importes de las becas.

h)       Publicidad.

i)        Seguros.

j)       Otros gastos.

Artículo 11. Becas.

1. Todas las becas ofertadas se regirán por el Reglamento de Becas de la Universidad Internacional de Andalucía.

2. La UNIA concederá, con carácter general, un número de becas de acuerdo con las plazas asignadas a cada curso. El Consejo de Gobierno especificará el número de becas en régimen de cooperación asignadas a cada curso

3. Para la adjudicación de becas, en sus diferentes modalidades, se tomarán en consideración las circunstancias académicas, económicas y/o profesionales de los solicitantes previstas en el baremo vigente.

4. La cuantía total de las becas podrá distribuirse entre becas de matrícula y becas de media matrícula, y ayudas de alojamiento y/o manutención.

5. Con carácter general la UNIA no concederá más de una beca anual por cada solicitante en la misma modalidad de curso o estudios.

Artículo 12. Tasas y derechos de matrícula.

1. Los derechos de matrícula incluirán los gastos necesarios para el seguimiento de las enseñanzas, e incluirán los relativos a la apertura de expediente y expedición de Diploma y/o Certificaciones académicas.

2.  El pago de los precios públicos se efectuará antes del comienzo de los estudios, sin perjuicio de que puedan establecerse plazos para el pago fraccionado, cuando éstos se desarrollen en períodos de tiempo bien diferenciados.

Artículo 13. Seguro escolar y otras pólizas de seguro.

1.- Los alumnos matriculados en estos estudios no estarán incluidos dentro del ámbito de aplicación del seguro escolar.

2. La Universidad Internacional de Andalucía concertará, cuando lo considere necesario, la correspondiente póliza de seguros para los alumnos y profesores de estos estudios, que incluirá la asistencia y hospitalización por accidentes.

Artículo 14. Admisión y matrícula.

1. En las actividades académicas de extensión universitaria, la selección de los alumnos se realizará por riguroso orden de inscripción, siempre que cumplan los requisitos exigidos. Se harán públicos tanto los criterios como la relación de alumnos becados.

2. Resuelta la admisión y hecha pública la relación de alumnos que hubieren obtenido beca, se comunicará a los seleccionados el plazo en el que habrán de formalizar la matrícula.

Artículo 15. Anulación de la Matrícula.

1. La anulación de la matrícula podrá solicitarse mediante escrito dirigido al Director de la Sede responsable de las enseñanzas.

2. La anulación de la matrícula no dará derecho a la devolución de lo abonado, salvo que expresamente se establezca lo contrario, y sin perjuicio de lo previsto en los números siguientes del presente artículo.

3. La matrícula será anulada de oficio cuando se produzca el impago de alguno de los plazos establecidos en la modalidad de pago fraccionado, sin derecho a devolución alguna, previo apercibimiento al interesado.

4. Una vez iniciados los estudios, no procederá devolución alguna de los importes satisfechos.

Artículo 16. Suspensión de actividades por no alcanzar el número mínimo de alumnos necesaio.

Para la efectiva impartición de las enseñanzas de extensión universitaria, será necesaria la determinación del número mínimo de alumnos necesario. En el caso de no alcanzarse dicho número mínimo, la actividad docente quedará suspendida, y se procederá a la íntegra devolución, de oficio, de todos los ingresos realizados.

Artículo 17. Informe Final

Concluidas las actividades académicas de extensión universitaria, el Director de la Sede correspondiente remitirá a la Comisión de Extensión Universitaria de la Universidad un informe final sobre el desarrollo de la misma, las incidencias que hubieran podido producirse y las sugerencias respecto a posibles ediciones futuras, así como el informe final de liquidación económica de la actividad, expedido por el Gerente de la Sede.

Artículo 18. Evaluación del programa académico

Todos los programas académicos de extensión universitaria llevarán a cabo el proceso de evaluación previsto en el Sistema de Garantía de Calidad de la UNIA, en los términos, plazos y con los contenidos que hayan sido acordados, a iniciativa del Vicerrectorado de Planificación y Calidad.

TÍTULO SEGUNDO: PROGRAMA DE CURSOS Y ENCUENTROS DE VERANO.

Artículo 19. Programación general de Cursos y Encuentros de verano.

1.  La Universidad Internacional de Andalucía imparte cada año una programación de Cursos y Encuentros de Verano en cada una de sus Sedes permanentes y en Marruecos.

2.  La programación general de Cursos y Encuentros de Verano de cada año será aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad dentro del primer trimestre del año natural en que aquélla vaya a realizarse.

Artículo 20. Dirección de los Cursos y Encuentros de verano.

1.  La Dirección de cada uno de los Cursos y Encuentros de verano recaerá en uno o dos Directores o Directoras, a quienes les corresponde el diseño y desarrollo de la actividad académica, la selección y contactos con el profesorado, la elaboración de la memoria académica y la recogida y homologación de las ponencias y del resto de la documentación que considere conveniente entregar o poner a disposición de los alumnos.

2. Las personas que ostenten la Dirección de los Cursos y Encuentros deberán permanecer en la Sede donde se celebren durante el tiempo de su desarrollo.

3. Las personas que ostenten la Dirección de los Cursos y Encuentros serán responsables de firmar, si procede, el acta de evaluación de los alumnos, asignando una calificación numérica y literal.

Artículo 21. Fechas y duración.

1. Los Cursos de Verano se desarrollarán a lo largo de una semana, de lunes a viernes. Tendrán una carga lectiva de 30 horas, de las que 25 serán lectivas, teóricas o prácticas. El resto, hasta completar 30 horas, corresponderá a las actividades de evaluación y a las actividades complementarias organizadas por la Universidad.

2. Los Encuentros de Verano se desarrollarán en dos o tres días. Tendrán una carga lectiva de entre 15 y 20 horas lectivas, teóricos o prácticas.

Artículo 22. Profesorado y organización de las enseñanzas.

1. El número de profesores que participarán en cada uno de los Cursos y Encuentros de Verano oscilará, con carácter general, entre 6 y 10.

2. Para la organización académica de las enseñanzas, con carácter general, la docencia estará organizada en sesiones de una duración de dos horas y treinta minutos. Cada una de las sesiones será encomendada a un profesor, que estará encargado, al menos, de una sesión.

Artículo 23. Número de alumnos.

Los Cursos y Encuentros de Verano han de contar, al menos, con 15 alumnos cada uno de ellos. A propuesta de la Dirección de la actividad académica, los Directores de Sede de la UNIA podrán establecer un número máximo de plazas en cada una de las mismas.

Artículo 24. Evaluación y reconocimiento.

A los Cursos y Encuentros de Verano le son de aplicación las prescripciones contenidas en el artículo 3 del presente Reglamento respecto de los modos de evaluación y reconocimiento de la realización y aprovechamiento de los mismos.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Las actividades académicas de extensión universitarias que se encuentren en desarrollo, o hayan sido aprobadas en la fecha de aprobación del presente Reglamento, se continuarán rigiendo por la normativa por la que fueron aprobadas.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogadas las disposiciones relativas a Cursos y Actividades de Extensión Universitaria contenidas en el Reglamento sobre Estudios de Posgrado y de Formación Complementaria conducentes a la obtención de títulos propios, diplomas y certificados de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2009 y modificado por Acuerdo de 23 de marzo de 2010, así como las prescripciones sobre retribuciones de este tipo de actividades incluidas en el Reglamento de Retribuciones por la impartición de docencia en titulaciones propias y de formación complementaria de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión de 24 de noviembre de 2006.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía.

 

ANEXO I

RETRIBUCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

 

CURSOS DE FORMACIÓN PERMANENTE

 

DIRECCIÓN

700 €

DOCENCIA POR CRÉDITO ECTS ONLINE

500 €

DOCENCIA POR CRÉDITO ECTS PRESENCIAL

750 €

CURSOS DE FORMACIÓN CONTINUA

 

DIRECCIÓN

700 €

DOCENCIA POR HORA TEÓRICA PRESENCIAL

120 €

DOCENCIA POR HORA PRÁCTICA PRESENCIAL

100 €

DOCENCIA POR CRÉDITO ONLINE (ELABORACIÓN DE MATERIALES Y TUTORIZACIÓN)*

540 €

COORDINADOR DE PROGRAMACIÓN

500 €

SEMINARIOS

 

DIRECCIÓN

600 €

DOCENCIA POR HORA TEÓRICA PRESENCIAL

120 €

DOCENCIA POR HORA PRÁCTICA PRESENCIAL

100 €

DOCENCIA POR CRÉDITO ONLINE (ELABORACIÓN DE MATERIALES Y TUTORIZACIÓN)*

540 €

COORDINADOR DE PROGRAMACIÓN

500 €

JORNADAS

 

DIRECCIÓN

600 €

DOCENCIA POR HORA TEÓRICA PRESENCIAL

120 €

DOCENCIA POR HORA PRÁCTICA PRESENCIAL

100 €

TALLERES

 

DIRECCIÓN

600 €

DOCENCIA POR HORA PRESENCIAL

100 €

CURSOS DE VERANO

 

DIRECCIÓN

750€ (modificado C. Gobierno de 27-11-2012)

SESIONES (DOS HORAS Y TREINTA MINUTOS)

400 € (modificado C. Gobierno de 26-10-2011)

ENCUENTROS DE VERANO

 

DIRECCIÓN

600 €

SESIONES (DOS HORAS Y TREINTA MINUTOS)

400 € (modificado C. Gobierno de 26-10-2011)

DOCENCIA POR HORA PRESENCIAL EN LAS SEDES DE MARRUECOS

160 € (modificado C. Gobierno de 26-10-2011)

CURSOS MAGISTRALES

 

DOCENCIA POR HORA PRESENCIAL

Cuantía establecida por el CG expresamente

CONFERENCIAS

 

LECCION INAUGURAL DE LOS CURSOS DE VERANO

Cuantía establecida por el CG expresamente

OTRAS CONFERENCIAS

500€

OTRAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS

Cuantía establecida por el CG expresamente

*Retribución referida a cada grupo de alumnos, considerando los grupos de, al menos, 15 alumnos.

 

ANEXO   II

Universidad Internacional de Andalucía

PROPUESTA DE CURSOS DE FORMACIÓN PERMANENTE

 

DENOMINACIÓN DEL CURSO

 

 

DIRECTOR/A

    Nombre y apellidos:   

    Universidad o centro de trabajo:

 

FECHA Y HORARIO PREVISTOS

 


SEDE (señale con una X la sede)

     Antonio Machado de Baeza

      La Cartuja de Sevilla

      Sede Tecnológica de Málaga

      Sede Iberoamericana de La Rábida

 

NÚMERO DE CRÉDITOS ECTS QUE PROPONE

 

NÚMERO DE PLAZAS

 

 

ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS (Se deberá acompañar de las Guías Docentes de cada Módulo o asignatura)

               Módulos                                                            Asignaturas

Nombre                                                                                                                                                           Nº créditos

 _________________________________________________________________________________________________________________

 _________________________________________________________________________________________________________________ 

 _________________________________________________________________________________________________________________

 _________________________________________________________________________________________________________________

 _________________________________________________________________________________________________________________

 _________________________________________________________________________________________________________________                        

   Evaluación por módulo/asignatura                    Evaluación global                                   

    

 

 NECESIDADES DE MATERIAL Y SERVICIOS

 Proyector                                                            Viajes extranjeros (especificar)

 Ordenador Profesor                                            Viajes nacionales (especificar)

 Ordenador alumnos

 Conexión Internet                                                Alojamientos

                                                                                    Número de personas         

 Traducción                                                                Número de noches   

 Material a entregar a los alumnos                       Otras necesidades (especificar)

 

OBJETIVOS DEL CURSO (Explique los objetivos, fines académicos y oportunidad del curso)

 

ESCRIBA EL NOMBRE DE LOS PROFESORES O PONENTES PARTICIPANTES

(Indique centro de trabajo, categoría profesional, datos de contacto, carga lectiva, etc.)

 

REFERENTES EXTERNOS E INTERNOS (Explique brevemente la justificación de la actividad propuesta a partir de referentes externos –interés contrastado, informes de entidades o asociaciones, actividades afines, etc.- e internos -ediciones previas u otras actividades similares organizadas en la UNIA-)

 

PERSONAS A LAS QUE VA DIRIGIDO EL CURSO O QUE PODRÍAN ESTAR INTERESADAS

 

 

REQUISITOS DE ACCESO Y, EN SU CASO, CRITERIOS DE SELECCIÓN

 

INDIQUE CENTROS, ORGANISMOS Y PARTICULARES A LOS QUE SE DEBERÍA ENVIAR INFORMACIÓN (sea lo más concreto posible)

 

INDIQUE SI CUENTA CON OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓN O, EN TODO CASO, EMPRESAS, INSTITUCIONES U ORGANISMOS A LOS QUE PODRÍA SOLICITARSE

 

DIRECTOR/A DEL CURSO (Responsable directo de la organización, elaboración de memorias, etc.)

DATOS PERSONALES

Nombre y apellidos

Universidad o centro de trabajo

Departamento

Categoría profesional

Dirección : Calle

Localidad

Código postal

Teléfono

Teléfono móvil 

Fax

 Correo electrónico

BREVE CURRICULUM

 

(Escriba 10 o 15 línea con los datos más significativos)

 

UNA VEZ CUMPLIMENTADA PUEDE ENVIAR LA PROPUESTA A UNA DE LAS SIGUIENTES DIRECCIONES:

Vicerrectorado de Extensión Universitaria Monasterio de la Cartuja

C/ Américo Vespucio, 2 Isla de la Cartuja

41092 Sevilla Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Director/a Sede Antonio Machado de Baeza

Plaza de Santa María, s/n 23440 Baeza

(Jaén) Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Director/a Sede Iberoamericana de La Rábida Paraje La Rábida

21819 Palos de la Frontera (Huelva) Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Director/a Sede Tecnológica de Málaga Parque Tecnológico de Andalucía

C/ Severo Ochoa, nº10 29590 Campanillas Málaga Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

GUIA DOCENTE

CURSOS DE FORMACIÓN PERMANENTE 1

Denominación del Módulo/Asignatura

Nº Créditos ECTS y

carácter (obligatorios u optativos)

   

Duración y fecha de realización

 

Requisitos previos (en su caso):

 

Modalidad de enseñanza

Rama de conocimiento

Presencial                                                                                          Ciencias

Semipresencial                                                                                  Ciencias de la Salud

Virtual                                                                                                Ingeniería y Arquitectura

Cc. Sociales y Jurídicas Artes y Humanidades

Competencias y resultado del aprendizaje:

 

Actividades formativas:

Indicar:

-  CRÉDITOS TEÓRICOS

-  CRÉDITOS PRÁCTICOS

-  DISTRIBUCION DE HORAS DE TRABAJO DEL ALUMNO

Nº de Horas (indicar total):

D Clases Teóricas:

D Clases Prácticas:

D Tutorías Especializadas (presenciales o virtuales):

·          Colectivas

·          Individuales

D Realización de Actividades Académicas Dirigidas:

·          Con presencia del profesor

·          Sin presencia del profesor D Otras actividades (especificar)

     


1 Deberá cumplimentarse una Guía por cada Módulo o materia