I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS
I.3. Resoluciones del Rector
Resolución 117 de 22 de julio de 2021, del Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca un proceso selectivo para participar en el proyecto de teletrabajo en la Universidad Internacional de Andalucía.
La irrupción de la COVID-19 ha provocado, entre otras, que las Universidades hayan tenido que adaptarse para garantizar la continuidad de la actividad administrativa y académica, adoptando e impulsando acciones y medidas de índole organizativo a una velocidad hasta este momento impensable. Todas las Universidades Públicas de Andalucía han tenido que organizar y diseñar procedimientos de choque para que, en un corto período de tiempo, el Personal de Administración y Servicios pudiese seguir desempeñando sus funciones fuera de su entorno laboral habitual.
En este contexto se ha demostrado que el teletrabajo es un instrumento organizativo eficaz para mantener la actividad y prestación de servicios públicos, al mismo tiempo que contribuía a la prevención frente al contagio, al respeto al medio ambiente, a la conciliación de la vida familiar y laboral, llevando a las Autoridades Públicas a actuar y a reforzar la normativa existente sobre el teletrabajo. Así, con la aprobación del Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que tal y como indica tiene como finalidad la de asegurar el normal funcionamiento de las Administraciones Públicas, impulsando nuevas formas de organización y estructuración del trabajo de las empleadas y empleados públicos para el mejor servicio a los intereses generales que tienen encomendado, se modifica el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en adelante TREBEP, con la introducción del artículo 47 bis, estableciendo un marco regulador básico para todas las Administraciones Públicas dándoles pie a que puedan desarrollar sus instrumentos normativos propios reguladores del teletrabajo en sus organizaciones públicas.
En vista de ello, este Rectorado RESUELVE convocar un proceso selectivo para la participación de las personas empleadas públicas de la UNIA, de acuerdo a las siguientes BASES
1.- Regulación y concepto de Teletrabajo.
La Universidad Internacional de Andalucía, en adelante la UNIA, en el ámbito de sus competencias, ha aprobado, previa negociación con la representación de la Universidad, en Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2021 el Plan de Teletrabajo para el Personal de Administración y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía en cumplimiento del artículo 47 bis del TREBEP.
De acuerdo con el citado artículo, se considera teletrabajo aquella “modalidad preferente de trabajo a distancia que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la Administración, para la prestación de servicios mediante el uso de nuevas tecnologías, ha sido objeto de regulación tanto en el contexto europeo como a nivel nacional y autonómico y local”, teniendo en cuenta además que “la prestación de servicio a distancia mediante la modalidad de teletrabajo no será considerada como ordinaria. La diversa naturaleza de los servicios a la ciudadanía que las distintas Administraciones Públicas tienen encomendados, y en aras a garantizar la prestación de los mismos, hace necesario determinar que la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo no pueda ser absoluta. Será en cada ámbito y en la normativa reguladora que a tal efecto se dicte por cada administración competente donde se determine el porcentaje de la prestación de servicios que puede desarrollarse por esta nueva modalidad, de tal manera que se combine la presencialidad y el teletrabajo en el régimen que se establezca. Se garantiza en todo caso la atención directa presencial a la ciudadanía”.
Así mismo, “… se establece igualmente que la prestación del servicio a través de esta modalidad de trabajo habrá de ser expresamente autorizada, a través de criterios objetivos para el acceso y será compatible con la modalidad presencial que seguirá siendo la modalidad ordinaria de trabajo” y “el personal que preste servicios mediante esta modalidad tendrá los mismos deberes y derechos que el resto de empleadas y empleados públicos, debiendo la administración proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios para la actividad.”
2.- Objetivos.
Los objetivos de esta convocatoria se deben alinear con los establecidos en el Plan de Teletrabajo para el Personal de Administración y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía, siendo estos los siguientes:
- Facilitar y promover medidas de conciliación laboral y familiar.
- Avanzar en un modelo de trabajo por objetivos y resultados.
- Fomentar la autonomía e incrementar el nivel de compromiso.
- Reducir el absentismo.
- Incrementar la productividad y eficiencia en el funcionamiento interno de la administración de la UNIA.
- Promover los canales digitales de comunicación con la comunidad universitaria.
- Modernizar la infraestructura tecnológica de la UNIA.
- Mejorar la gestión corporativa de la información.
- Contribuir a la sostenibilidad y protección del medio ambiente.
- Reducir costes generales de la UNIA
3.- Alcance.
Esta convocatoria se extiende a la totalidad del Personal de Administración y Servicios que, con una antigüedad mínima de 1 año en la UNIA, cumpla los requisitos establecidos en la presente convocatoria, siempre que la naturaleza de los contenidos laborales, en su caso, permita la realización de trabajo no presencial y tenga valoración de APTO de acuerdo con los resultados del Informe de Análisis de puestos de compatibilidad con teletrabajo y que se reseñan en el Anexo III de esta convocatoria.
En todo caso, y según el acuerdo que se establezca, el desempeño de funciones en la modalidad de teletrabajo será de entre el 20% y 80% del cómputo total de jornadas por semana, sin que por ello se vea afectado el total de horas de trabajo semanales correspondientes, de acuerdo a la legislación vigente y a la normativa específica de la UNIA.
4.- Número de plazas ofertadas en esta convocatoria.
Esta convocatoria concederá a 6 personas la posibilidad de participar en este proyecto y se podrá extender a 12 en función de las solicitudes recibidas.
5.- Requisitos para participar en la convocatoria.
El Personal de Administración y Servicios que participen en el presente proyecto deberá respetar las siguientes condiciones:
- La participación en el Proyecto se hará a título individual y bajo el principio de voluntariedad.
- Las personas candidatas deberán estar en servicio activo y tener los conocimientos mínimos para iniciar y mantener las comunicaciones telemáticas imprescindibles para el cumplimiento de las tareas y objetivos encomendados. Para ello se podrán realizar las pruebas oportunas para la comprobación de este requisito.
- Las personas candidatas deberán acreditar que disponen de los requisitos técnicos para el desempeño del teletrabajo, recogidos en el Anexo II de esta convocatoria.
- Las personas candidatas deberán acreditar que el lugar donde vaya a realizar el teletrabajo cumple con lo referente a los aspectos de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo recogido en el Plan de Teletrabajo para el Personal de Administración y Servicios de la UNIA y el documento de Prevención de riesgos laborales elaborado a tal efecto.
6.- Solicitudes y valoración.
6.1.- Solicitudes.
Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la UNIA en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía
Las solicitudes se ajustarán al modelo recogido en el Anexo I de esta convocatoria, adjuntándose a la misma el Anexo II (requisitos técnicos).
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad, preferiblemente a través de Registro Electrónico.
En el plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la UNIA dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as, y excluidos/as con indicación de las causas de exclusión. La resolución se publicará en Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, concediendo a las personas aspirantes, tanto admitidas como excluidas provisionalmente, un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación, para que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.
Transcurrido dicho plazo el Rector o la Rectora de la UNIA dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, dicha Resolución agota para estas últimas la vía administrativa y será impugnable directamente ante la jurisdicción contenciosa-administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 del Texto Refundido de la Ley de creación de la UNIA, aprobado por Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero.
6.2.- Valoración.
Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas se procederá a la valoración de sus solicitudes, conforme a los siguientes criterios:
- Por cada hijo menor de 5 años: 4 puntos.
- Por cada hijo menor de 9 años: 3 puntos.
- Por cada hijo menor de 12 años: 2 puntos
- Por cada hijo discapacitado: 4 puntos.
- Por reunificación familiar: 4 puntos
- Por cuidado de familiar dependiente de primer grado de afinidad o consanguinidad a su cargo: 3 puntos.
- Otras razones para la conciliación apreciadas por el Órgano de selección: 2 puntos.
- Valoración por el Jefe de Área sobre conveniencia y repercusión: 2 puntos.
- Por distancia entre el domicilio particular y el lugar de trabajo superior a 10kms e inferior a 20kms: 0.25 punto
- Por distancia entre el domicilio particular y el lugar de trabajo superior a 21kms e inferior a 40kms: 0.5 puntos
- Por distancia entre el domicilio particular y el lugar de trabajo superior a 41kms e inferior a 90kms: 1 puntos
- Por distancia entre el domicilio particular y el lugar de trabajo superior a 91kms: 2 puntos.
La valoración total se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos criterios. Si se diesen casos de empate en las puntuaciones y el número de personas solicitantes fuese superior al número de plazas ofertadas en teletrabajo, se atenderá al criterio de mayor antigüedad en primer término, mayor adaptación del puesto a la prestación en modalidad de teletrabajo, en segundo lugar, y mayor puntuación en la evaluación del desempeño finalmente.
Se deberá adjuntar la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios junto con la solicitud de participación de esta convocatoria (Anexo I).
6.3.- Resolución de la convocatoria.
Una vez valoradas las propuestas, la Comisión de Valoración elevará su propuesta al Rector o Rectora de la UNIA quien dictará la oportuna Resolución en la que constará la puntuación obtenida por cada una de las personas aspirantes admitidas.
La Resolución del Rector o la Rectora que finaliza la convocatoria agota la vía administrativa y será impugnable directamente ante la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Para acceder a la jornada de teletrabajo la persona beneficiaria y la persona titular de la Gerencia firmarán un acuerdo en el que constará, al menos, el puesto desempeñado, las circunstancias que hacen posible el teletrabajo y el porcentaje de del cómputo total de jornadas en la modalidad de teletrabajo y cuanta información se considere de interés para su regulación.
Una vez concedido el teletrabajo, tendrá una duración equivalente al mantenimiento de las condiciones que lo hicieron posible y, en todo caso, se respetará el acuerdo firmado por ambas partes.
6.4.- Modificación de la resolución.
Procederá la modificación o la suspensión del acuerdo de teletrabajo, mediante Resolución de la persona titular de la Gerencia, bien a petición de la persona interesada o a propuesta de la persona responsable del Servicio o Área, debiendo en este caso motivarse de forma razonada y siempre que se haya producido una modificación de las circunstancias que motivaron la concesión del teletrabajo, que afecten a las condiciones pactadas en el acuerdo.
7.- Comisión de valoración.
La comisión de valoración estará formada por:
- Presidencia de la Comisión: La persona que ostente la Vicegerencia de la UNIA.
- Secretaría de la Comisión: La persona que ostente la Jefatura de Sección de Recursos Humanos de la UNIA.
- Vocalía primera: La persona que desempeñe la Coordinación del área de Innovación de la UNIA.
- Vocalía segunda: Una persona en representación del personal funcionario de la UNIA.
- Vocalía tercera: La persona que desempeñe la Jefatura de Sección de Desarrollo Profesional de la UNIA.
ANEXO I
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre |
Apellidos |
|
DNI |
Correo electrónico |
|
Puesto en RPT |
Sede |
|
SOLICITA
participar en la convocatoria regulada en RESOLUCIÓN 177 de 22 de julio de 2021, del Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca un proceso selectivo para participar en el proyecto de teletrabajo en la Universidad Internacional de Andalucía, para lo cual, y atendiendo a los criterios de valoración establecidos en esta, se aporta la documentación acreditativa de la siguiente manifestación:
Nº de hijos menores de 5 años |
Numérico |
Nº de hijos con edades comprendidas entre los 5 años y los 9 años |
Numérico |
Nº de hijos con edades comprendidas entre los 9 años y los 12 años |
Numérico |
Nº de hijos con reconocimiento de discapacidad |
Si/No |
Requiere reunificación familiar |
Si/No |
Tiene acreditado el cuidado de familiar dependiente (1er grado de con. o af.) |
Si/No |
Distancia del domicilio al lugar de trabajo |
Numérico |
En ______________________ a _________ de ________ de 2021
Fdo____________________________________________
A/A Señor Rector Magnífico de la Universidad Internacional de Andalucía
ANEXO II
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre |
Apellidos |
|
DNI |
Correo electrónico |
|
Puesto en RPT |
Sede |
|
MANIFIESTA
1.- Que dispone de conexión estable a internet, con velocidad superior a 100MB/s
2.- Que dispone de línea telefónica adicional, y autoriza a que pueda ser utilizada como método alternativo de comunicación en caso necesario, a la que pueda proporcionarle la Universidad Internacional de Andalucía.
3.- Que se compromete a usar los medios técnicos proporcionados por la Universidad Internacional de Andalucía exclusivamente para el desempeño de su trabajo, aplicando las medidas necesarias para proteger estos y la información que contienen.
4.- Que tiene los conocimientos técnicos para el desempeño de sus funciones en la modalidad de teletrabajo.
5.- Que, en caso de incumplimiento de alguno de los anteriores, conoce que será causa de cancelación del acuerdo para el teletrabajo
En ______________________ a ______ de ________________ de __________
Fdo. _______________________________________
ANEXO III
Relación de puestos con valoración de APTO según Informe de Análisis de puestos de compatibilidad con teletrabajo.
Sección de Gestión de Patrimonio y Contratación
Unidad de Gestión de Patrimonio, Contratación y caja habilitada
Gestor/a de Gestión de la información
Sección Información y Contenidos Web académicos
Técnico/a de informática, sistemas y aplicaciones (asignado al Área de Innovación)
Sección de enseñanza virtual
Jefe/a de Gestión de Enseñanza Virtual
Técnico/a de Apoyo a la Docencia e Investigación (Asignado al Área de Innovación)
Director/a de Área TIC
Jefe/a de Gestión de Aplicaciones Corporativas y Portal
Sección de aplicaciones y portal
Sección de sistemas y comunicaciones
Coordinador/a de Innovación Docente y Digital
Jefe/a de Gestión de Sistemas y Comunicaciones