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IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS

Resolución Rectoral 114/2024,  de 8 de mayo, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca el programa de becas y ayudas UNIA-Fundación bancaria Unicaja de cursos de verano 2024, para las personas que presenten solicitud para cursar alguna de las actividades académicas que conforman la programación de los Cursos de Verano 2024 en la Universidad Internacional de Andalucía y se aprueban las bases para su concesión (Código BDNS:759626).

La UNIA, como centro universitario para la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, dentro de sus posibilidades presupuestarias y en el marco establecido por el Texto refundido de su Ley de creación, aprobado por el artículo único del Decreto-legislativo 2/2013, de 8 de enero, en desarrollo de su Planificación Estratégica 2021-2024, ofrece anualmente becas y ayudas al estudio destinadas a permitir y facilitar el desarrollo académico de su alumnado, dentro del ámbito de su Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de 3 de marzo de 2022.

La Universidad Internacional de Andalucía organiza anualmente en sus Sedes de La Rábida, Baeza, Málaga y Sevilla, actividades académicas programadas en periodo estival, denominadas Cursos o encuentros de Verano, en función de su duración y contenido, que cuentan con una participación media superior a 1.500 alumnos y un total de más de 40 cursos.

En este sentido, del Objetivo Estratégico 1 “Garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios universitarios y superiores, primando los resultados académicos del alumnado y procurando la erradicación de cualquier discriminación, en especial por razón de género” del Plan Estratégico 2022-2024, la línea 6 “Programa de becas o ayudas a alumnos matriculados en algunas de las actividades programadas para los cursos de verano 2024” y la línea 11 “Programa de becas o ayudas para cursar actividades formativas en la UNIA con fondos provenientes de entidades externas a la UNIA para el curso 2024/2025”, pretende contribuir al acceso a formación programada en los Cursos de verano de 2024, así como garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudiantes a diferentes actividades formativas que oferta UNIA y de interés estratégico para un socio externo” dotando para ello al alumnado de becas de matrícula, alojamiento y manutención, para hacer su formación en las sedes de la Universidad.

La Fundación Bancaria UNICAJA cuya finalidad esencial es el fomento y desarrollo de obras sociales, benéficas, asistenciales, docentes y/o culturales desea colaborar con la Universidad Internacional de Andalucía contribuyendo a la realización, difusión y divulgación de estos cursos, apoyando singularmente que, aquellos alumnos que los soliciten puedan acceder a dichas actividades sin que su coste económico suponga un obstáculo.

Para ello, la UNIA, y la Fundación Bancaria UNICAJA el 3 de mayo de 2024, han suscrito un Convenio de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General, con la finalidad de colaborar en el desarrollo de actividades ligadas a los Cursos de Verano 2024 de la UNIA, mediante una aportación económica destinada a la concesión de becas y ayudas al alumnado.

En base a lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del 25 de abril de 2024, la UNIA con colaboración con la Fundación Bancaria UNICAJA convoca Becas para promover los Cursos de Verano 2024 e impulsar una programación de calidad.

ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas

HA RESUELTO:

Primero. - Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con carácter general a las personas que presenten solicitud para cursar alguna de las actividades académicas que conforman la Programación de los Cursos de Verano 2024 que oferta la Universidad Internacional de Andalucía:

  1. De matrícula.
  2. De alojamiento y manutención.

Segundo.- Aprobar las bases de la Convocatoria de Becas UNIA-FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA para quienes deseen cursar alguna de las actividades académicas que conforman la Programación de los Cursos de Verano 2024 que oferta la Universidad, contenidas en el Anexo de esta Resolución.

Tercero.- Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a la anualidad 2024 de la aplicación presupuestaria 3018 4000 48006 y número de expediente 2024/419 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de cuarenta mil euros(40.000 €), en función del número de ayudas que se concedan.

Cuarto.- El procedimiento de concesión de las ayudas se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en la página web de la UNIA (https://www.unia.es/), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

ANEXO.

BASES DE LA CONVOCATORIA BECAS UNIA-FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA PARA CURSAR ALGUNA DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS QUE CONFORMAN LA PROGRAMACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO 2024 DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA.

I. DESTINATARIOS.

Las Becas contempladas para Cursos de Verano 2024, objeto de la presente Convocatoria, están dirigidas a aquellas personas que hayan sido admitidas, a través de los procedimientos de acceso establecidos, y formalicen su matrícula en alguna de las actividades académicas que conforman la Programación de los Cursos de Verano 2024 y que se contemplan en la Base III de esta Convocatoria.

Se reservará un 5% del presupuesto total de la convocatoria a las personas solicitantes con un grado de discapacidad superior al 33%. En el caso de que no se adjudique ninguna beca o ayuda del porcentaje destinado para personas con discapacidad o no se alcance con las concedidas el porcentaje señalado, este se acumulará al total de la convocatoria.

II. OBJETO DE LAS AYUDAS.

El objeto de las ayudas consistirá en:

a. Exención de matrícula. Consistirá en la exención del importe del precio público fijado para el Curso o Encuentro en que hayan solicitado matricularse en la cuantía resultante una vez aplicadas, en su caso, las correspondientes exenciones, bonificaciones y reducciones a que el estudiante tenga derecho. Esta exención no incluye los conceptos de tasas o servicios administrativos (apertura de expediente y expedición de certificados) ascendente a ocho euros (8 €).

La ayuda de matrícula ascenderá, en función de la actividad, a las cantidades que se indican a continuación:

  • Cursos: Sesenta y dos euros (62 €).
  • Encuentros de 20 horas de duración: Cuarenta y siete euros (47 €).
  • Encuentros de 15 horas de duración: Treinta y dos euros (32 €).

b. Exención o Ayuda de alojamiento1. Consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de residencia en las Sedes de Baeza y Santa María de la Rábida, en régimen de habitación compartida, durante los días de duración del Curso o Encuentro para el que la ayuda se conceda.

En la Sede de Málaga en la que la UNIA no dispone de servicio de residencia propio o convenido o cuando no exista disponibilidad en el servicio de residencia de la Sede Antonio Machado de Baeza o de Santa María de la Rábida, esta ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria por importe de treinta euros (30 €) por día de presencialidad del programa correspondiente.

c. Exención o Ayuda de manutención2. Consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de manutención en las instalaciones de la UNIA en la Sede Santa María de la Rábida, en régimen de desayuno, almuerzo y cena, durante los días de duración del Curso o Encuentro para el que la ayuda se concede.

En las restantes sedes la ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria por importe de treinta euros (30 €) por día de presencialidad del programa correspondiente.

III. PROGRAMAS BENEFICIARIOS.

Podrán optar a disfrutar de estas ayudas, el alumnado que formalice su matrícula en alguno de los siguientes Cursos o Encuentros:

SEDE ANTONIO MACHADO DE BAEZA

Curso/Encuentro

Denominación actividad académica

Curso de verano

La poesía de Ángeles Mora.

Curso de verano

La producción agroalimentaria en un mercado global: sostenibilidad, aseguramiento e inocuidad alimentaria.

Curso de verano

Introducción práctica a la Inteligencia Artificial: generación de contenido y modelos de lenguaje.

Curso de verano

Museos. Comunicar para servir.

Curso de verano

Patrimonio Mundial y Renacimiento.

Curso de verano

Las Artes al encuentro social y de la educación en la era del metaverso y la inteligencia artificial.

Curso de verano

Recursos y Metodologías activas en el proceso de enseñanza-aprendizaje para la mejora de las competencias profesionales de los docentes y discentes.

Encuentro 20 h.

Energías renovables y ahorro energético: claves para la descarbonización de la industria agroalimentaria.

Encuentro 20 h.

El oleoturismo: tipología emergente, oportunidad de empleo.

Encuentro 20 h.

Degusta Jaén: una experiencia gastronómica de productos sostenibles y de proximidad.

Encuentro 20 h.

Conocimientos teórico-prácticos de las distintas competencias de la enfermería en los Servicios de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Encuentro 20 h.

Emociones en tiempos difíciles: un consenso global desde las ciencias sociales.

Encuentro 15 h.

Inteligencia Artificial y su aplicación en la Atención Integral Centrada en la Persona.

Encuentro 15 h.

El impacto de los modelos del lenguaje en las humanidades digitales.

Encuentro 15 h.

Los toros en el lenguaje y el lenguaje de los toros, dentro y fuera de la plaza.

Encuentro 15 h.

La restauración de la Alhambra de Carlos V.

   

 

SEDE SANTA MARÍA DE LA RÁBIDA

Curso/Encuentro

Denominación actividad académica

Curso de verano

Deportes, valores y género.

Curso de verano

Andalucía en la Historia y en la Novela Histórica.

Curso de verano

Atlántida. Líneas de investigación.

Curso de verano

Primer siglo de la radio en España: un medio en constante reinvención.

Curso de verano

Aplicaciones prácticas de la Inteligencia Artificial a la educación, a las finanzas y a la empresa (VIRTUAL)3 .

Curso de verano

Descubriendo los vinos del Condado de Huelva y su entorno natural.

Curso de verano

Con Ciencia Renovable.

Curso de verano

El recurso especial en materia de contratación. Segunda edición.

Curso de verano

Escritura práctica de Novela: estructura y análisis.

Encuentro 20 h.

El papel de las fundaciones en una sociedad en transformación.

Encuentro 20 h.

La innovación ante los desafíos del periodismo.

Encuentro 20 h.

El cine documental. La mirada narrativa.

Encuentro 20 h.

El Rocío y Doñana. La coexistencia de dos santuarios a lo largo de la Historia.

Encuentro 20 h.

Inteligencia artificial, justicia digital y derechos humanos.

Encuentro 20 h.

Voces del extremo: La poesía a través de El libro, el cante y la pared.

Encuentro 15 h.

Ciudades portuarias. El urbanismo integrador.

 

SEDE TECNOLÓGICA DE MÁLAGA

Curso /Encuentro

Denominación actividad académica

Curso de verano

Biodiversidad marina andaluza: del aula al litoral.

Curso de verano

Picasso, demasiado humano, ¿mito o realidad?

Curso de verano

Estrés hídrico en el Mediterráneo Retos y Soluciones (HÍBRIDO).

Curso de verano

Educación del futuro. El papel de la Inteligencia Artificial y el Metaverso en los procesos formativos.

Curso de verano

Ciudades sostenibles: hacia un urbanismo estratégico y resiliente.

Encuentro 20 h.

Un modelo de Justicia para Andalucía.

Encuentro 20 h.

Economía circular: hacia un modelo empresarial, económico y social.

IV RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS BECAS.

Las Becas a que se refiere la presente Convocatoria, además de lo previsto por esta, se regirá por el texto refundido del Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio de la UNIA, aprobado por Acuerdo 3/2024, de 11 de enero, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante Reglamento de Becas UNIA, así como los preceptos del Reglamento por el que se regulan los procedimientos de gestión de las subvenciones otorgadas por la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 96/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno, los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y por lo dispuesto en el Título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación.

V. REQUISITOS.

1. Para poder solicitar las becas objeto de esta Convocatoria será necesario cumplir los siguientes requisitos:

  1. Entregar la solicitud dentro del plazo y en la forma establecida en la Base VIII, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida en la citada Base.
  2. Ser admitida en alguna de las actividades de los Cursos de Verano 2024, ofertados por la UNIA y señalados en la Base III anterior, así como formalizar la matrícula en el mismo.
  3. Figurar dentro del orden de prelación requerido.
  4. Para las ayudas o exenciones por alojamiento y manutención, residir a más de 50 kilómetros de la Sede donde se imparta el Curso.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

VI. LIMITACIONES PRESUPUESTARIAS Y RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD.

1. Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a la anualidad 2024 de la aplicación presupuestaria 3018 4000 48006 y número de expediente 2024/419 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de cuarenta mil euros (40.000 €), en función del número de ayudas que se conceda .
2. Se concederán becas hasta que se agote el crédito disponible.
3. Ningún estudiante podrá percibir más de una ayuda para las actividades de los Cursos de Verano 2024, aunque las realice simultáneamente.
4. Las becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otro beneficio que, para la misma finalidad, pueda percibir el alumnado de otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

VII. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.

1. Las becas serán concedidas de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en esta Convocatoria.
2. La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en la página web de la UNIA.
3. Las publicaciones servirán de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas solicitantes serán responsables de estar al corriente en las notificaciones a tal efecto.

VIII. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

1. El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOUNIA, hasta las fechas indicadas a continuación:

SEDE

PLAZO LÍMITE DE PRESENTACIÓN SOLICITUDES

SEDE DE LA RÁBIDA

7 de junio de 2024

SEDE DE BAEZA

21 de junio de 2024

SEDE DE MÁLAGA

21 de junio de 2024

2. Las solicitudes deberán cumplimentarse obligatoriamente en el formulario online normalizado establecido al efecto, el cual podrá obtenerse en el siguiente enlace: https://becas.unia.es

Al formulario online normalizado se deberá adjuntar la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte.
  2. En caso de ser alegado, documentación acreditativa de:
    • Haber obtenido beca o ayuda al estudio para enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de Grado y Máster cursados en los centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil, correspondientes al curso académico 2023-2024 y financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
    • Estar integrado en la protección de familia numerosa (carnet o documento similar).
    • Estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
    • Tener reconocida la protección por orfandad absoluta.
    • Jubilados y pensionistas por incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad, así como invalidez o jubilación no contributiva.
    • Víctima de terrorismo.
    • Víctima de violencia de género.
    • Víctima de violencia doméstica.
    • Perceptora del Ingreso Mínimo Vital.
  3. En caso de ser alegado, documentación acreditativa de:
    • Estar matriculado en cursos de postgrado oficiales o propios de la UNIA o haber obtenido la titulación correspondiente a los mismos (Doctorado, másteres oficiales, propios o de formación permanente y Diplomas de especialización o de experto).
    • Estar matriculado en cursos de grado, máster o doctorado en universidades del Grupo la Rábida (https://www.grupolarabida.org/).
    • Estar en posesión de un título de grado, máster o doctorado expedido por la UNIA, Universidades del Grupo La Rábida o cualquier otra universidad.
    • Estar matriculado en cursos de grado, máster o doctorado en otras universidades.
  4. En caso de incorporar la calificación media,
    • Expediente académico que la acrediten.
    • Aquellos alumnos o alumnas que hubieran realizado estudios universitarios en el extranjero deberán presentar declaración de equivalencia de la nota media de expediente académico universitario, de los estudios realizados. Pueden acceder al siguiente enlace para cumplimentar dicha declaración:

https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-extranjeros/equivalencia-notas-medias.html

3. Una vez cumplimentado el citado formulario en la citada página web, la persona solicitante procederá a descargar la solicitud.

No serán admitidas, y serán rechazadas de plano, aquellas solicitudes cuyos campos hayan sido cumplimentados en el formulario online.

4. Las solicitudes se presentarán prioritariamente a través de la plataforma de becas, (https://becas.unia.es), o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por las citadas oficinas antes de ser certificadas.
5. La presentación de la solicitud de la Beca supone la aceptación de estas bases.
6. La Universidad Internacional de Andalucía podrá comprobar la autenticidad y veracidad de los datos aportados, así como requerir a la persona solicitante el envío de la documentación original o de la documentación complementaria necesaria.

IX. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

1. Los conceptos, y su peso porcentual, que se tomarán en consideración a la hora de baremar las solicitudes de becas y ayudas objeto de la presente convocatoria son:

Conceptos

Peso

Situación Socio-económica

50%

Titulación Académica

50%

Si se diese un empate en la baremación final de distintas solicitudes considerando la valoración de situación socio-económica y titulación académica, esta se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el expediente académico, conforme a lo indicado en el apartado 2.c de esta Base.

Si persistiese el empate se otorgará preferencia por orden de presentación, primando aquellas que hayan sido presentadas en las fechas u horas más cercanas al momento en que se abrió la convocatoria.

2. La valoración de cada uno de los conceptos atenderá a los siguientes criterios:

a. Situación socio-económica (máximo 5 puntos)

Se tendrán en cuenta los supuestos en que la persona solicitante acredite adecuadamente la concurrencia, de alguna/s de las circunstancias que se indican a continuación:

  • Haberle sido concedida beca o ayuda al estudio para enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de Grado y Máster cursados en los centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil, correspondientes al curso académico 2023-2024 y financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Estar integrado en la protección de familia numerosa.
  • Estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
  • Tener reconocida la protección por orfandad absoluta.
  • Jubilados y pensionistas por incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad, así como invalidez o jubilación no contributiva.
  • Víctima de terrorismo.
  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de violencia doméstica.
  • Perceptora del Ingreso Mínimo Vital.

Cada una de estas circunstancias acreditadas será puntuada con 2,5 puntos. Las puntuaciones pueden ser acumulables. No obstante, el máximo en el apartado de situación socioeconómica no podrá superar los 5 puntos.

b. Titulación académica (máximo 5 puntos)

En base al nivel de titulación se otorgará la siguiente puntuación:

Titulación

Puntuación

Estudiantes y alumni de postgrado de la UNIA[4]

4

Estudiantes de grado, máster o doctorado del resto de Universidades del Grupo la Rábida ((https://www.grupolarabida.org/).

3

Estar en posesión de un título de grado, máster o doctorado expedido por cualquier otra universidad.

2

Las puntuaciones pueden ser acumulables. No obstante, el máximo en el apartado de Titulación académica no podrá superar los 5 puntos.

c. Expediente académico (criterio de desempate)

La calificación media del Expediente Académico obtenida por quienes soliciten el acceso al curso o encuentro de verano elegido se calculará de forma numérica en la escala de 0 a 10.

En el caso de que las calificaciones del expediente no se hallen expresadas numéricamente, se les aplicará la siguiente conversión puntuación:

Calificación

Puntos

Matrícula de Honor

4

Sobresaliente

3

Notable

2

Aprobado

1

X. COMISIÓN DE BECAS.

1. El estudio y la valoración de las solicitudes de ayudas presentadas y la propuesta de concesión de ayudas corresponde a la Comisión Becas de la UNIA, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1 del Reglamento de Becas de la UNIA.
2. La Comisión de Becas, con el apoyo técnico en su caso del personal del Área de Gestión Académica, realizará la valoración de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Base IX de esta convocatoria.
3. La Comisión de Becas tendrá las competencias recogidas en el artículo 7 del citado Reglamento de Becas, entre las que se encuentran la competencia para la interpretación y, en su caso, resolución de incidencias que puedan resultar de la aplicación de lo preceptuado en la presente Convocatoria y demás normas de aplicación. Igualmente, será competente para aclarar e interpretar las normas de procedimiento en caso de duda.
4. La Comisión de Becas podrá recabar, cuando lo estime oportuno, asesoramiento para la valoración académica, económica o curricular de las solicitantes.
5. La Comisión adjudicará las ayudas entre la totalidad de los Cursos o Encuentros programados, a cuyo objeto podrá establecer un número mínimo y máximo para cada uno de ellos. Las becas serán adjudicadas a las personas solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación teniendo en cuenta el número mínimo y máximo establecido para los Cursos o Encuentros. No obstante, en el supuesto de que determinados Cursos o Encuentros no contarán con el número suficiente de solicitantes, o cuando estos no reunieran los requisitos exigidos, podrá distribuir las ayudas previstas entre el resto de actividades.
6. Esta beca, tal y como refleja la Base III, será de matrícula, alojamiento y/o manutención, según la tipología indicada para cada uno de los Cursos de Verano 2024 entre las solicitudes admitidas a trámite.

XI. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.

1. Finalizado el plazo de presentación, la Comisión realizará el estudio y valoración de las solicitudes recibidas conforme a los criterios establecidos en la Base IX de esta Convocatoria, formulando una relación ordenada de las solicitudes admitidas en la que se reflejará la valoración obtenida por las personas solicitantes en cada uno de los apartados tomados en consideración y la correspondiente propuesta provisional de adjudicación de becas, y de suplentes, así como la relación de solicitudes provisionalmente excluidas o denegadas, indicando la causa de exclusión o denegación.
2. La Comisión de Becas hará pública en el portal web de la Universidad (https://www.unia.es/becas.CV) la propuesta de adjudicación provisional de becas y, en su caso, la lista de suplentes, detallando la persona solicitante o la relación de solicitantes para las que se propone la concesión de la beca, y su cuantía, especificando la puntuación asignada en cada uno de los criterios de valoración señalados en la Base IX, así como la relación de solicitudes excluidas y de solicitudes denegadas, indicando las causas de la exclusión o denegación.
3. Contra la propuesta provisional de adjudicación, exclusión y denegación de becas, las solicitantes podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes en el plazo de diez días hábiles a contar desde su publicación.

Las alegaciones se presentarán conforme a lo establecido en el apartado 4 de la Base VIII de esta Convocatoria en el modelo de alegaciones que puede encontrarse en el siguiente enlace del portal web de la UNIA: https://www.unia.es/becas.CVhttps://www.unia.es/becas.CV

4.Una vez valoradas y resueltas las alegaciones por la Comisión de Becas, esta elevará la propuesta definitiva de concesión y denegación de becas y de exclusión de solicitudes, que deberá expresar la persona solicitante o la relación de solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como la denegación de ayuda y de exclusión de solicitudes, con indicación de sus causas, a la persona titular del Rectorado, quien dictará la correspondiente Resolución definitiva.

XII. RESOLUCIÓN.

1. La Resolución del procedimiento estimando o denegando la concesión de la Beca será motivada fundamentándose en el cumplimiento, o no, de lo establecido en esta Convocatoria y, en su caso, en la disponibilidad presupuestaria.
2. La Resolución se hará pública en el portal web de la UNIA: https://www.unia.es/becas.CV.
3. Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. Asimismo, cabe interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

XIII. ACEPTACIÓN DE LA BECA.

1. En el plazo de diez días contados a partir de la publicación de la Resolución definitiva, la persona beneficiaria presentará una carta de aceptación, conforme al modelo establecido al efecto en la web de la UNIA: (https://www.unia.es/becas.CV) o en las distintas sedes de esta Universidad, que expresamente contiene la aceptación de la beca concedida, la asunción de las obligaciones establecidas en esta Convocatoria y en la Resolución de concesión, y el compromiso de reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía el importe de la Beca concedida en los supuestos establecidos en esta Convocatoria y en la legislación que resulta de aplicación.
2. La presentación de la aceptación de la Beca se realizará conforme a lo establecido en el apartado 4 de la Base VIII de esta Convocatoria.

XIV. PLAZOS Y SENTIDO DEL SILENCIO.

1. Las propuestas provisionales de adjudicación y denegación de becas y la relación de excluidos, se publicarán quince días después de finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
2. El plazo máximo para la resolución de las solicitudes y su notificación será de quince días, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las alegaciones a la propuesta provisional de adjudicación y denegación.
3. Transcurrido dicho plazo, podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo aquellas solicitudes presentadas sobre las que no haya recaído o no se haya notificado resolución expresa conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la LPACAP, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación legal de resolver, según lo dispuesto en el artículo 21 de la citada Ley.
4. El plazo máximo para dictar y notificar la Resolución podrá suspenderse en los casos previstos en el artículo 22.1 de la LPACAP. En cualquier caso, quedará suspendido por el tiempo concedido para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la publicación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por las solicitantes, o en su defecto, por el transcurso del plazo concedido, al amparo de lo previsto el apartado a) del citado artículo.

XV. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

Son obligaciones de las personas beneficiarias de las Becas:

  1. Aceptar la ayuda concedida y las bases de esta Convocatoria en el plazo y condiciones establecidos en la Base XIII.
  2. Matricularse en el Curso o Encuentro correspondiente y proceder al abono, en su caso, de los precios públicos de los servicios administrativos que correspondan (8 euros) en los plazos para ello establecidos.
  3. Participar de manera activa y con aprovechamiento en las actividades académicas previstas: asistir a los Cursos o Encuentros y obtener, en caso de expedirse, el correspondiente certificado o documento que lo acredite.
  4. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
  5. Poner en conocimiento de la Universidad la anulación de la matrícula, así como cualquier otra alteración de las condiciones o circunstancias tomadas en consideración para la concesión de la correspondiente ayuda.
  6. Comunicar a la Universidad la obtención de subvenciones, becas o ayudas para la misma finalidad que la concedida, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  7. Proceder al reintegro de los fondos percibidos o al abono de los precios públicos que no se hayan satisfecho a consecuencia de la ayuda concedida, cuando así le sea requerido conforme al procedimiento establecido en la Base XVI de esta Convocatoria.

XVI. REVOCACIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIA.

1. La adjudicación de la Beca será revocada totalmente, se haya hecho o no uso de ella, si se diese alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos por parte de la persona solicitante.
  2. Incompatibilidad con otros beneficios destinados al mismo objeto concedidos por otras personas físicas o jurídicas.
  3. Inhibición manifiesta o cumplimiento negligente de las obligaciones por parte de las personas beneficiarias.
  4. No abonar las tasas y precios públicos correspondientes en el plazo de su formalización o producirse el rechazo de su cobro.
  5. No destinar la ayuda para la finalidad concedida, entendiéndose como tal la anulación de la matrícula o cualquier otra situación equivalente.
  6. No participar de manera activa y con aprovechamiento en las actividades académicas previstas: asistir a los Cursos y obtener, en caso de expedirse, el correspondiente certificado o documento que lo acredite.

2. Será la Dirección de cada sede o la persona titular del Vicerrectorado que tenga asignada entre sus competencias el programa de que se trate, quien iniciará el expediente de revocación, dando audiencia a la persona interesada. Una vez oídas las alegaciones de éste, se remitirá el correspondiente informe a la Comisión de Becas, la cual elevará al Rector, para su consideración y firma, la Propuesta de Resolución definitiva que se notificará a la persona interesada. El procedimiento se sustanciará conforme a lo señalado en el artículo 19 del Reglamento de subvenciones de la UNIA.

3. Las personas beneficiarias que incurran en alguna causa de revocación de estas becas estarán obligadas a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía las cantidades percibidas o al abono de los precios públicos que no se hayan satisfecho a consecuencia de la ayuda concedida conforme a lo señalado en el artículo 18 del Reglamento de subvenciones de la UNIA, sin perjuicio de las acciones legales que ésta pudiera iniciar.

XVII. MATERIALIZACIÓN DE LA BECA.

1. La materialización de la beca tendrá su efecto con la aplicación de la exención de los precios públicos por servicios académicos y de alojamiento y/o manutención por el órgano administrativo que validará la formalización de la matrícula, y su estancia en la Sede de la UNIA (en los casos de las Sedes de Baeza y Santa María de la Rábida).
2. Las ayudas dinerarias por alojamiento, en la sede de Málaga, y manutención, en las sedes de Málaga y Baeza, se abonarán una vez finalizado el Curso o Encuentro.

XVIII. DETERMINACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA BECA CONCEDIDA.

La justificación de la Beca se realizará mediante la documentación que se relaciona y que obrará en poder de la UNIA a la finalización del curso:

  • Matrícula formalizada de la persona beneficiaria de la Beca.
  • Certificado de asistencia, aprovechamiento o similar, conforme proceda.

XIX. MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN.

1. De acuerdo con el artículo 19 de la LGS, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión. En todo caso, procederá dicha modificación cuando se produzca la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
2. Siempre que no se altere la finalidad de la ayuda concedida, en caso de que surgiera alguna eventualidad que dificulte o altere su desarrollo tal y como fue aprobada, la beneficiaria quedará obligada a comunicarlo a la UNIA mediante solicitud de modificación.
3. La modificación, en ningún caso podrá variar el destino o finalidad de la Beca, alterar la actividad para la que se solicita, ni elevar la cuantía obtenida que figura en la Resolución de concesión. ni podrá afectar a aquellos aspectos propuestos que fueron razón de su concreto otorgamiento.
4. La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada en la que consten las circunstancias causantes, y se presentará de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que la motiven.
5. Será la Dirección de cada sede o la persona titular del Vicerrectorado que tenga asignada entre sus competencias el programa de que se trate, quien, a la vista de la documentación aportada, solicite su aclaración o subsanación, concediendo para ello un plazo de 10 días hábiles. Analizadas las circunstancias remitirá el correspondiente informe a la Comisión de Becas, la cual elevará al Rector, para su consideración y firma, la Propuesta de Resolución oportuna que se notificará al interesado.

XX. PROTECCIÓN DE DATOS.

En el marco establecido por Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD en adelante), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de Protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales la UNIA se compromete a que los datos personales comunicados por los interesados sean: tratados de manera lícita, leal y transparente, en relación con la finalidad específica para la que fueron comunicados por el interesado, excluyendo cualquier tratamiento ulterior con fines incompatibles y respetando los principios de minimización y exactitud de los mismos.

La UNIA se compromete igualmente a mantener estos mismos datos exclusivamente durante el tiempo estrictamente necesario para los fines para los que fueron comunicados, con las salvedades en su caso establecidas en el artículo 5.1 y demás normas concordantes del RGPD.

Igualmente, la UNIA se compromete a garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas.

Los interesados serán informados de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo de los elementos señalados especialmente en el artículo 13 RGPD y de los derechos que le corresponden en relación con los artículos 15 y siguientes del RGPD.

XXI. CARÁCTER SUPLETORIO Y UTILIZACIÓN DEL MASCULINO COMO GÉNERO NO MARCADO.

Todas las referencias de esta Resolución que utilizan la forma del masculino genérico o no marcado se entenderán aplicables a cualquier persona con independencia de su género.

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1.  Para la obtención de esta ayuda las personas solicitantes deberán residir a más de 50 Kilómetros de la Sede donde se imparta la actividad académica.

2.  Para la obtención de esta ayuda los solicitantes deberán residir a más de 50 Kilómetros de la Sede donde se imparta la actividad académica.

3.  Solo exención de matrícula.

4.  A estos efectos como alumni se considerarán aquellas personas que hayan obtenido titulación correspondiente a los estudios de postgrado -Doctorado, másteres oficiales, propios o de formación permanente y Diplomas de especialización o de experto.