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III.  OPOSICIONES Y CONCURSOS.

Resolución 13/2025,  de 21 de enero, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión con carácter provisional, mediante comisión de servicios, de determinados puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Funcionarios de la Universidad Internacional de Andalucía.

Encontrándose vacantes y presupuestados en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de esta Universidad los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I de esta Resolución, cuya provisión se estima esencial, ineludible y urgente en atención a las necesidades del servicio, se entiende necesario proceder a la cobertura provisional de los citados puestos, al amparo del artículo 33 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario técnico de gestión y de administración y servicios de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 91/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Universidad.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 16.n) del Texto Refundido de la Ley de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, este Rectorado,

RESUELVE

Aprobar la convocatoria para proveer con carácter provisional, mediante comisión de servicios, los puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) que se indican en el Anexo I de esta resolución, con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera. – Requisitos de participación.

1.1. Podrán participar en la convocatoria las personas funcionarias de carrera pertenecientes a los Subgrupos de las escalas correspondientes a las plazas que se detallan en el Anexo I, siempre que pertenezcan a escalas propias de la Universidad Internacional de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

1.2. Las personas funcionarias de otros Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas con destino definitivo en la Universidad Internacional de Andalucía, en situación administrativa de servicio activo o en cualquier otra que conlleve el derecho de reserva del puesto de trabajo.

Segunda. – Presentación y admisión de solicitudes.

2.1. Quienes deseen participar en este proceso deberán presentar su solicitud, dirigida a la Gerencia de esta Universidad, en la sede electrónica de la UNIA, a través de Procedimientos para el personal de la Universidad (https://sedeelectronica.unia.es/procedimientos/index/categoria/53).

La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a partir del siguiente en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

2.3. Los méritos de las personas aspirantes, que se computarán al último día de plazo de presentación de solicitudes, se relacionarán en el propio formulario electrónico de solicitud.

Los citados méritos habrán de ser acreditados documentalmente junto con el formulario de participación, salvo en aquellos casos en que obren en poder de la UNIA. Podrán recabarse de las personas aspirantes las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de las personas aspirantes.

2.4. Se podrán solicitar todos los puestos convocados siempre que se reúnan las condiciones y requisitos señalados. En todo caso, en la solicitud deberá expresar el orden de preferencia, el código y la denominación para cada uno de los puestos de trabajo convocados.

2.5. Todas las publicaciones y comunicaciones referidas a esta convocatoria se realizarán en el Tablón Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante TOUNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia) e igualmente se publicarán en el área de Recursos Humanos (https://www.unia.es/administracion-y-servicios/recursos-humanos/empleados/concursos).

Tercera. – Admisión de aspirantes.

3.1. Concluido el plazo de presentación y analizadas las solicitudes, se hará pública en el TOUNIA la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión.

3.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no reúne los requisitos señalados se concederá a la persona interesada un plazo de 10 días hábiles para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.

3.3. Transcurrido el plazo de subsanación, y una vez revisadas las que, en su caso, se hubieran presentado, mediante Resolución del Rector de la UNIA se hará pública en el TOUNIA la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas que la motiva.

Para las personas solicitantes excluidas dicha Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cuarta. – Comisión de Valoración.

4.1. La composición de la Comisión de Valoración responsable del proceso selectivo estará integrada por las personas que se indican en el Anexo II de esta convocatoria.

4.2. Los representantes u órganos de representación del personal funcionario designarán a dos miembros representantes, que podrán participar en las reuniones de la Comisión de Valoración actuando con voz, pero sin voto.

4.3. Los miembros de la Comisión de Valoración se abstendrán de intervenir, notificándolo al Rector de la UNIA, cuando incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La persona titular de la presidencia de la Comisión podrá solicitar a los miembros declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación; asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su caso, con anterioridad a la iniciación del proceso de provisión, se publicará, en el lugar referido en la Base 2.5, la Resolución del Rector por la que se nombran a los nuevos miembros de la Comisión de Valoración, que hayan de sustituir a quienes hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en esta Base o por cualquier otra causa.

4.4. Los miembros titulares podrán ser sustituidos en caso de ausencia justificada, teniendo quien actúe como suplente las mismas atribuciones que aquel a quien supla.

4.5. La Comisión se constituirá previa convocatoria de la persona titular de su Presidencia, siendo necesario para ello la asistencia obligada de la Presidencia y de la Secretaría y al menos, de dos de sus vocales sean titulares o suplentes.

Igualmente, a partir de su constitución, la Comisión, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la Presidencia y de la Secretaría y, al menos dos vocales, sean titulares o suplentes.

4.6. La Comisión de Valoración resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas Bases, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

4.7. El procedimiento de actuación de la Comisión de valoración se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4.8. La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la UNIA, que dictará la correspondiente Resolución.

4.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión tendrá su sede en el Rectorado de la UNIA, calle Américo Vespucio, 2. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, y en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

4.10. Las actuaciones de la Comisión podrán ser impugnadas por las personas interesadas en los casos y de la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta. – Valoración de los méritos.

5.1. La valoración de los méritos se ajustará al baremo recogido en el Anexo III de esta Resolución.

5.2. La Comisión de valoración, una vez valorados los méritos de las personas admitidas, hará pública en el TOUNIA la relación provisional de las puntuaciones obtenidas por cada una de las personas aspirantes respecto a los apartados del 1 al 4 del baremo, concediendo un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a dicha publicación, para que las personas aspirantes, en su caso, presenten las alegaciones que tengan por convenientes.

Transcurrido dicho plazo y analizadas, en su caso, las alegaciones presentadas, se publicarán en el TOUNIA las puntuaciones definitivas de los apartados mencionados anteriormente y el calendario para la realización de las entrevistas, recogida en el apartado 5 del Anexo III.

5.3. Terminada la fase de realización de entrevistas, la Comisión de valoración unirá la puntuación obtenida por cada persona candidata a las definitivas de los apartados del 1 al 4 cuya suma arrojará la puntuación definitiva obtenida y elaborará la relación en la que consten las puntuaciones citadas, así como la correspondiente propuesta de resolución. La propuesta será elevada por la Presidencia de la Comisión al Rector.

5.4. En el caso de que se produjera un empate entre varias personas aspirantes, se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada respecto a los puntos del 1 al 4 del baremo. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se opta y, en su defecto, al orden obtenido en el proceso selectivo de su ingreso.

Sexta. – Plazo de Resolución.

6.1. El presente procedimiento se resolverá por Resolución Rectoral, en plazo no superior a tres meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

6.2. La Resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

6.3. Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Séptima. – Plazos de toma de posesión.

7.1. El cese de la persona seleccionada en su destino de procedencia deberá producirse en el plazo de los veinte días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución, salvo que en esta se establezca otro distinto.

7.2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes desde la publicación de la Resolución de esta convocatoria.

7.3. La incorporación efectiva al puesto de trabajo convocado se efectuará en los tres días hábiles siguientes al de su cese si no implica cambio de residencia de la persona funcionaria, o en el plazo de un mes, si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha de la toma de posesión.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a la persona seleccionada, salvo que por causas justificadas la persona titular del Rectorado acuerde motivadamente suspender su disfrute.

7.5. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o de excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el período de reserva del puesto de trabajo.

Octava. - Tratamiento de protección de datos.

8.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la UNIA, sita en Calle Américo Vespucio, 2, Sevilla, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

8.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UNIA no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la UNIA, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

8.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UNIA garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

8.4. En cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. El ejercicio de estos derechos se hará a través de los procedimientos que a tal efecto se encuentran en la Sede Electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

Novena. - Norma final.

En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la UNIA, todas las denominaciones que en estas bases se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino y a la inversa.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Sevilla, a fecha de pie de firma.

El Rector.

D. José Ignacio García Pérez.

 

ANEXO I.
PLAZAS OBJETO DE LA CONVOCATORIA.


CÓDIGO

DENOMINACIÓN

SEDE

CCE

GRADO

XD010602

Gestor/a

Sevilla

A2/C1

22

XD042001

Gestor/a

Málaga

A2/C1

22

XF011701

Sección

Sevilla

A1/A2

23

XF022002

Sección

La Rábida

A1/A2

23

XG010901

Gestor/a

Sevilla

A2/C1

22

XG010902

Gestor/a

Sevilla

A2/C1

22

XI010601

Negociado

Sevilla

A2/C1

20

XI030802

Gestor/a

Málaga

A2/C1

22

 

ANEXO II.
COMPOSICIÓN COMISIÓN DE VALORACIÓN.

COMISIÓN DE VALORACIÓN TITULAR:

Presidente:

- Diego Torres Arriaza, de la Escala de Análisis Informático de la Universidad Internacional de Andalucía. Vicegerente de la Universidad Internacional de Andalucía

Vocales:

 - Primer vocal: Dª. Lucía Domínguez Ternero, de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

- Segundo vocal: D. Vicente Gallego Simón, de la Escala Técnica Especializada de la Universidad Internacional de Andalucía.

- Tercer Vocal: D. Nicolás Criado Vicente, de la Escala de Análisis Informático de la Universidad Internacional de Andalucía.

Secretaria:

- Dª. María Teresa Fernández Vega, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

SUPLENTES:

  • Presidente:

- Emilio Garzón Heredia, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

  • Vocales:

- Suplente primer vocal: D José Antonio Ruiz Gallego, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

- Suplente segundo vocal: Dª. María del Mar Peinado Gallego, de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

- Suplente tercer vocal: D. Juan Millán Serrano, de la Escala de Programadores Informáticos de la Universidad Internacional de Andalucía.

  • Secretaria:

-Dª. María José Gómez Carrizosa, la Escala de Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

ANEXO III.
BAREMACIÓN.

1.- Formación: hasta 30 puntos.

A. Formación universitaria: hasta 20 puntos.

  • Máster y Titulaciones con equivalencia MECES 3: 20 puntos.
  • Titulaciones con equivalencia MECES 2: 10 puntos.
  • Titulaciones con equivalencia MECES 1: 5 puntos.
  • Bachillerato: 2 puntos.

B. Otra formación: hasta 10 puntos.

La formación deberá haber sido impartida por una administración pública o en el contexto de un programa formativo organizado u homologado por esta, o impartida por empresas o corporaciones con objeto social.

  • Por cursos de duración de hasta 10 horas, 0,5 puntos.
  • Por cursos de duración entre 11 horas a 30 horas, 1 puntos.
  • Por cursos de duración entre 31 horas a 50 horas, 3 puntos.
  • Por cursos de duración entre 51 horas a 80 horas, 5 puntos.
  • Por cursos de duración entre 81 horas a 100 horas, 7 puntos.
  • Por cursos de duración superior a 100 horas, 10 puntos.

2.- Pertenencia a Cuerpo o Escala: hasta 10 puntos.

  • Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Subgrupo Superior: 10 puntos.
  • Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Subgrupo inferior: 0 puntos.

3.- Pertenencia al área objeto del puesto: hasta 5 puntos.

  • Por pertenecer al área objeto del puesto: 5 puntos.
  • Por pertenecer al área objeto del puesto en el Subgrupo inferior: 0 puntos.

4.- Idioma: hasta 5 puntos. (sólo se computará la máxima acreditación aportada)

  • Nivel C2: 5 puntos.
  • Nivel C1: 4 puntos.
  • Nivel B2: 3 puntos.
  • Nivel B1: 2 puntos.

5.- Entrevista: hasta 20 puntos.

La Comisión de selección realizará una entrevista a las personas que hayan superado el umbral mínimo de 25 puntos en los apartados 1 a 4, cuya duración no podrá exceder de veinte minutos, que versará sobre los conocimientos y méritos específicos adecuados a las características del puesto de trabajo que se desea cubrir en la modalidad de comisión de servicio, y en particular sobre la trayectoria profesional de la persona aspirante.

Para continuar en el proceso, será necesario obtener al menos 12 puntos en la entrevista.