IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS
Resolución Rectoral 144/2021, por la que se convocan ayudas para cursar Másteres Universitarios en la Universidad Internacional de Andalucía a los alumnos que realicen la preinscripción en la tercera fase (Curso académicao 2021-2022).
La Universidad Internacional de Andalucía, dentro de sus posibilidades presupuestarias, ofrece un programa de becas y ayudas para la realización de los diversos estudios que conforman su oferta académica, entre los que se encuentran los Másteres Universitarios, objeto de la presente convocatoria.
Con la presente Resolución se procede a establecer el procedimiento y los criterios para la concesión de las ayudas objeto de la misma, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, y el Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en su sesión de 29 de abril de 2019.
ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:
Primero. - Convocar ayudas con carácter general, en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las bases y criterios establecidos en los Anexos I, II y III de esta Resolución, para los estudiantes que vayan a cursar alguno de los Másteres Universitarios que oferta la Universidad Internacional de Andalucía, en la tercera fase de preinscripción, en las siguientes modalidades:
- De matrícula.
- De alojamiento y manutención.
- UNIA-Digital.
Segundo. - Estas ayudas serán financiadas con cargo a las anualidades 2021 y 2022 de las aplicaciones presupuestarias 3018 4000 48001, 3018 4000 48008 y 3018 4000 48099 y número de expediente 2021/0000228, del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía, por una cuantía máxima de 246.552,00 €, en función del número que se conceda de las mismas.
Tercero. - El procedimiento de concesión de las ayudas se considera iniciado de oficio con la presente convocatoria.
Cuarto.- Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA), de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
EL RECTOR
José Ignacio García Pérez
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA
Curso académico 2021-2022
I. DESTINATARIOS
Las ayudas objeto de la presente convocatoria están dirigidas a los estudiantes que hayan sido admitidos, a través de los procedimientos de acceso establecidos, y formalicen matrícula en alguno de los Másteres Universitarios que la Universidad Internacional de Andalucía, oferta en la tercera fase de preinscripción, para el curso académico 2021-2022
II. TIPOS DE AYUDAS
Las ayudas al estudio podrán tener los siguientes componentes:
-
Ayuda de matrícula. Consistirá en la exención del importe del precio público fijado por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los servicios académicos hasta un máximo de 60 créditos en la cuantía resultante una vez aplicadas, en su caso, las correspondientes exenciones, bonificaciones y reducciones a que el estudiante tenga derecho. Esta ayuda no incluye los conceptos de tasas o servicios administrativos.
-
Ayuda de alojamiento. Consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de residencia en la Sede de La Rábida durante la fase presencial del programa correspondiente. En las sedes en que la UNIA no dispone de servicio de residencia propio o convenido (Málaga y Sevilla), esta ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria para cubrir los gastos de alojamiento por un importe máximo de 1.500 €, según el nivel de presencialidad del programa correspondiente.
-
Ayuda de manutención. Consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de manutención en régimen de desayuno, almuerzo y cena durante la fase presencial de los programas impartidos en la Sede de La Rábida. En las restantes sedes la ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria para cubrir los gastos de manutención por una cuantía máxima de 1.000 €, según el nivel de presencialidad del programa correspondiente.
-
Ayuda UNIA-Digital. Consistirá en una ayuda económica para la adquisición de equipamiento informático y gastos de conexión a internet, hasta una cuantía máxima de 1.200 €. Las ayudas se justificarán con las correspondientes facturas, conforme a la siguiente distribución:
-
Conexión a internet: un máximo de 50 € mensuales.
-
Adquisición de equipamiento informático: un máximo de 900 €
-
Estas ayudas serán incompatibles con la percepción por la persona solicitante, de cualquiera de las ayudas de alojamiento, manutención o desplazamiento convocadas por la UNIA para el curso 2021-2022.
En el Anexo III, se relacionan las ayudas que se podrán solicitar en cada uno de los másteres universitarios.
En aquellos supuestos en que un Máster Universitario presencial no pueda realizarse en esa modalidad, las ayudas de alojamiento y manutención podrán sustituirse por una ayuda económica para la adquisición de equipamiento informático y gastos de conexión a internet, hasta una cuantía máxima de 1.200 €.
III. PROGRAMAS BENEFICIARIOS
Podrán disfrutar de estas ayudas los estudiantes que formalicen su matrícula en alguno de los siguientes Másteres Universitarios:
Sede de Santa María de La Rábida
-
Tecnología Ambiental.
-
Comunicación y Educación Audiovisual.
-
Geología y Gestión Ambiental de los Recursos Minerales - Ingeniería Química.
-
Investigación en la Enseñanza y el Aprendizaje de las Ciencias Experimentales, Sociales y Matemáticas.
-
Economía, Finanzas y Computación.
-
Simulación Molecular (on line).
-
Máster en Dirección y Gestión de Personas.
Sede Antonio Machado de Baeza
-
Agroecología: Un enfoque para la Sustentabilidad Rural.
-
Intervención Asistida con Animales.
-
Arqueología de los Paisajes Culturales: Investigación y Gestión.
Sede Monasterio de la Cartuja
-
Agricultura y Ganadería Ecológicas.
-
Análisis de Datos Ómicos y Biología de Sistemas.
-
Máster en Relaciones Internacionales. - Máster en Transformación Digital de Empresas.
IV. INCOMPATIBILIDADES
Ningún estudiante podrá percibir por parte de la Universidad Internacional de Andalucía más de una beca o ayuda para la misma modalidad de estudios de postgrado, aunque los realice simultáneamente. Tampoco se podrá percibir más de una beca o ayuda para actividades de extensión universitaria que estén ofertadas en una misma convocatoria
Las ayudas serán incompatibles con la percepción de cualesquiera otros beneficios que, para la misma finalidad, pueda percibir el solicitante de otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
V. REQUISITOS
Para poder solicitar las ayudas objeto de la presente convocatoria es necesario cumplir los siguientes requisitos:
-
Entregar la solicitud dentro del plazo establecido, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida.
-
Resultar admitido en alguno de los Másteres Universitarios ofertado por la UNIA según lo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 17 de diciembre de 2020 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2021-2022, así como formalizar la matrícula en el mismo.
-
No haber sido con anterioridad beneficiario de ninguna beca o ayuda para cursar un programa oficial de Máster Universitario o de cualquier otra titulación de postgrado en la UNIA, se haya hecho o no uso de ella.
De este requisito quedan excluidos los adjudicatarios de becas y ayudas del curso 2020-2021 que, por cambiar su máster de modalidad, anularon matrícula de conformidad con lo dispuesto por el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad.
-
Para solicitar las ayudas de alojamiento y/o manutención deberá acreditarse que el solicitante no reside en la sede donde esté previsto impartir el Máster.
VI. SOLICITUDES
Las solicitudes deberán cumplimentarse en el impreso normalizado establecido al efecto, el cual podrá obtenerse a través del portal web de la UNIA (https://www.unia.es).
La presentación de las solicitudes se realizará prioritariamente por Registro Electrónico (https://eadmistracion.unia.es/oficina/registro.do) o por cualquiera de los otros medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de los alumnos extranjeros, no residentes en España, para facilitar el cumplimiento de la norma, pueden remitir sus solicitudes a través del correo electrónico
La solicitud de las ayudas supone la aceptación de estas bases.
VII. DOCUMENTACIÓN
Junto al impreso normalizado creado al efecto, la solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
-
Currículo del solicitante según modelo normalizado, que puede obtenerse a través de la página web de la UNIA: https://www.unia.es.
-
Certificación académica personal de los estudios que den acceso al programa.
-
Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte.
-
Los solicitantes pertenecientes a la Unión Europea deberán aportar documentos justificativos de los ingresos familiares: fotocopia de la declaración del I.R.P.F. correspondiente al último ejercicio fiscal o, en el supuesto de no disponer de ella por no haber estado obligado a su presentación, cualquier otro documento de carácter oficial que acredite fehacientemente la situación económica familiar, o bien, en su caso, aclaración detallada de todos los medios de subsistencia de la unidad familiar.
-
Los solicitantes no comunitarios deberán aportar documentación acreditativa de los ingresos anuales de la unidad familiar a la que pertenezcan (expresado en dólares USA) y del número de personas que la componen. Los certificados de ingresos habrán de estar emitidos por empresas u organismos públicos.
-
Documentación acreditativa de la independencia económica y familiar, en su caso.
-
Cualquier otra documentación que el estudiante considere oportuna para acreditar su situación socioeconómica familiar (fotocopia del título de familia numerosa, certificado de minusvalía, desempleo, etc.) u otra circunstancia que desee se le tenga en cuenta a la hora de baremar su solicitud.
-
En caso de ser egresado en algún estudio de postgrado de la UNIA, (Máster propio, Diploma de Especialización o Experto Universitario), copia del título acreditativo.
La Universidad Internacional de Andalucía podrá comprobar su autenticidad y la veracidad de los datos aportados, así como requerir al solicitante el envío de la documentación original o de la documentación complementaria necesaria.
VIII. PROTECCIÓN DE DATOS
En el marco establecido por Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD en adelante) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales la UNIA se compromete a que los datos personales comunicados por los interesados sean: tratados de manera lícita, leal y transparente, en relación con la finalidad específica para la que fueron comunicados por el interesado, excluyendo cualquier tratamiento ulterior con fines incompatibles y respetando los principios de minimización y exactitud de los mismos.
La UNIA se compromete igualmente a mantener estos mismos datos exclusivamente durante el tiempo estrictamente necesario para los fines para los que fueron comunicados, con las salvedades en su caso establecidas en el art. 5.1 y demás normas concordantes del RGPD.
Igualmente, la UNIA se compromete a garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiada.
Los interesados serán informados de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo de los elementos señalados especialmente en el art. 13 RGPD y de los derechos que le corresponden en relación con los arts 15 y siguientes del RGPD.
IX. SELECCIÓN
La valoración de las solicitudes de ayudas presentadas y la propuesta de concesión de ayudas corresponde a la Comisión Becas de la Universidad Internacional de Andalucía, que aplicará a tal efecto los criterios establecidos en el Anexo II de esta convocatoria.
La Comisión de Becas tendrá competencia para la interpretación y, en su caso, resolución de incidencias que puedan resultar de la aplicación de lo preceptuado en la presente convocatoria y demás normas de aplicación.
No se concederá ninguna ayuda a los solicitantes con una puntuación de cero en el apartado de renta.
X.ADJUDICACIÓN
La Comisión de Becas valorará las solicitudes recibidas, excluyendo provisionalmente aquellas que no reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria.
Seguidamente se valorarán las solicitudes admitidas de acuerdo con los criterios establecidos en el ANEXO II de esta convocatoria y se formulará una relación ordenada de solicitantes. Dicha relación reflejará la valoración obtenida por los solicitantes en cada uno de los apartados tomados en consideración y la propuesta de adjudicación de ayudas y de suplentes.
Para la adjudicación de las ayudas, los solicitantes deberán obtener una puntuación total, igual o superior a la obtenida por la última persona solicitante, de cada Máster, en la adjudicación de la segunda fase, la relación de dichas puntuaciones se encuentra reflejadas en el anexo III de esta Resolución.
Se concederán ayudas hasta que se agote el crédito disponible.
La Comisión de Becas hará pública en el portal web de la Universidad
(https://www.unia.es) la propuesta de adjudicación provisional de ayudas y en su caso la lista de suplentes, detallando la puntuación asignada en cada uno de los apartados considerados. Junto a ello, se hará pública una relación de solicitudes denegadas y de solicitudes excluidas, indicando las causas de la denegación o exclusión.
Contra la propuesta provisional de adjudicación, exclusión y denegación de ayudas, los solicitantes podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes en el plazo de siete días hábiles a contar desde su publicación.
Una vez resueltas las alegaciones, el Secretario de la Comisión de Becas, comunicará la resolución de dichas alegaciones por correo electrónico a los interesados.
Las alegaciones se presentarán prioritariamente por Registro Electrónico (https://eadmistracion.unia.es/oficina/registro.do) o por cualquiera de los otros medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de los alumnos extranjeros, no residentes en España, para facilitar el cumplimiento de la norma, pueden remitir sus alegaciones a través del correo electrónico
El impreso de alegaciones se puede encontrar en el siguiente enlace del portal web de la UNIA: https://www.unia.es/oferta-academica/masteres-oficiales/impresos-masteres
XI. RESOLUCIÓN
Una vez valoradas las alegaciones por la Comisión de Becas, esta elevará propuesta definitiva de concesión y denegación de ayudas y de exclusión de solicitudes al Rector, que dictará la correspondiente resolución definitiva. La resolución rectoral se hará pública en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA) y en el portal web de la UNIA: https://www.unia.es/estudiantes/becas-y-ayudas
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, cabe interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
XII. PLAZOS
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la UNIA, hasta el 11 de octubre de 2021.
PROPUESTA PROVISIONAL: 20 de octubre de 2021
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES A LA PROPUESTA PROVISIONAL: Siete días hábiles desde la publicación de la propuesta provisional.
RESOLUCIÓN DEFINITIVA: Se publicará en el BOUNIA durante el mes de noviembre
XIII. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Son obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
-
Aceptar la ayuda concedida y las bases de esta convocatoria en el plazo y condiciones establecidos en la base XIII.
-
Matricularse en la titulación correspondiente y proceder al abono, al menos, dependiendo del tipo de beca o ayuda concedida, de los precios públicos de los servicios administrativos que correspondan, así como participar de manera activa y con aprovechamiento en las actividades académicas previstas: presentación a las pruebas de evaluación, asistencia a clase si la enseñanza es presencial o cumplimiento de las medidas equivalentes de control fijadas si se trata de enseñanza virtual.
-
Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
-
Poner en conocimiento de la Universidad la anulación de la matrícula, así como cualquier otra alteración de las condiciones tomadas en consideración para la concesión de la correspondiente ayuda.
-
Comunicar a la Universidad la obtención de subvenciones, becas o ayudas para la misma finalidad que la concedida por ésta, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
-
Proceder al reintegro de los fondos percibidos o al abono de los precios públicos que no se hayan satisfecho a consecuencia de la ayuda, cuando así le sea requerido conforme a la legislación vigente.
XIV. ACEPTACIÓN DE LA AYUDA
En el plazo de diez días contados a partir de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), los beneficiarios enviarán una carta de aceptación, expresando que aceptan las ayudas obtenidas y las obligaciones establecidas en esta convocatoria y en la resolución de concesión, y comprometiéndose a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía el importe de la ayuda concedida en los supuestos establecidos en esta convocatoria y en la legislación que también resulte de aplicación.
La aceptación de la ayuda, se realizará prioritariamente por Registro Electrónico (https://eadmistracion.unia.es/oficina/registro.do) o por cualquiera de los otros medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de los alumnos extranjeros, no residentes en España, para facilitar el cumplimiento de la norma, pueden remitir su aceptación a través del correo electrónico
El impreso de aceptación se puede encontrar en el siguiente enlace del portal web de la
UNIA: https://www.unia.es/oferta-academica/masteres-oficiales/impresos-masteres
XV. MODIFICACIÓN
Si por cualquier circunstancia no pudiera impartirse presencialmente cualquiera de los Másteres Universitarios incluidos en esta convocatoria, el Rector podrá modificar la resolución de concesión y sustituir las ayudas de alojamiento y manutención vinculadas a dicho Máster por una ayuda económica para la adquisición de equipamiento informático y gastos de conexión a internet.
En el plazo de diez días contados a partir de la publicación de la resolución de modificación, los beneficiarios de las nuevas ayudas enviarán una carta de aceptación expresando que aceptan la nueva ayuda y las obligaciones establecidas en esta convocatoria y en la resolución de concesión, y comprometiéndose a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía el importe de la ayuda concedida en los supuestos establecidos en esta convocatoria y en la legislación que también resulte de aplicación.
La aceptación de la ayuda, se realizará prioritariamente por Registro Electrónico (https://eadmistracion.unia.es/oficina/registro.do) o por cualquiera de los otros medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de los alumnos extranjeros, no residentes en España, para facilitar el cumplimiento de la norma, pueden remitir su aceptación a través del correo electrónico
XVI. REVOCACIÓN
Las adjudicaciones de las ayudas serán revocadas totalmente, se haya hecho o no uso de ellas, si se diese alguna de las siguientes circunstancias:
-
Descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos por parte del solicitante o que existe incompatibilidad con otros beneficios destinados al mismo objeto concedidos por otras personas físicas o jurídicas, o bien inhibición manifiesta o cumplimiento negligente de las obligaciones por parte de los beneficiarios.
-
No destinar la ayuda para la finalidad concedida, entendiéndose como tal la anulación de la matrícula, no hacer uso de las instalaciones o beneficios concedidos, o cualquier otra situación equivalente.
-
No alcanzar un rendimiento académico adecuado. En este sentido, se entiende como tal si el estudiante supera en el conjunto de las convocatorias oficiales previstas en el curso académico todas las materias del programa, con excepción del Trabajo Fin de Máster.
Los beneficiarios que incurran en alguna causa de revocación de estas becas y ayudas estarán obligados a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía las cantidades percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que ésta pudiera iniciar.
XVII. CARÁCTER SUPLETORIO Y UTILIZACIÓN DEL MASCULINO COMO GÉNERO NO MARCADO
Para lo no contemplado en la presente convocatoria se estará a lo establecido y Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2019, así como a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al resto de la legislación que resulte de aplicación.
Todas las referencias de esta Resolución que utilizan la forma del masculino genérico o no marcado se entenderán aplicables a cualquier persona con independencia de su sexo.
ANEXO II
CRITERIOS DE BAREMACIÓN
Curso académico 2020-2021
CONCEPTOS BAREMABLES Y PESO PORCENTUAL
Los conceptos, y su peso porcentual, que se tomarán en consideración a la hora de baremar las solicitudes de becas y ayudas al estudio objeto de la presente convocatoria son:
Conceptos |
Peso |
Expediente Académico |
60% |
Renta y situación socioeconómica 30%
Otras circunstancias a valorar 10%
Si se diese un empate en la baremación final de distintas solicitudes, éste se resolverá atendiendo en primer lugar a la puntuación obtenida en el “Expediente Académico” y caso de persistir, se atenderá seguidamente a la puntuación obtenida en el apartado de “Renta y situación socioeconómica”.
I. EXPEDIENTE ACADÉMICO (máximo 6 puntos)
La calificación media del Expediente Académico obtenida por los solicitantes para el acceso al Máster Universitario elegido se calculará de forma numérica en la escala de 0 a 10.
En el caso de que las calificaciones del Expediente no se hallen expresadas numéricamente, se les aplicará la siguiente conversión:
Matrícula de Honor |
10 |
Sobresaliente |
9 |
Notable |
7,5 |
Aprobado |
5,5 |
Una vez calculada la calificación media, se le aplicará un coeficiente de ponderación que dependerá del nivel de la titulación de acceso del solicitante:
Titulación |
Coeficiente |
Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Graduado |
1,00 |
Diplomado, Arquitecto Técnico 0,90
I. RENTA Y SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA (máximo 3,5 puntos)
Renta
A partir de la renta per cápita de la unidad familiar del solicitante, a ésta se le asignarán los puntos que corresponda de acuerdo con la siguiente tabla:
Renta per cápita |
Puntos |
||
De 0 a 3.000 € |
3,00 |
||
De 3.001 a 4.500 € |
2,62 |
||
De 4.501 a 6.000 € |
2,25 |
||
De 6.001 a 7.500 € |
1,87 |
||
De 7.501 a 9.000 € |
1,50 |
||
De 9.001 a 10.500 € |
1,12 |
||
De 10.501 a 12.000 € |
0,75 |
||
De 12.001 a 14.111 € |
0,37 |
||
De 14.112 € en adelante |
0,00 |
||
Situación socioeconómica
Junto a la renta per cápita, se tendrán en cuenta los supuestos en que el solicitante acredite la concurrencia, en alguno/s de los miembros que integran la unidad familiar, de alguna/s de las circunstancias que se indican a continuación:
- Estar integrado en la protección de Familia Numerosa.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Tener reconocido un grado de discapacidad superior al 33%.
- Tener reconocida la protección de Orfandad absoluta.
- Jubilados y pensionistas.
- Víctimas del terrorismo.
- Víctimas de violencia de género.
En estos casos, una vez calculada la renta per cápita, se detraerá un 10% de la misma por cada una de las circunstancias acreditadas, asignándose finalmente la puntuación que corresponda según la tabla anterior.
III. OTRAS CIRCUNSTANCIAS A VALORAR (Máximo 1 punto)
1. SOLICITANTES PROCEDENTES DE PAÍSES PRIORITARIOS SEGÚN EL III PLAN ANDALUZ DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO (0,50)
A los solicitantes procedentes de países catalogados como prioritarios en el III Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo (2020-2023) se les asignará 0,5 puntos en el cómputo final de su baremación.
Estos países son:
África Subsahariana: Burkina Faso, Guinea Bissau, Malí, Mozambique, República Democrática del Congo, Senegal y Togo.
América Latina: Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y República Dominicana.
Norte de África y Oriente Medio: Marruecos, Mauritania, Túnez, Población Saharaui y Palestina.
2. SOLICITANTES EGRESADOS DE LA UNIA. (0,50)
A los solicitantes egresados de la Universidad Internacional de Andalucía, que hayan cursado algún título de postgrado propio, (Máster propio, Diploma de Especialización o Curso de Experto), se les asignarán 0,5 puntos en el cómputo final de su baremación.
ANEXO III
Puntuación total último |
|
Sede de Santa María de La Rábida |
beneficiario de ayuda 2ª Fase |
Máster en Tecnología Ambiental |
7,94 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Máster en Comunicación y Educación Audiovisual |
7,96 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Máster en Geología y Gestión Ambiental de los Recursos Minerales |
5,11 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Máster en Ingeniería Química |
7,45 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Máster en Investigación en la Enseñanza y el Aprendizaje de las CC. Exp. , Soc. y Mat. |
7,90 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Máster en Economía, Finanzas y Computación |
7,52 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.
Máster en Simulación Molecular (on line) |
5,94 |
|
Ayudas de matrícula y UNIA-DIGITAL |
|
|
Máster en Dirección y Gestión de Personas |
6.61 |
Ayuda de matrícula, alojamiento y manutención.
Puntuación total último |
|
Sede Antonio Machado de Baeza |
beneficiario de ayuda 2ª Fase |
Máster en Agroecología: Un enfoque para la Sustentabilidad Rural |
6,32 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención
|
|
Máster en Intervención Asistida con Animales |
6,98 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.
|
|
Máster en Arqueología de los Paisajes Culturales: Investigación y Gestión |
5,00 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención. |
|
Puntuación total último |
|
Sede Monasterio de la Cartuja |
beneficiario de ayuda 2ª Fase |
Máster en Agricultura y Ganadería Ecológicas |
7,00 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.
|
|
Máster en Análisis de Datos Ómicos y Biología de Sistemas |
5,00 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.
|
|
Máster en Relaciones Internacionales |
7.13 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.
|
|
Máster en Transformación Digital de Empresas |
5.00 |
Ayudas de matrícula, alojamiento y manutención.