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IV.    BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS

Resolución Rectoral 166/22 de la Universidad Internacional de Andalucía por la que se convoca la tercera edición del “Premio Unia-Digital a la Investigación”. (Código BNDS 647757)

La Universidad Internacional de Andalucía, en su apuesta por fomentar el desarrollo de la sociedad digital y conforme a sus Estatutos, tomó la iniciativa, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2020, de crear un Premio de Investigación sobre la transformación digital de nuestra sociedad, abierta a los distintos temas que cabe englobar bajo este epígrafe: digitalización de procesos, de actividades, de instituciones, de formatos de comunicación, de gestión y almacenamiento de datos, de empresas e industrias, etc. En definitiva, se trata de fomentar la transformación digital de la sociedad abordada desde las diferentes áreas científicas; Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería y Arquitectura.

La Tercera Edición del “Premio UNIA Digital” está dirigida al reconocimiento de la investigación desarrollada a partir de Tesis Doctorales en el campo de la transformación digital de la sociedad, que hayan sido ya defendidas dentro de los programas de doctorado de las universidades y centros de investigación andaluces en los dos años anteriores a la fecha de la convocatoria y hayan generado publicaciones científicas relevantes. Su objeto es pues, premiar los mejores trabajos publicados a partir de la tesis, fomentar la investigación en estas áreas y dar visibilidad a los jóvenes investigadores que en ella trabajan.

El premio se enmarca en el Objetivo 17 del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA para el periodo 2022-2024, relativo a la Promoción de la investigación en el ámbito de la digitalización. De acuerdo a estos objetivos y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2020 por el que se instaura el “Premio UNIA DIGITAL a la Investigación”, ESTE RECTORADO, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha resuelto:

Primero.-  Convocar la Tercera Edición del “Premio UNIA-DIGITAL a la investigación”, con arreglo a las bases y criterios establecidos en el ANEXO I de esta Resolución.

Segundo.- El premio objeto de esta Convocatoria está sujeto a la disponibilidad presupuestaria existente y será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 3013 5000 226.08, por una cuantía máxima de cinco mil euros (5.000 €) impuestos incluidos.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNÍA), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de dicho Orden, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 y 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

En Sevilla, en la fecha de la firma electrónica

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

 

ANEXO

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA TERCERA EDICIÓN DEL “PREMIO UNIA-DIGITAL A LA INVESTIGACIÓN”.

 

Primera.- Objeto.

El Premio tiene por objeto premiar los mejores y más relevantes trabajos científicos publicados a partir de la Tesis Doctorales en el campo de la transformación digital de la sociedad, defendidas dentro de los programas de doctorado de las universidades y centros de investigación andaluces en los dos años anteriores a la fecha de la convocatoria, así como fomentar la investigación en estas áreas y dar visibilidad a los jóvenes investigadores que en ella trabajan.

Segunda.- Régimen jurídico aplicable.

El Premio a que se refiere la presente Convocatoria, además de lo previsto en ella, se regirá por el Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA, los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo dispuesto en el título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación.

Tercera.- Procedimiento de Concesión.

El Premio se concederá en régimen de concurrencia competitiva, aplicando los criterios convencionales de evaluación de la investigación, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos.

Cuarta.- Cuantía del premio y compatibilidad.

  1. El Premio será único y tendrá una cuantía máxima de cinco mil euros (5.000 €)impuestos incluidos, aunque podrán concederse un máximo de dos accésits sin dotación económica para reconocer los trabajos finalistas.
  2. El premio será compatible con cualquier otra solicitud de premio, beca, ayuda o subvención a la que pudiera optar o haya optado la persona solicitante. La tributación por el importe del Premio es responsabilidad exclusiva de la persona premiada.
  3. La UNIA, siempre que las condiciones lo permitan, invitará a la persona premiada y, en su caso, las personas beneficiarias de accésits, a:
  • Organizar y dirigir durante el año 2023, de acuerdo a la normativa de la UNIA, un workshop internacional relacionado con la temática por la que ha recibido el Premio.
  • Recibir la distinción en un acto específico, o bien en el de apertura de curso inmediatamente posterior a la concesión.

Quinta.- Requisitos y obligaciones de las personas participantes.

  1. Podrán beneficiarse del premio objeto de esta convocatoria autores y autoras de Tesis Doctorales, conforme a los siguientes requisitos:
  • Haber desarrollado la tesis dentro de un Programa de Doctorado cursado en alguna de las universidades o centros de investigación de Andalucía.
  • Haber defendido el trabajo dentro de los dos años anteriores a la fecha de la convocatoria, obteniendo la máxima calificación.
  • Que la temática del trabajo presentado se ajuste a la establecida en esta Convocatoria.
  • Aceptar las reglas que rigen la convocatoria.
  • Facilitar toda la documentación necesaria y garantizar su veracidad.
  1. Las personas premiadas realizarán una declaración jurada sobre la autenticidad y originalidad de los trabajos, así como sobre su contribución a los mismos en el caso de artículos colectivos derivados de la tesis. La falsedad en cualquiera de estos extremos implica su decaimiento como participante y, en su caso, la retirada de la distinción y la devolución del importe del Premio si ya se hubiera hecho efectivo.
  2. En caso de renuncia o decaimiento en su derecho de la persona propuesta para el Premio, la Comisión de Evaluación determinará si el Premio se adjudica a otro candidato o bien se deja desierto.

Sexta.- Plazo, inscripción, y documentación a presentar.

    1. El plazo de presentación de la solicitud de inscripción y la documentación comenzará desde el día de su publicación hasta el hasta el día 20 de octubre de 2022 a las 23:59 h. (CEST, UTC+2).
    2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, a través de la aplicación que se anuncie en la página web de la Universidad Internacional de Andalucía (unia.es), cumplimentando el formulario electrónico y aportando los documentos exigidos a través de la mencionada aplicación informática.
    3. El formulario electrónico de solicitud contendrá la siguiente información:

a) Datos identificativos del autor o autora de la Tesis.

b)Datos identificativos de la Tesis (titulo, fecha de defensa, calificación) y del Programa de Doctorado.

c)Datos identificativos de la persona que ha dirigido la Tesis Doctoral.

d)Relación de publicaciones científicas derivadas de la Tesis, con indicación de la fecha, el tipo de publicación, la revista o editorial donde se ha publicado, los autores de las mismas, incluyendo indicios de calidad, número de citas recibidas y especificando, para cada publicación, si la persona que se presenta como candidato al Premio es el investigador o investigadora principal.

  1. Asimismo, a través de la aplicación se deberá adjuntar la siguiente documentación:
    1. Currículum Vitae de la persona solicitante en formato simplificado (máximo 3 páginas). Se puede incluir en el mismo un enlace web para poder consultar, en su caso, un CV más extenso.
    2. Enlaces web o documentos pdf relativos a la Tesis y trabajos de investigación derivados.

Séptima.- Comisión de Evaluación y criterios de concesión.

  1. La Comisión de Evaluación, en adelante la Comisión, es el órgano encargado de la valoración de las aportaciones científicas y estará formada por:
  • El Rector de la UNIA o persona en quien delegue, actuará como Presidente de la Comisión.
  • Entre dos y cuatro investigadoras e investigadores de reconocido prestigio y expertas en el área y/o en análisis bibliométricos.

La composición de la Comisión no se hará́ pública antes de la Resolución del Premio.

  1. La Comisión se reunirá, de forma presencial o telemática, durante el mes de octubre de 2022.
  2. De las deliberaciones de la Comisión se levantará acta motivada, elevándose la propuesta finalmente adoptada al Rector de la Universidad para la Resolución del Premio.
  3. La Comisión podrá rechazar cualquier inscripción que no se ajuste estrictamente a lo establecido en estas Bases.
  4. La Comisión tiene la facultad de interpretar las presentes bases o resolver cualquier imprevisto.
  5. La Comisión realizará la valoración de las solicitudes basándose en los siguientes criterios: (a) Adecuación de los trabajos publicados a la temática de la convocatoria; (b) Alcance y calidad del medio en el que se difunde la investigación derivada de la tesis, tomando como referencia los indicadores bibliométricos habituales (v.g. índice de impacto, Eigenfactor); (c) Número de citas recibidas, ponderadas por la fecha de publicación y el número de autores; y (d) Relevancia de la contribución del solicitante en la investigación publicada (si es o no el autor principal).
  6. El Premio podrá ser declarado desierto.

Octava.- Concesión del premio.

  1. La concesión del Premio se realizará mediante Resolución Rectoral, asignando el mismo a la persona elegida por la Comisión de Evaluación.
  2. La UNIA hará pública la concesión del Premio a través de su web y de los medios de comunicación en la que se incluirá la identidad de la persona ganadora. No obstante, la Resolución se notificará de manera individual a los premiados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. La UNIA abonará el importe del Premio en un único pago, en un plazo máximo de cuatro meses desde la aceptación del Premio.
  4. Los datos personales a los que la UNIA tendrá acceso por su participación en esta convocatoria serán tratados con pleno respeto de los principios y reglas establecidos tanto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Su tratamiento se encuentra recogido en el Registro de Actividades de tratamiento gestionado por la Universidad Internacional de Andalucía, pero la lista de participantes no será pública. Los interesados podrán ejercer sus derechos ante esta Universidad siguiendo lo recogido en https://www.unia.es/es/proteccion-datos/derechos-rgpd .

Novena.- Pérdida del derecho al premio.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago del Premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro o la pérdida del derecho al cobro del premio cuando:

  • Se obtenga el Premio falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.