I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS
I.3. Resoluciones del Rector
Resolución Rectoral 191/2024, de 30 de julio, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se establece el procedimiento para la extinción del plan de estudios correspondiente al título de Máster Universitario en Actividad Física y Salud por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide (código RUCT 4313154).
La Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en uso de las competencias legalmente atribuidas, estimaron oportuno asociarse con el objetivo de organizar e impartir conjuntamente el Título oficial de Máster Universitario en Actividad Física y Salud. A tal fin, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 8 y 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, se procedió a suscribir el correspondiente convenio de colaboración y someter al procedimiento de Verificación el Plan de Estudios correspondientes, una vez otorgada la preceptiva autorización de la Comunidad Autónoma.
Verificado el Plan de Estudios por Resolución del Consejo de Universidades de 7 de octubre de 2011, e inscrito en el Registro de Universidades, Centro y Titulaciones, (código RUCT 4313154), fue incluido en el Catálogo de Titulaciones de Másteres Universitarios de las Universidades Públicas de Andalucía, ofertándose en el procedimiento de preinscripción establecido al efecto, por las Universidades Internacional de Andalucía y Pablo de Olavide, de Sevilla, desde el curso académico 2010/2011 hasta el 2023/2024, de forma ininterrumpida.
Tras la impartición de catorce ediciones del programa, para el curso 2024/2025 se lleva a cabo una reformulación y mejora en el planteamiento de su actividad académica al objeto de poder dar mejor respuesta a las demandas sociales actuales, tanto en el plano de la investigación como en el de la formación de los futuros perfiles profesionales, así como para poder atender a las recomendaciones realizadas por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento en los diferentes informes de seguimiento (26 de junio de 2019, 13 de julio de 2021 y 6 de julio de 2022). Esta reformulación se ha materializado en la verificación de un nuevo título, con resolución favorable del Consejo de Universidades de 11 de marzo de 2024, denominado Máster Universitario en Actividad Física para la Salud (código RUCT 3500250) y que viene a sustituir al ya existente. Esta circunstancia constituye uno de los criterios específicos para la extinción de un título por lo que los Órganos de Gobierno de ambas Universidades, adoptan el acuerdo de proceder a la extinción, para el curso académico 2024/2025, del Plan de Estudios correspondiente al Máster en Actividad Física y Salud por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide (código RUCT 4313154) y, consecuentemente implementar el correspondiente Plan de extinción que garantice los derechos de los estudiantes.
Considerando que, de conformidad con lo establecido el Anexo II (Modelo de memoria para la solicitud de verificación del plan de estudios de un título universitario oficial) del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad, en los casos de extinción de un título es necesario establecer un calendario de aplicación a las enseñanzas que se extinguen por la implantación del correspondiente título propuesto. Igualmente, para aquellos estudiantes matriculados en cursos anteriores del Máster Universitario en Actividad Física y Salud, se establece un plan de extinción que se regirá por lo recogido a este respecto en el convenio específico firmado por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide y la normativa académica vigente en la Universidad Internacional de Andalucía.
A la vista de lo expuesto y de la normativa de aplicación, en uso de las facultades legalmente otorgadas, este Rectorado ha resuelto Aprobar el Plan de Extinción para el Título oficial de Máster Universitario en Actividad Física y Salud por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide, inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Titulaciones con el Código 4313154, en los términos que se recogen en el Anexo I de esta Resolución.
En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.
EL RECTOR,
Fdo.: José Ignacio García Pérez
ANEXO I
PLAN DE EXTINCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACTIVIDAD FÍSICA Y SALUD POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA Y LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (CÓDIGO RUCT 4313154)
1. Objetivo
El objetivo de este Plan es establecer los términos, condiciones y procedimiento para la extinción de la docencia del Título de Máster Universitario en Actividad Física y Salud por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide con las garantías necesarias para salvaguardar los derechos de los estudiantes y que éstos puedan optar por finalizar sus estudios.
2. Destinatarios
Podrán acogerse a este Plan aquellos estudiantes matriculados por la Universidad Internacional de Andalucía en el referido Máster Universitario en Actividad Física y Salud (código RUCT 4313154) en alguno de los cursos académicos en los cuales se ha venido impartiendo y tengan superado, al menos, el cincuenta por ciento del total de créditos necesarios para la obtención del título.
3. Efectos
A partir del curso académico 2024/2025 el título no tendrá ya docencia, debiendo publicarse el sistema de evaluación de cada uno de los módulos, materias o asignaturas que conformen el plan de estudios de la titulación.
4. Vigencia
El presente Plan estará vigente durante los cursos académicos 2024/2025 y 2025/2026, considerándose totalmente extinguido, sin derecho a examen, cuando la totalidad de las materias que lo conforman hayan agotado la oferta de convocatorias de examen de los dos cursos académicos referidos.
5. Evaluación
El alumnado matriculado en el Plan tendrá derecho para cada materia, a dos convocatorias de evaluación por curso académico matriculado, existiendo la posibilidad de acceder a convocatoria extraordinaria si así se programase. Las pruebas de evaluación versarán sobre el temario del último año en que se impartió la materia o asignatura. A tal efecto, a los estudiantes matriculados se les facilitará, a través del Campus Virtual de la Universidad Internacional de Andalucía, las guías docentes correspondientes a las materias y el trabajo final, así como el calendario de evaluación. Igualmente, tendrán derecho a recibir a través del Campus Virtual el asesoramiento y tutorización docente oportuna.
6. Profesorado
Las universidades contarán para las labores de asesoramiento, tutoría y evaluación con el profesorado necesario que, preferentemente, deberá haber sido docente en el Máster en los cursos de impartición y cumplir con los requisitos establecidos para el desarrollo de esta labor.
7. Solicitud de admisión
Los estudiantes del Máster Universitario que opten por acogerse a este Plan de Extinción y cumplan los requisitos para ello, deberán solicitar, mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Posgrado, su admisión en el mismo, indicando la totalidad de materias pendientes de superar. Las solicitudes deberán presentarse a través del enlace https://sacu.unia.es (Grupo de Ayuda: Gestión Académica. Títulos oficiales. Alumnos).
8. Plazos
Curso académico 2024-2025:
- Solicitud de admisión: del 2 al 10 de septiembre de 2024
- Relación provisional de admitidos y excluidos: 20 de septiembre de 2024
- Plazo de alegaciones: del 23 al 27 de septiembre de 2024
- Relación definitiva de admitidos y excluidos: 1 de octubre de 2024
- Plazo de matrícula: del 2 al 10 de octubre de 2024
Curso académico 2025-2026:
- Solicitud de admisión: del 1 al 10 de septiembre de 2025
- Relación provisional de admitidos y excluidos: 19 de septiembre de 2025
- Plazo de alegaciones: del 22 al 26 de septiembre de 2025
- Relación definitiva de admitidos y excluidos: 1 de octubre de 2025
- Plazo de matrícula: del 2 al 10 de octubre de 2025
9. Resolución
Recibidas las solicitudes de admisión se procederá a validar el cumplimiento de los requisitos establecidos y se requerirá informe a la Comisión Académica del Plan. A la vista de la información disponible y del informe de la Comisión, se procederá a elevar a la Comisión de Posgrado, propuesta provisional de admisión y de exclusión, en este caso con indicación de la causa de la misma.
10. Revisión
Contra la propuesta provisional los interesados podrán presentar, en el plazo de cinco días hábiles, las alegaciones que estimen oportunas. Estas alegaciones serán resueltas por la Comisión de Posgrado.
11. Matrícula
Una vez publicada la relación definitiva de admitidos, los solicitantes deberán formalizar la matrícula en la fecha indicada, comprendiendo ésta la totalidad de las materias, y el trabajo final, pendientes de superar. Aquellos admitidos que no formalizasen la matrícula en el plazo establecido, se entenderán que desisten de su solicitud de admisión, procediéndose a su archivo sin más trámite.
12. Régimen económico
Los estudiantes estarán obligado al abono de las tasas y precios públicos establecidos para cada curso académico, de acuerdo con el Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determinan los precios públicos de las universidades públicas de Andalucía por la prestación de servicios académicos y administrativos que les sea de aplicación. Asimismo, les será de aplicación, en su caso, el régimen de exenciones, bonificaciones y/o reducciones que proceda, así como de fraccionamiento.
El pago se deberá hacer efectivo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de matrícula. El impago total o parcial de la matrícula en los plazos establecidos, conllevará la anulación de oficio de la misma.
13. Condicionalidad de la matrícula
La matrícula se considerará condicional hasta la verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y trámites establecidos, procediéndose a su anulación de oficio en el supuesto de descubrirse falseamiento u ocultación en la documentación o datos facilitados.
14. Seguimiento
El seguimiento del desarrollo del presente Plan de Extinción lo llevará a cabo la Comisión Académica del Máster Universitario, que velará por el desarrollo de la organización y garantía de los derechos del alumnado, asumiendo las funciones igualmente establecidas para la Comisión de Garantía de Calidad.
15. Referencia normativa
El alumnado de este Plan de Extinción quedará sometido a las normas vigentes de la Universidad Internacional de Andalucía que les pudiera resultar de aplicación sobre régimen académico y aquellas otras que les resulten de aplicación.
16. Continuación de estudios en el nuevo título
Aquel alumnado que no cumpla los requisitos establecidos para acogerse al presente Plan de Extinción, o bien no desee continuar sus estudios conforme al plan de estudios del Máster Universitario en Actividad Física y Salud que se extingue (código RUCT 4313153, podrá matricularse directamente en el nuevo Máster Universitario en Actividad Física para la Salud (código RUCT 3500250), que viene a sustituirlo.
Los plazos para ello serán los que se determinen en las correspondientes instrucciones de matrícula del curso académico en cuestión. En el momento de formalizar su matrícula podrán, al tiempo, solicitar el reconocimiento de sus materias cursadas en el plan de estudios a extinguir conforme a la siguiente tabla, contenida en la Memoria de Verificación del nuevo título:
Plan de estudios Máster a extinguir (código RUCT 4313154) |
Plan de estudios nuevo Máster (código RUCT 3500250) |
||||
Materias |
Créditos ECTS |
Carácter |
Asignaturas |
Créditos ECTS |
Carácter |
Variables del acondicionamiento físico |
4 |
OB |
Bases científicas del entrenamiento para la salud. |
6 |
OB |
Talleres presenciales / Talleres virtuales |
6 |
OPT |
Metodología de investigación en actividad física para la salud I |
6 |
OB |
Investigación en actividad física, deporte y salud |
4 |
OB |
Metodología de investigación en actividad física para la salud II |
6 |
OB |
Análisis morfológico y del movimiento humano |
4 |
OB |
Actividad física en situaciones y etapas especiales de la vida |
6 |
OB |
Beneficios especiales de la actividad física |
3 |
OB |
|||
Actividad física y corazón |
4 |
OB |
Actividad física en enfermedades crónicas I |
6 |
OB |
Nutrición aplicada al ejercicio |
3 |
OB |
Actividad física en enfermedades crónicas II |
6 |
OB |
Actividad física en patologías prevalentes |
6 |
OB |
|||
Análisis funcional e innovaciones en el ejercicio |
4 |
OB |
Actividad física en la diversidad funcional |
6 |
OB |
Perfil psicológico y estrategias de intervención |
4 |
OB |
|||
Actividad físicia y aparato locomotor |
6 |
OB |
Prevención, readaptación y reentrenamiento físico y deportivo |
6 |
OB |