Skip to main content
Publicado en:

III.  OPOSICIONES Y CONCURSOS

Resolución Rectoral 207/2024, de 18 de Septiembre, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se realiza convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) correspondientes a la Relación de Puestos de Trabajo de esta Universidad.

Encontrándose vacantes y presupuestados en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de esta Universidad, determinados puestos cuya provisión se estima ineludible en atención a las necesidades del servicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 2/2013. de 8 de enero, y en virtud de las competencias que le están atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 16.n) del citado texto refundido,

RESUELVO

Convocar el concurso para la provisión los puestos de trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución por el sistema de concurso general, con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. - Normas de aplicación y sistema de provisión.

1.1. Esta convocatoria se regirá por estas bases, el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo del personal funcionario técnico de gestión y de administración y servicios de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 91/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno, en adelante Reglamento de provisión de puestos funcionarios PTGAS. Con carácter supletorio será de aplicación, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, los Estatutos de la UNIA, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio, así como los acuerdos y pactos colectivos que le sean de aplicación.

1.2. El proceso, en atención al nivel de las plazas convocadas, se llevará a cabo mediante el sistema de concurso general regulado en el artículo 10 del Reglamento de Provisión de puestos funcionarios PTGAS.

1.3. Todas las publicaciones y comunicaciones referidas a esta convocatoria se realizarán en el Tablón Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante TOUNIA, alojado en la dirección web https://www.unia.es/la-unia/tounia, y en el apartado de la web https://www.unia.es/administracion-y-servicios/recursos-humanos/empleados/concursos.

Segunda. - Requisitos de los Aspirantes.

2.1. Podrán participar en el presente concurso:

a) Las personas funcionarias de carrera pertenecientes a los Subgrupos de las escalas correspondientes a las plazas que se detallan en el Anexo I, siempre que pertenezcan a escalas propias de la Universidad Internacional de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
b) Las personas funcionarias de otros Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas con destino definitivo en la Universidad Internacional de Andalucía, en situación administrativa de servicio activo o en cualquier otra que conlleve el derecho de reserva del puesto de trabajo.

2.2. Las personas funcionarias deberán haber permanecido en su puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en el concurso de provisión, salvo los supuestos de personas funcionarias afectadas por procesos de remoción, supresión de puestos de trabajo, convocatorias extraordinarias de adaptación de la Relación de Puestos de Trabajo, o en cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva del puesto de trabajo.

Tercera. - Presentación y admisión de solicitudes.

3.1. Quienes deseen participar en este proceso deberán presentar su solicitud, dirigida a la Gerencia de esta Universidad, en el Registro electrónico de la Universidad Internacional de Andalucía (https://www.unia.es/registro-electronico). 

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante BOUNIA.

3.3. Los méritos de las personas aspirantes, que se computarán al último día de plazo de presentación de solicitudes, se indicarán en la solicitud cumplimentando al efecto el modelo oficial que se acompaña como Anexo II de esta convocatoria, y que será cotejada de oficio por la Dirección del área de Recursos Humanos. La documentación acreditativa de los méritos se unirá a la solicitud de participación, salvo en aquellos casos en que obren en poder de la UNIA. Podrá recabarse de las personas aspirantes las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados.

3.4. Cada participante podrá solicitar todos los puestos convocados para los que reúna las condiciones y requisitos señalados. En todo caso, en la solicitud deberá expresar el orden de preferencia, el código y la denominación del puesto de trabajo al que se opta.

3.5. Concluido el plazo de presentación y analizadas las solicitudes, se hará pública en el TOUNIA la relación provisional de personas admitidas y excluidas para cada uno de los puestos de trabajo convocados. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no reúne los requisitos señalados se concederá a la interesada un plazo de 10 días hábiles para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley. Transcurrido el plazo de subsanación, y una vez revisadas las que, en su caso, se hubieran presentado se hará pública en el TOUNIA la lista definitiva de admitidas y excluidas.

Cuarta. - Comisión de Valoración.

4.1. La Comisión de Valoración responsable del proceso selectivo compone por las personas que se relacionan en el Anexo III de esta resolución.

4.2. Los representantes u órganos de representación del personal designarán a dos representantes, que podrán participar en las reuniones de la Comisión de Valoración actuando con voz, pero sin voto.

4.3. Los miembros de la Comisión de Valoración se abstendrán de intervenir, notificándolo al Rector de la UNIA, cuando incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona titular de la Comisión podrá solicitar a los miembros declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación; asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en la presente Base. En su caso, con anterioridad a la iniciación del proceso de provisión, se publicará, en los lugares referidos en la Base 1.3, la Resolución del Rector por la que se nombran a los nuevos miembros de la Comisión de Valoración, que hayan de sustituir a quienes hayan perdido su condición.

4.4. La Comisión se constituirá previa convocatoria de la persona titular de su Presidencia, siendo necesario para ello la asistencia obligada del Presidente/a, del Secretario/a y, al menos, de uno de los vocales, ya sea titulares o suplentes. A partir de su constitución, la Comisión, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente/a, del Secretario/a y, al menos, de uno de los vocales, ya sea titular o suplente.

4.5. La Comisión de Valoración resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

4.6. El procedimiento de actuación de la Comisión de valoración se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4.7. La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la UNIA, que dictará la correspondiente Resolución.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión tendrá su sede en el Rectorado de la UNIA, calle Américo Vespucio, 2. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, y en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

4.9. Las actuaciones de la Comisión podrán ser impugnadas por las personas interesadas en los casos y de la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta. - Valoración de los méritos.

5.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de provisión de puestos funcionarios PTGAS, se ajustará al baremo recogido en el Anexo IV de esta Resolución.

5.2. La Comisión de Valoración publicará, en el plazo de un mes, contados desde la publicación en el TOUNIA de la lista definitiva de admitidos y excluidos, la valoración provisional de los méritos alegados, disponiendo los participantes de un plazo de 5 días hábiles para la presentación de alegaciones; transcurrido el cual, una vez analizadas dichas alegaciones, se elevará a definitiva la valoración de los méritos y se trasladará al Rector la propuesta de adjudicación de las plazas, que deberá recaer en las aspirantes que haya obtenido mayor puntuación.

5.3. En el caso de que se produjera un empate entre varias personas aspirantes, se acudirá para dirimirlo, al sistema de sorteo, tal como aparece reflejado en el art. 10.4 del Reglamento de Provisión de Puestos funcionarios PTGAS.

Sexta. – Resolución de la convocatoria.

6.1. El presente concurso se resolverá por Resolución Rectoral, en plazo no superior a tres meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

6.2. La Resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA, y contra la misma, que agota la vía administrativa, cabe interponer bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, ante el juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. - Destinos.

7.1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de que se produzca el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso serán las personas interesadas las que, en el momento de solicitar el cese en el destino que tuvieran, determinen en cuál de ellos tomarán posesión, viniendo obligadas a comunicar por escrito la opción ejercida a los órganos convocantes, en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de la última adjudicación.

7.2. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.

Octava. - Plazos de ceses y toma de posesión.

8.1. El cese del funcionario en el anterior destino deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de esta convocatoria, salvo que en dicha Resolución se establezca otro plazo. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes desde la publicación de la Resolución de esta convocatoria.

8.2. El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese si no implica cambio de residencia del funcionario, o en el plazo de un mes, si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.

8.3. La Gerencia podrá diferir el cese motivadamente por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, comunicándoselo a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario.

8.4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas la persona titular del Rectorado acuerde motivadamente suspender su disfrute.

8.5. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o de excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el período de reserva del puesto de trabajo.

Novena. - Tratamiento de protección de datos.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la UNIA, sita en Calle Américo Vespucio, 2, Sevilla, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UNIA no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la UNIA, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UNIA garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4. En cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. El ejercicio de estos derechos se hará a través de los procedimientos que a tal efecto se encuentran en la Sede Electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (agpd.es).

Décima.- Norma final.

En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la UNIA, todas las denominaciones que en estas bases se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino y a la inversa.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, ante el juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación. En este último caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

En Sevilla, a fecha de pie de firma

El Rector;

Fdo. José Ignacio García Pérez

 

ANEXO I

Relación de puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) de la Universidad Internacional de Andalucía vacantes objeto de la Convocatoria de Concurso general.


CÓDIGO

DENOMINACIÓN

SEDE

CCE

GRADO

XB010910

Unidad

Sevilla

C2

17

XB010903

Unidad

Sevilla

C2

17

XB041502

Unidad

Málaga

C2

17

 

ANEXO II

Solicitud de participación y relación de Méritos para la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS).

Solicitud de participación en el concurso de provisión de puestos de trabajo de la Universidad Internacional de Andalucía.

DATOS DEL FUNCIONARIO:

Primer Apellido:

Segundo Apellido:

Nombre:

D.N.I.:

Cuerpo o Escala:

Grupo/Subgrupo:

Grado Consolidado:         

Situación Administrativa:

Destino Actual:

Denominación del Puesto de Trabajo actual: 

Fecha de posesión en dicho puesto:

Puesto/s a los que concursa por orden de prioridad:

Núm. Orden           Denominación de la Plaza:

Núm. Orden           Denominación de la Plaza:

MÉRITOS QUE ACREDITA

PUNTOS

A) Antigüedad

 

B) Grado Personal Consolidado

 

En nivel superior o igual al del puesto consolidado

 

En nivel inferior en uno o dos niveles al del puesto solicitado

 

En nivel inferior en tres o más niveles al del puesto solicitado

 

C) Titulación Académica

 

D)Pertenencia a cuerpo o escala

 

E) Experiencia profesional

 

F) Trabajo desarrollado

 

G) Formación

 

TOTAL PUNTUACIÓN

 

Lugar y fecha:

Fdo. Nombre y apellidos

A la Gerente de la Universidad Internacional de Andalucía.

ANEXO III

Composición Comisión de Valoración de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) vacantes correspondientes a la Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad Internacional de Andalucía.

COMISIÓN DE VALORACIÓN TITULAR:

Presidente:

  • Diego Torres Arriaza, de la Escala de Análisis Informático de la Universidad Internacional de Andalucía.

Vocales:

  • Vicente Gallego Simón, de la Escala Técnica Especializada de la Universidad Internacional de Andalucía.
  • Dª. Lucía Domínguez Ternero, de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.
  • José Antonio Ruiz Gallego, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

Secretaria:

  • Dª. María Teresa Fernández Vega, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

COMISIÓN DE VALORACIÓN SUPLENTE:

Presidente:

  • Emilio Garzón Heredia, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

Vocales:

  • Ricardo Almeida González, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.
  • Dª. Mercedes Hernanz Sánchez-Rubio, de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.
  • Dª. María del Mar Peinado Gallego, de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

Secretario:

  • Felipe del Pozo Redondo, de la Escala Facultativa de Archivos y Biblioteca de la Universidad Internacional de Andalucía. Director del Área CRAI de la Universidad Internacional de Andalucía.

ANEXO IV

Baremo de las solicitudes y méritos presentados en la Convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes correspondientes a la Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad Internacional de Andalucía.

A.  Antigüedad: hasta 20 puntos.

La antigüedad se valorará 1 punto por cada año o fracción de servicios prestados en la Universidad Internacional de Andalucía, o reconocidos en los términos de lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

B. Grado personal consolidado. Puntuación máxima 10.

  • Por tener un grado personal igual o superior al nivel del puesto solicitado, diez puntos.
  • Por tener un grado personal inferior en uno o dos niveles del puesto solicitado, ocho puntos.
  • Por tener un grado personal inferior tres o más niveles del puesto solicitado, seis puntos.

C. Titulación Académica. Hasta 7 puntos.

Se valorará exclusivamente la titulación de mayor nivel académico que la aspirante posea, de acuerdo con la siguiente puntuación:

  • Doctorado. 7 puntos.
  • Máster y titulaciones con equivalencia MECES 3: 6 puntos.
  • Titulaciones con equivalencia MECES 2: 5 puntos.
  • Titulación equivalente a MECES 1: 3 puntos.
  • Bachillerato: 2 puntos.

D. Pertenencia a Cuerpo o Escala: hasta 15 puntos.

En los casos de puesto de trabajo para cuyo acceso se posibilite la pertenencia a más de un Cuerpo o Escala:

  • Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Subgrupo Superior:15 puntos.
  • Por pertenecer a Cuerpo o Escala encuadrado en el Subgrupo inferior: 0 puntos

En los puestos de trabajo cuyo acceso se exija la pertenencia a un solo Cuerpo o Escala, todos los aspirantes obtendrán la puntuación de 15 puntos.

E. Experiencia profesional: hasta 15 puntos.

A efectos de este apartado se considerará que existen cuatro áreas funcionales: de Administración General, de Centros Especializados, de Informática y TIC y el Área de Biblioteca.

  • Por cada año o fracción de desempeño del mismo puesto de trabajo que el ofertado: 2 puntos.
  • Por cada año o fracción de desempeño de un puesto de trabajo perteneciente a la misma sección o estructura similar: 1.5 puntos.
  • Por cada año o fracción de desempeño de un puesto de trabajo perteneciente a la misma Área funcional: 1 Punto.

F. Trabajo desarrollado: hasta 20 puntos.

En este apartado se valorará el nivel de complemento de destino que tenga asignado el puesto de trabajo que ocupa el funcionario en la vigente Relación de Puestos de Trabajo, de acuerdo con la siguiente escala:

  • Puesto de trabajo de nivel superior o igual al de la plaza convocada: 20 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en un punto al de la plaza convocada: 17 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en dos puntos al de la plaza convocada: 14 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en tres puntos al de la plaza convocada: 11 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en cuatro puntos al de la plaza convocada: 8 puntos.
  • Puesto de trabajo de nivel inferior en cinco o más puntos al de la plaza convocada: 5 puntos.

G. Formación: hasta 15 puntos.

Las acciones formativas deberán versar sobre materias directa o indirectamente relacionadas con las funciones del puesto a que se aspira. Queda a criterio del Tribunal Calificador determinar esta circunstancia.

La valoración del apartado de formación se realizará conforme a la siguiente escala:

Hasta 10 puntos cuando la formación esté directamente relacionada con las funciones o competencias exigidas para el puesto:

  • Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0.25 puntos Cada crédito europeo se considerará de 30 horas lectivas si no se especifica otra cosa
  • Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva:0.25 puntos.
  • Por cursos impartidos la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de tres puntos en este subapartado.

Hasta 5 puntos cuando la formación no esté directamente relacionada con las funciones o competencias exigidas para el puesto:

  • Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0.10 puntos Cada crédito europeo se considerará de 30 horas lectivas si no se especifica otra cosa
  • Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva:0.05 puntos.
  • Por cursos impartidos la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de tres puntos en este subapartado.