Resolución Rectoral 31/2022, de 14 de Febrero, por la que se aprueban las Instrucciones para el cómputo de la duración de los estudios de Doctorado, en el caso de cambio de modalidad de estudios.
El pasado 28 de enero de 2022 el Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía aprobó por unanimidad mediante asentimiento diversas propuestas, informadas previa y favorablemente por la Comisión de Postgrado en su sesión 69, de 26 de enero de 2022.
Entre ellas se encontraban las Instrucciones para el cómputo de la duración de los estudios de doctorado, en el caso de cambio de modalidad de estudios.
Por todo ello, en el día de hoy, resuelvo aprobar y ordenar la inmediata publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía de las
INSTRUCCIONES PARA EL CÓMPUTO DE LA DURACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO, EN EL CASO DE CAMBIO DE MODALIDAD DE ESTUDIOS.
Resultando que el Reglamento de Enseñanzas de Doctorado de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado en Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2018, en su artículo 5 establece:
“1. La duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años a tiempo completo, a contar desde la admisión del doctorando al programa hasta la presentación y defensa de la tesis doctoral. Si transcurrido el citado plazo de tres años no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión académica responsable del programa podrá autorizar, a solicitud de la persona interesada, la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional, en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado.
2. Conforme a lo fijado en el artículo 3 punto 2 del Real Decreto 99/2011, podrán realizarse estudios de doctorado a tiempo parcial por causas debidamente justificadas. El carácter parcial de estos estudios deberá ser autorizado por la comisión académica responsable del programa, previa solicitud y justificación del doctorando. En este caso, los estudios de doctorado podrán tener una duración de cinco años desde la admisión al programa hasta la presentación y defensa de la tesis doctoral. Si transcurrido el citado plazo no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión académica responsable del programa podrá autorizar, a solicitud de la persona interesada, la prórroga de este plazo por dos años más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional, en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado.”
Considerando que, en el marco del cambio de modalidad de tiempo completo a tiempo parcial y viceversa, el citado precepto del Reglamento establece que:
BOUNIA Núm. 3/2022
“(…) El cómputo de la duración de los estudios se realizará teniendo en cuenta las anualidades que el doctorando ha estado matriculado en cada una de las modalidades y aplicando la duración establecida por el Real Decreto 99/2011 para las mismas.”
Se dispone:
- Solo se podrá solicitar el cambio de una modalidad de dedicación a otra durante los 3 primeros años en el programa.
- Las reglas de cómputo que se indican a continuación se aplican a los años básicos, esto es, sin prórroga.
- Al producirse el cambio de modalidad de estudios de doctorado, el cálculo de la nueva fecha se realizará teniendo en cuenta el tiempo consumido en la modalidad previa, aplicándose al tiempo restante un factor de proporcionalidad basado en los límites para el tiempo completo (3 años) y para tiempo parcial (5 años).
De esta manera, un/a doctorando/a que se encuentre matriculado/a a tiempo completo y se cambia a tiempo parcial, se le computarán los meses a tiempo completo consumidos. Los restantes se multiplicarán por 5/3 para la obtención de los meses que le corresponderán.
Meses que le quedarían después del cambio de TC A TP = [36-(meses consumidos a TC] x 5/3
Ejemplo.
Un doctorando que ha pasado 12 meses a tiempo completo y modifica a tiempo parcial multiplicará por 5/3 los 24 meses que le quedarían. De esta forma le quedarían 40 meses para presentar la tesis (3 años y 4 meses).
En el caso de un doctorando/a que se encuentre a tiempo parcial y se cambia a tiempo completo, se le computarán los meses a tiempo parcial consumidos. Los restantes se multiplicarán por 3/5 para la obtención de los meses que le corresponderán.
Meses que le quedarían después del cambio de TP A TC = [60-(meses consumidos a TC] x 3/5
IV. El cambio de una a otra modalidad de estudios únicamente se podrá realizar en el momento de la renovación de la tutela académica, debiendo ser autorizado por la Comisión Académica del programa e informado favorablemente por la Comisión de Postgrado u órgano equivalente de la universidad coordinadora, previa solicitud motivada por parte del doctorando/a.
En Sevilla, a 14 de febrero de 2022
Fdo. José Ignacio García Pérez.
Rector