IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS
Resolución Rectoral 95/2023, de 17 de mayo, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se incorpora el curso Escuela de Danza a la convocatoria de ayudas para la asistencia a las actividades que componen la programación de la Escuela de Teatro 2023.
La Universidad Internacional de Andalucía, en adelante la UNIA, como centro universitario para la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, dentro de sus posibilidades presupuestarias y en el marco establecido por el Texto refundido de su Ley de creación, aprobado por el Decreto-legislativo 2/2013, de 8 de enero, en desarrollo de su Planificación Estratégica 2021- 2024, ofrece anualmente becas y ayudas al estudio destinadas a permitir y facilitar el desarrollo académico de su alumnado, conforme a su Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2019, modificado el 28 de mayo de 2021 y dentro del ámbito de su Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de 3 de marzo de 2022.
En este sentido, dentro del Objetivo Estratégico 1 “Garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios universitarios y superiores, primando los resultados académicos del alumnado y procurando la erradicación de cualquier discriminación, en especial por razón de género” del Plan Estratégico 2021-2024 y la línea 12 “Programa de becas o ayudas a alumnos matriculados en algunas de las actividades que componen la Escuela de Teatro 2023”, la Universidad Internacional de Andalucía, convocó, por Resolución 82/2023 las ayudas para la asistencia a las actividades que componen la programación de la Escuela de Teatro 2023, en la Sede Antonio Machado de Baeza (Código BDNS 692095), que igualmente contenía las Bases de la Convocatoria aprobadas.
Con posterioridad a la publicación de dicha Resolución, se incorporan a las actividades que componen la programación de la Escuela de Teatro las actividades de la Escuela de Danza, que completan la oferta de ayudas para actividades a celebrar en la Sede Antonio Machado de Baeza.
Considerando que, se hace necesario incorporar dicha actividad a la oferta de ayudas convocadas por Resolución 82/2023,
ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y de conformidad con las disposiciones vigentes,
HA RESUELTO:
Primero.- Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas que a continuación se relacionan para las personas que presenten su solicitud para realizar el curso Escuela de Danza 2023, incluido en las actividades académicas que conforman la Programación de la Escuela de Teatro 2023 que oferta la Universidad Internacional de Andalucía en su Sede Antonio Machado de Baeza:
a. De matrícula. (172 €)
b. De alojamiento. (100 €)
Segundo.- Determinar que las Bases de la Convocatoria serán las incluidas en el Anexo de la Resolución Rectoral 82/2023, por la que se convocan ayudas para la asistencia a las actividades académicas que componen la Programación de la Escuela de Teatro 2023 de la Sede Antonio Machado de Baeza y se aprueban las bases para su concesión. (Código BDNS 692095).
Tercero.- Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a la anualidad 2023 de la aplicación presupuestarias 3018 4000 48006 y número de 2023/251 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía, por una cuantía máxima de tres mil seiscientos veinticinco euros (3.625€), en función del número que se concedan de las mismas.
Cuarto.- El procedimiento de concesión de las ayudas se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), iniciándose el plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente de la citada publicación y finalizando el día 31 de mayo de 2023.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
EL RECTOR
José Ignacio García Pérez