IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS
Resolución Rectoral 44/2023, de 13 de marzo, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan becas para cursar Másteres Universitarios en la Universidad Internacional de Andalucía, en el curso académico 2023-2024, dirigidas a estudiantado, profesorado y egresados vinculados a universidades asociadas a la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP) (Código BDNS: 681329).
La Universidad Internacional de Andalucía, en adelante la UNIA, como centro universitario para la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, dentro de sus posibilidades presupuestarias y en el marco establecido por el Texto refundido de su Ley de creación, aprobado por el artículo único del Decreto-legislativo 2/2013, de 8 de enero, en desarrollo de su Planificación Estratégica 2021-2024, ofrece anualmente becas y ayudas al estudio destinadas a permitir y facilitar el desarrollo académico de su alumnado, conforme a su Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2019, modificado el 28 de mayo de 2021 y dentro del ámbito de su Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de 3 de marzo de 2022.
Con la presente Resolución se procede a establecer el procedimiento y los criterios para la concesión de las ayudas objeto de la misma, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, y el Reglamento de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en su sesión de 28 de mayo de 2021.
En este sentido, dentro del Objetivo Estratégico 1 “Garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios universitarios y superiores, primando los resultados académicos del alumnado y procurando la erradicación de cualquier discriminación, en especial por razón de género” del Plan Estratégico 2021-2024 y la línea 9 “Contribuir con criterio de alta calidad académica a la formación de profesores universitarios, científicos y profesionales en el nivel de postgrado”, del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA.
ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:
Primero. - Convocar ayudas con carácter general, en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las bases y criterios establecidos en el Anexo I de esta Resolución, para estudiantes, profesores y egresados vinculados a universidades asociadas a la AUIP que deseen cursar alguno de los Másteres Universitarios que oferta la Universidad Internacional de Andalucía.
Segundo. - Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a las anualidades 2023 y 2024 de las aplicaciones presupuestarias 3017 3000 48001 y 3017 3000 48099 y número de expediente 2023/147 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de quince mil euros (15.000 €), en función del número que se conceda de las mismas.
Tercero. - El procedimiento de concesión de las ayudas se considera iniciado de oficio con la presente convocatoria, siendo el plazo de resolución del mismo de cuatro meses.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNÍA), de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
EL RECTOR
José Ignacio García Pérez
BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA CURSAR MÁSTERES UNIVERSITARIOS EN LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA, EN EL CURSO ACADÉMICO 2023-2024, DIRIGIDAS A ESTUDIANTADO, PROFESORADO Y EGRESADOS VINCULADOS A UNIVERSIDADES ASOCIADAS A LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP).
1. Antecedentes.
Es objetivo primordial para los países iberoamericanos la creación y fortalecimiento de un “Espacio Iberoamericano del Conocimiento” (EIC), ámbito en el cual promover la necesaria transformación e internacionalización de la educación superior, articulado en torno a la investigación, el desarrollo y la innovación, con el propósito de brindar mejor calidad y accesibilidad a los bienes y servicios para nuestros pueblos.
Con el propósito de impulsar la construcción del EIC a través de la cooperación entre Instituciones de Educación Superior en el nivel de postgrado, promover la convergencia de los sistemas de educación superior, a través del intercambio de experiencias y conocimiento mutuo y especialmente para fomentar la formación de estudiantes de maestría y doctorado en áreas prioritarias, la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) y la Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado (AUIP), suscribieron el 25 de mayo de 2020, un Convenio con el objeto de regular la colaboración entre ambas para ofrecer un programa de becas, financiadas por la UNIA, con el fin de favorecer la movilidad internacional para cursar Másteres universitarios.
En el ámbito de dicho Convenio, dentro de las competencias conferidas para ello, la UNIA convoca, para el curso académico 2023-2024, en régimen de concurrencia competitiva, 8 becas de matrícula para la realización de estudios oficiales de Máster Universitario en la UNIA dirigidas a estudiantado, profesorado y egresados, con residencia legal en países distintos a España, vinculados a universidades latinoamericanas asociadas a la AUIP[1], de las que como máximo 6 de ellas, se complementarán, conforme a la disponibilidad presupuestaria, con la exención o bonificación de alojamiento y ayuda de manutención.
Estas ayudas serán financiadas con cargo a las anualidades 2023 y 2024 de las aplicaciones presupuestarias 3017 3000 48001 y 3017 3000 48099 y número de expediente 2023/147 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de quince mil euros (15.000 €), en función del número que se conceda de las mismas.
2. Objetivos.
- Fomentar y facilitar las relaciones de cooperación de la Universidad Internacional de Andalucía con instituciones de Educación Superior iberoamericanas en materia de estudios de posgrado.
- Facilitar el acceso de estudiantado latinoamericano a las enseñanzas oficiales de Máster Universitario adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
- Contribuir al desarrollo de la calidad de los estudios de postgrado en Iberoamérica fomentando la movilidad del estudiantado.
- Potenciar la internacionalización de los programas oficiales de Másteres Universitarios de la Universidad Internacional de Andalucía.
3. Requisitos de los solicitantes y régimen de compatibilidad de las ayudas.
- Los solicitantes deberán cumplir en el momento de la solicitud y, en su caso, durante todo el disfrute de las becas, los siguientes requisitos y condiciones:
a. Ser egresados, en un área de conocimiento afín al Máster solicitado, o profesorado, con residencia legal en países distintos a España, vinculados a instituciones del ámbito latinoamericano asociadas a la AUIP.
b. Estar en posesión de un título que faculte en el país expedidor para acceder a estudios de Máster.
c. No haber sido con anterioridad beneficiario de ninguna beca o ayuda para cursar un programa oficial de Máster Universitario o de cualquier otra titulación de postgrado en la UNIA, se haya hecho o no uso de ella.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 1 y 2 del artículo 14 de la LGS.
3. El alumnado al que se conceda la beca debe matricularse en el primer plazo que se establezca para ello y, en su caso, acreditar que dispone de la documentación necesaria para residir legalmente en España, al menos, durante la fase presencial de los estudios en los que deberá matricularse.
4. Estas becas son incompatibles con las ayudas que se conceden en el marco de los programas de movilidad de la AUIP, así como con otras becas o ayudas que financien los mismos conceptos que cubren las ayudas de esta convocatoria.
5. Ningún aspirante podrá percibir, por parte de la UNIA, más de una beca o ayuda para la misma modalidad de estudios, aunque la realice simultáneamente. Igualmente serán incompatibles con la percepción de cualesquiera otros beneficios que, para la misma finalidad, pueda percibir de otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
4. Descripción y cuantía de las ayudas.
- Las ocho (8) becas de matrícula consistirán en la compensación del importe del precio público fijado por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma para los servicios académicos para el curso académico 2023-2024, hasta un máximo de 90 créditos, quedando excluidas de estas becas los importes por los conceptos de tasas, servicios administrativos o seguros médicos.
- De entre las ocho (8) becas de matrícula, aquellas seis (6) que, a juicio del Comité de Selección, hayan obtenido una mejor valoración del expediente académico y curricular, podrán ser complementadas con la exención o bonificación de alojamiento y ayuda de manutención, siempre que el programa académico se desarrolle en una de las sedes de la UNIA con Servicio de Residencia (Sedes de Santa María de La Rábida y Baeza) y hayan solicitado dicho servicio. Estas ayudas se ofrecen en régimen de alojamiento en habitación compartida y cubrirán el periodo de docencia presencial previsto en el Plan de Estudios.
- La concesión de las ayudas están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente. En este sentido, se otorgarán en primer lugar las becas de matrícula y en segundo lugar la exención o bonificación de alojamiento y ayuda de manutención.
- Las Becas a que se refiere la presente Convocatoria, además de lo previsto por esta, se regirá por los preceptos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo dispuesto en el Título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación.
- En la relación de Másteres Universitarios, incluidos en la base 5, se indican aquellos en los que se podría solicitar la exención o bonificación de alojamiento.
5. Relación de Másteres Universitarios, sede y tipos de ayudas a conceder.
Sede de Santa María de La Rábida: |
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Máster |
Tipología de ayuda |
Análisis Histórico del Mundo Actual (on line) |
Matrícula |
Comunicación y Educación Audiovisual |
Matrícula/Residencia/Manutención |
Dirección y Gestión de Personas |
Matrícula/Residencia /Manutención |
Economía, Finanzas y Computación |
Matrícula |
Geología y Gestión Ambiental de los Recursos Minerales |
Matrícula |
Ingeniería Química |
Matrícula |
Investigación en la Enseñanza y el Aprendizaje de las Ciencias Experimentales, Sociales y Matemáticas |
Matrícula |
Simulación Molecular (on line) |
Matrícula |
Tecnología Ambiental |
Matrícula |
Sede Antonio Machado de Baeza: |
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Máster |
Tipología de ayuda |
Agroecología: Un enfoque para la Sustentabilidad Rural |
Matrícula/Residencia/ Manutención |
Arqueología de los Paisajes Culturales |
Matrícula/Residencia/ Manutención |
Intervención Asistida con Animales |
Matrícula/Residencia/ Manutención |
Patrimonio Musical |
Matrícula/Residencia/ Manutención |
Sede Monasterio de la Cartuja: |
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Máster |
Tipología de ayuda |
Actividad Física y Salud (on line) |
Matrícula |
Agricultura y Ganadería Ecológicas |
Matrícula |
Derechos Humanos, Interculturalidad y Desarrollo |
Matrícula |
Relaciones Internacionales |
Matrícula |
Sede Tecnológica de Málaga: |
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Máster |
Tipología de ayuda |
Biotecnología Avanzada |
Matrícula |
Las personas solicitantes deben tener en cuenta que la UNIA posee distintas sedes ubicadas, cada una de ellas, en una ciudad diferente. Los Másteres para los que ofertan las becas se imparten en una de estas sedes. La solicitud y, por tanto, la beca que pudiera obtenerse corresponderá a un Máster concreto que se lleva a cabo, en su totalidad, en una de estas sedes.
Para más información sobre los plazos de inscripción, planes de estudios, requisitos de admisión, etc., puede consultarse el sitio web: https://www.unia.es/es/postgrado
6. Presentación de la Solicitud y documentación.
- La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de las condiciones que se establecen en la misma.
- Para realizar la solicitud es necesario, si no lo ha hecho ya, registrarse como usuaria a través de este enlace: http://solicitudes.auip.org
- Una vez creado el usuario, el sistema enviará un correo de confirmación a la cuenta electrónica de la persona interesada con un enlace para poder continuar el proceso de alta. A continuación, se deberán seguir los pasos que irá indicando la propia aplicación, así como adjuntar la siguiente documentación:
- Copia del pasaporte.
- Copia del certificado de calificaciones del grado, licenciatura o título equivalente que de acceso a los estudios de Máster con mención de la nota media alcanzada*[2].
- Copia del título de graduado, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.
- Curriculum Vitae según modelo facilitado.
- Carta de referencia firmada de forma manuscrita o mediante certificado digital por una alta autoridad académica, preferentemente el Rector o un Vicerrector, de la universidad con la que esté vinculado (egresado, profesor, …) el solicitante. En el caso de que se mantenga una vinculación profesional, la carta debe hacer mención expresa de ello.
- Carta de motivación personal para la realización del Máster. Cada uno de estos documentos deberá estar en formato .pdf y no exceder un tamaño de 2 MB (no se admitirán fotografías o documentos obtenidos mediante aplicación de smartphone).
- Las personas aspirantes a las ayudas deberán señalar, por orden de preferencia, hasta tres Másteres de su interés.
- Una vez iniciado el proceso, mientras la solicitud no sea enviada y antes de la finalización del plazo, la persona interesada podrá acceder siempre que lo desee a su solicitud y subsanar errores. . Una vez enviada la solicitud no se podrán hacer cambios.
- Como confirmación de la solicitud de beca, la persona candidata recibirá un mensaje en su correo electrónico en el que se facilitará un enlace a través del cual se podrá descargar un archivo .pdf con los datos de su solicitud.
- La AUIP podrá comprobar la veracidad de los datos aportados y requerir a la solicitante el envío de la documentación original.
7. Plazo de solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el día de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNÍA), hasta el 3 de abril de 2023 a las 23:59 horas (GMT/UTC+02:00) Madrid.
8. Órganos encargados de la Selección, criterios de valoración y procedimiento de concesión de las becas.
- La selección de candidatos la llevará a cabo un Comité de Selección formado por una persona en representación de la UNIA y una de la AUIP, que se constituirá dentro de los 30 días siguientes al cierre del plazo de solicitud.
- El Comité de Selección, para la concesión de las becas, valorará las solicitudes en base al siguiente criterio:
- Valoración del expediente académico. (100%)
- En caso de empate el Comité valorará, los siguientes criterios:
a. Valoración del Curriculum Vitae. (80%)
b. Beneficios del curso para el solicitante y/o para su institución de origen. (5%)
c. Relación con programas de cooperación al desarrollo. (5%)
d. Valoración y aval de las instituciones implicadas. (5%)
e. Intereses estratégicos de la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA). (5%)
4.Analizadas las solicitudes por el Comité de Selección se hará público en el tablón de anuncios de la UNIA, un listado provisional de las personas candidatas con su correspondiente prelación y las ayudas que, en su caso, se proponen, teniendo en cuenta la necesaria coordinación con las solicitudes presentadas por el candidato para otras Universidades. En dicho listado, además de las 8 becadas seleccionadas, se indicarán las suplentes para cubrir las posibles vacantes o renuncias que se produjeran a lo largo del procedimiento. La prelación de las suplentes se realizará según los mismos criterios de valoración.
5. Las interesadas dispondrán de un plazo de 7 días naturales para realizar ante la UNIA las alegaciones que consideren convenientes.
6. El Comité de Selección, podrá no proponer la concesión de las becas o ayudas si entendiera que las solicitudes no cumple las condiciones mínimas requeridas para merecerla.
7. Finalizado el plazo de alegaciones y una vez resueltas las alegaciones y reclamaciones presentadas, en su caso, al Comité de Selección, este elevará al Rector una propuesta provisional de concesión para su resolución, con indicación de la lista de personas beneficiarias por orden de prelación, así como, en su caso, de suplentes, ordenadas igualmente por puntuación.
8. La Resolución provisional se publicará en nuestras redes sociales (https://qrco.de/bbHQgO), en la página web de la AUIP (auip.org) y en la de la Universidad Internacional de Andalucía (www.unia.es), antes del 2 de junio de 2023.
9. La AUIP notificará individualmente, mediante un correo electrónico, la concesión de la beca a las personas seleccionadas, quienes deberán aceptarla en el plazo de diez naturales posterior a la comunicación de la concesión. Las solicitantes que no hayan sido beneficiarias no recibirán comunicación individualizada de la Resolución.
10. Transcurrido el plazo de aceptación, se actualizará el listado final de beneficiarias, sustituyendo, en su caso, a aquellos que no hubieran aceptado la ayuda en el plazo determinado por las correspondientes suplentes que figuren en la resolución provisional. Una vez las suplentes hayan aceptado la beca, y se haya logrado el número de beneficiarias que se establece en la base 4 o se cumpla el plazo límite establecido, se publicará la Resolución Definitiva que incluirá un código correspondiente a su beca, que las personas beneficiarias tendrán que citar en trabajos, publicaciones, comunicaciones, etc. que surjan como resultado de esta beca.
9. Reclamaciones.
Cualquier alegación o reclamación a la decisión tomada por el Comité de Selección deberá ser realizada en los plazos establecidos en la base 8, mediante escrito dirigido al Presidente del Comité de Selección.
En este escrito deberán explicitarse las alegaciones correspondientes o los motivos de la reclamación y deberá enviarse por vía electrónica a la dirección:
10. Condiciones de disfrute de las becas.
- La beca no se hará efectiva hasta tanto la persona beneficiaria esté definitivamente matriculada en el Máster correspondiente para lo que deberá hacer la preinscripción en la Fase 2 del Distrito Único Andaluz para el curso 2023-2024.
- La materialización de la beca tendrá su efecto con la aplicación de la exención de los precios públicos por servicios académicos y de alojamiento y/o manutención por el órgano administrativo que validará la formalización de la matrícula y su estancia en la Sede donde se imparte el Máster.
- De no matricularse la beneficiaria de la beca en el Máster elegido en el primer plazo de matrícula de la Fase 2 del Distrito Único Andaluz para el curso 2023-2024 será considerada como una renuncia a los derechos sobre la beca, en cuyo caso la UNIA podrá hacer uso de la misma y asignarla a la suplente correspondiente conforme al orden de prelación establecido.
- La ausencia del alumnado beneficiario de la beca en el día de inicio de las clases del Máster elegido, sin causa justificada, será considerada como una renuncia a los derechos sobre la beca.
- En el caso de que por causas imputables a la UNIA no pudiera matricularse o no llegará a impartirse el Máster seleccionado, se le facilitará la matrícula, en la medida de lo posible, en otro Máster dentro de los ofertados por la UNIA en las mismas condiciones económicas. Si el alumno declinara esta oferta se entenderá que expresamente renuncia a sus derechos sobre la beca.
- La justificación de la Beca se realizará mediante la documentación que se relaciona y que obrará en poder de la UNIA a la finalización del curso:
- Matrícula formalizada de la persona beneficiaria de la Beca.
- Residencia – Manutención, mediante la comprobación por el Área Académica del cumplimiento de los créditos exigidos.
11. Obligaciones de las personas becadas.
Son obligaciones de las personas beneficiarias de las Becas:
- Aceptar la ayuda concedida y las bases de esta Convocatoria en el plazo y las condiciones establecidas en la base 8 y enviar a
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- Estar presentes en clase el día de inicio de las enseñanzas del Máster. La ausencia injustificada será considerada una renuncia formal a los derechos sobre la beca y sobre la plaza que se ocupa en el mencionado Máster.
- Estudiar y aprovechar con dedicación su estancia y estudios en la UNIA con el fin de superar las exigencias planteadas en el Máster.
- Obtener el correspondiente título de Máster Universitario.
- Ocuparse personalmente de hacer todos los trámites necesarios para conseguir el visado de entrada a España y, en su caso, la legalización de toda la documentación necesaria para constituir su expediente académico.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca o ayuda.
- Poner en conocimiento de la UNIA, la anulación de matrícula, así como cualquier otra alteración de las condiciones tomadas en consideración para la concesión de la correspondiente beca o ayuda.
- Comunicar a la UNIA la obtención de subvenciones, becas o ayudas para la misma finalidad que la concedida por ésta, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
- Proceder al reintegro de los fondos percibidos o al abono de los precios públicos que no se hayan satisfecho a consecuencia de la beca o ayuda, cuando así le sea requerido conforme a la legislación vigente.
12. Revocación y renuncia.
- La adjudicación de la beca podrá ser revisada mediante expediente contradictorio cuya resolución podrá dar lugar a su revocación y a la devolución, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas, cualquiera que sea la época en que hubiera sido disfrutada, y dentro del periodo legal de prescripción, en los siguientes casos:
a. Ocultación o falseamiento de datos o documentos que hubieran servido de base para la concesión de la beca.
b. La obtención de la beca sin cumplir alguno de los requisitos exigidos.
c. No abonar las tasas y precios públicos correspondientes (tasas, servicios administrativos y seguro médico) en el plazo de su formalización o producirse el rechazo de su cobro.
d. Inhibición manifiesta, negligente cumplimiento o incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas como becada. En el caso de que los informes de los responsables del Máster entendieran que su dedicación no es suficiente, el alumnado será requerido para que reintegre los importes hasta ese momento devengados.
e. No destinar la ayuda para la finalidad concedida, entendiéndose como tal la anulación de la matrícula o cualquier otra situación equivalente.
f. Concurrencia de alguna causa de incompatibilidad recogida en esta Convocatoria.
g. No obtener, salvo causa de fuerza mayor, el título de Máster, salvo los créditos correspondientes a los Trabajos Fin de Máster (TFM).
- Será la Dirección de cada sede o la persona titular del Vicerrectorado que tenga asignada entre sus competencias el programa de que se trate, quien iniciará el expediente de revocación, dando audiencia a la persona interesada. Una vez oídas las alegaciones de ésta, se remitirá el correspondiente informe a la Comité de Selección, el cual elevará al Rector, para su firma, la propuesta de resolución definitiva que se notificará a la interesada.
- El Rector podrá disponer la suspensión provisional de los efectos económicos de las becas.
- Las responsabilidades a que hace referencia la presente base se entienden sin perjuicio de las de orden académico o penal en que pudiera haberse incurrido.
- La condición de becado también podrá perderse por renuncia. La renuncia a la beca, que deberá hacerse por escrito con una antelación mínima de quince días a la fecha de baja, permitirá, si así se considera oportuno, su adjudicación por el resto de su vigencia, a la suplente que en primera instancia hubiera obtenido la siguiente mejor puntuación. De haberse iniciado el período de disfrute de la beca, la renuncia a ella supondría la supresión de las percepciones económicas inherentes a la misma desde la fecha en que se hubiera producido y, en su caso, la devolución de las cantidades percibidas.
13. Procedimiento de reintegro o pérdida de derecho al cobro.
- El incumplimiento por parte de la persona becada de las obligaciones señaladas en esta convocatoria o la concurrencia de alguna de las situaciones previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar al correspondiente reintegro de las cantidades percibidas desde el momento del pago de la beca y, en su caso, la pérdida del derecho al cobro.
- Para la tramitación del reintegro se estará a lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes de la Ley General de Subvenciones y al resto del ordenamiento jurídico-administrativo, a cuyas previsiones las participantes en esta convocatoria aceptan voluntariamente someterse.
14. Modificación de la Resolución de concesión.
- De acuerdo con el artículo 17 de la LGS, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión. En todo caso, procederá dicha modificación cuando se produzca la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
- Siempre que no se altere la finalidad de la ayuda concedida, en caso de que surgiera alguna eventualidad que dificulte o altere su desarrollo tal y como fue aprobada, la beneficiaria quedará obligada a comunicarlo a la UNIA mediante solicitud de modificación.
- La modificación, en ningún caso podrá variar el destino o finalidad de la Beca, alterar la actividad para la que se solicita, ni elevar la cuantía obtenida que figura en la Resolución de concesión. ni podrá afectar a aquellos aspectos propuestos que fueron razón de su concreto otorgamiento.
- La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada en la que consten las circunstancias causantes, y se presentará de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que la motiven.
Será la Dirección de cada sede o la persona titular del Vicerrectorado que tenga asignada entre sus competencias el programa de que se trate, quien, a la vista de la documentación aportada, solicite su aclaración o subsanación, concediendo para ello un plazo de 10 días hábiles. Analizadas las circunstancias remitirá el correspondiente informe al Comité de Selección, el cual elevará al Rector, para su consideración y firma, la Propuesta de Resolución oportuna que se notificará a la interesada.
15. Protección de datos de carácter personal
Conforme al Convenio suscrito entre la UNIA y la AUIP, las participantes, mediante el presente documento, quedan informadas de que ambas instituciones tendrán acceso a sus datos personales para su participación en esta convocatoria.
Por parte de la AUIP serán incorporados al fichero de “solicitantes Máster UNIA”, autorizando a la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado al tratamiento para su utilización en relación con la convocatoria de ayudas del “Programa de Becas para cursar un Máster Universitario en la Universidad Internacional de Andalucía - Convocatoria 2023/2024” y, en el caso de la UNIA, los datos serán tratados conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.
16. Igualdad de género.
En los términos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, toda referencia a personas o colectivos incluida en el texto de esta convocatoria emplea el género gramatical neutro, incluyendo, por lo tanto, la posibilidad de referirse a cualquier género.
17. Contacto.
Para consultas relacionadas con las becas escribir a
Para consultas relacionadas con la aplicación informática escribir a
18. Información y comunicaciones.
Todas las comunicaciones que se realicen en el marco de esta convocatoria se harán a través de los medios electrónicos que se establezcan desde la AUIP y desde la UNIA. Por ello, se recomienda que visite la página web de la AUIP y de la UNIA y sus redes sociales.
Cualquier modificación o información relacionada sobre esta convocatoria se divulgará a través de la página web de la AUIP y de la UNIA o a través de sus redes sociales (Twitter, LinkedIn, Instagram, Facebook), por lo que le recomendamos que se registre en cualquiera de ellas.
19. Imposibilidad de cumplimiento.
Si, por condicionantes relacionados con la crisis sanitaria mundial ocasionada por la pandemia COVID-19 u otra causa de fuerza mayor, se produjera un cierre de fronteras o un cierre temporal de la Universidad Internacional de Andalucía que imposibilitase cursar el Máster Universitario en las condiciones inicialmente previstas, quedará sin efecto la Resolución de Concesión.
Esta convocatoria se ha aprobado y publicado conforme al procedimiento establecido por la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP) del sistema de certificación ISO 9001:2015.
[1] Instituciones asociadas. https://www.auip.org/es/instituciones-asociadas
[2] Un aspecto relevante de la solicitud consiste en transformar la nota media de su expediente académico a la escala utilizada por la mayoría de las universidades españolas (escala 5-10). Los datos necesarios para llevar a cabo la transformación se solicitan en el Paso 2 del proceso de solicitud. La comprobación de la existencia de cualquier falsedad en la información que en este apartado se solicita motivará la desestimación de la solicitud de beca.
[3] https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/?q=masteres