El Reglamento de Régimen Académico de la Universidad recoge en su Título VII (artículos 44 a 49, toda la información referida a los procedimientos de inscripción, tutorización, convocatorias y defensa pública de los trabajos o memorias finales con las que concluyen las enseñanzas propias de postgrado.
El trabajo o memoria final supone la realización por parte del estudiante de un proyecto, memoria o estudio en el que debe aplicar y desarrollar las competencias y conocimientos adquiridos en el seno del programa académico correspondiente.
Los trabajos finales podrán tener un perfil investigador o un perfil profesional, teniendo en cuenta la naturaleza académica del programa académico o, en su caso, los posibles itinerarios contemplados en el mismo.
El trabajo final de perfil investigador consistirá en la elaboración por el estudiante de un trabajo inédito de investigación, que desarrollará, de acuerdo con las directrices establecidas a tal efecto por la comisión académica del programa.
Cuando la naturaleza académica del programa o de alguno de sus itinerarios sea de carácter profesional y, en consecuencia, se contemple la posibilidad de realizar prácticas profesionales, el trabajo o memoria final podrá elaborarse en base a las competencias adquiridas por el estudiante en el desarrollo de dichas prácticas.
En los siguientes enlaces podrá acceder a mayor información sobre el proceso de gestión de los Trabajos Finales de Máster y su documentación.