Las Ayudas contempladas para titulaciones en másteres universitarios, objeto de la presente Convocatoria, están dirigidas al estudiantado que haya sido admitido, a través
de los procedimientos de acceso establecidos, y formalice su matrícula en alguno de los Másteres Universitarios que la UNIA oferta para el curso académico 2025-2026 y que
se contemplan en la Base III de esta Convocatoria.
Se reservará un 10% del presupuesto total de la convocatoria a las personas solicitantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de que no se adjudique
ninguna beca o ayuda del porcentaje destinado para personas con discapacidad o no se cubra el 10% total de presupuesto reservado se acumulará al total de la convocatoria
El objeto de las ayudas podrá consistir en:
a) Ayuda de matrícula. Consistirá en una ayuda de quinientos euros (500 €), destinados a sufragar el importe de la matrícula en el Máster correspondiente.
b) Exención o Ayuda de alojamiento.
● En las Sedes de Baeza y La Rábida consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de residencia durante la fase presencial del programa correspondiente.
● En las sedes de Málaga y Sevilla, al no disponer de servicio de residencia propio, esta ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria para cubrir los gastos de alojamiento por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster.
● Excepcionalmente para aquellos másteres organizados conjuntamente con otra Universidad que se impartan en la Sede Antonio Machado de Baeza y parcialmente fuera de dichas instalaciones, se otorgará para cubrir los gastos de alojamiento de la fase presencial fuera de la Sede una ayuda por una cuantía máxima de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales, o la parte proporcional de los días que correspondan a dicha estancia.
c) Exención o Ayuda de manutención.
● Consistirá en la exención del importe del precio público del servicio de manutención en régimen de desayuno, almuerzo y cena durante la fase presencial de los programas impartidos en la Sede de La Rábida.
● En las restantes sedes la ayuda supondrá la concesión de una prestación dineraria para cubrir los gastos de manutención por una cuantía máxima de
cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales, o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster.
Las ayudas de matrícula y las correspondientes a alojamiento y manutención, no podrán superar los cinco mil euros (5.000 €) por persona beneficiaria.
P
ara poder solicitar las becas objeto de esta Convocatoria será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Presentar la solicitud dentro del plazo y forma establecida en la Base VIII, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida en dicha Base.
b) Realizar la preinscripción para alguno de los Másteres ofertados por la UNIA relacionados en la Base III.
c) Tener en el expediente académico de la titulación que le da acceso al Máster una puntuación media entre 7 y 10. En caso de haber cursado la titulación en el extranjero, las calificaciones obtenidas se convertirán al sistema español.
d) Obtener una puntuación mayor de cero en el apartado de renta.
e) Ser admitido en alguno de los Másteres Universitarios, ofertados por la UNIA y señalados en la Base III anterior, así como formalizar su matrícula en el plazo que se establezca para ello.
f) Figurar dentro del orden de prelación requerido.
g) Acreditar el nivel B2 de español, para alumnos procedentes de países con idioma oficial distinto al español.
h) No haber sido beneficiaria de becas o ayudas para cursar un programa de postgrado en la UNIA con anterioridad a la convocada, se haya hecho o no uso de ella.
i) Para optar a las ayudas o exenciones de alojamiento y/o manutención las solicitantes deberán residir a más de 50 km. de la Sede donde se imparta el Máster al que presenta su solicitud.
j) En el caso de alumnado extranjero, acreditar que dispone de la documentación necesaria para residir legalmente en España, al menos, durante la fase presencial de los estudios en los que deberá matricularse.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
Sólo podrá presentarse una solicitud de beca por fase, pudiendo concurrir a todas ellas. No obstante, para que sea tenida en cuenta, el alumnado deberá presentar su solicitud en cada uno de los plazos establecidos