Los requisitos exigidos para el acceso a las distintas actividades académicas que integran la oferta de la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) se establecen en las programaciones correspondientes a cada acción, las cuales son difundidas ampliamente mediante su publicación por distintos medios.
Sin embargo, de forma general, se puede distinguir entre los requisitos de acceso a los estudios de posgrado (másteres oficiales y propios y títulos propios de experto universitario), y los de acceso a las actividades de extensión universitaria.
Un factor a tomar en cuenta, que incide directamente en los requisitos de acceso, es que estudios de posgrado se enmarcan en el ámbito del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), que tiene los objetivos generales de favorecer la convergencia europea en materia de educación así como facilitar la movilidad internacional de estudiantes, docentes e investigadores.
Acceso a los estudios de posgrado
Para acceder a las enseñanzas de posgrado (másteres oficiales y títulos propios de máster y experto), es necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro, expedido por otra institución de educación superior perteneciente a un Estado integrante del EEES, que faculte para el acceso a las enseñanzas de postgrado.
Asimismo, pueden acceder las personas tituladas provenientes de sistemas de educación ajenos al EEES sin necesidad de homologar sus títulos, siempre que se se cumplan las siguientes condiciones:
- Que se acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles.
- Que el título que se aporta faculte para el acceso a enseñanzas de postgrado en el país expedidor.
El acceso por esta vía no implica, en ningún caso, la homologación del título universitario previo que se aporta, ni su reconocimiento a otros efectos que exclusivamente el de cursar las enseñanzas para las que se solicita la admisión.
Excepcionalmente, para el acceso a aquellos estudios de experto o de especialización que tengan un perfil eminentemente profesional, se puede autorizar el acceso de profesionales del sector o sectores afines, siempre que estas personas acrediten tal circunstancia y reúnan los requisitos para el acceso a los estudios de grado universitario.