¿Qué son las otras actividades formativas?
La Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) apuesta por complementar su oferta de Estudios de Posgrado con una programación especializada, en diferentes formas y modalidades, que permita responder de una manera ágil y flexible a las necesidades formativas de colectivos de diversa naturaleza.
Las actividades académicas que se desarrollan dentro de este apartado deben quedar encuadradas en alguno de los siguientes tipos:
Actividades organizadas en créditos ECTS
- Cursos de Formación Permanente
Son las actividades académicas, cualesquiera que sea su forma de impartición (presencial, semipresencial u on line) que tengan una carga lectiva de entre 3 y 20 créditos ECTS y que se hayan organizado de acuerdo al Real Decreto 1125/2003.
Actividades organizadas en horas lectivas
- Cursos de Formación
Son las actividades académicas, cualesquiera que sea su forma de impartición (presencial, semipresencial u on line) que tengan una carga lectiva de, al menos, 30 horas.
- Seminarios
Son las actividades académicas, impartidas preferentemente en formato presencial, cuya carga lectiva sea inferior a 30 horas.
- Jornadas y Congresos
Son las actividades académicas presenciales con una carga lectiva inferior a 30 horas y que se desarrollen en uno o varios días.
- Talleres
Son las actividades académicas de carácter eminentemente práctico.
- Cursos de Verano
Son las actividades académicas, programadas por la Universidad dentro de la programación general del período estival, impartidas en formato presencial, y cuya carga lectiva no superará las 30 horas lectivas.
- Encuentros de Verano
Son las actividades académicas, programadas por la Universidad dentro de la programación general del período estival, impartidas en formato presencial, y cuya carga lectiva oscila entre 15 y 20 horas lectivas.
- Cursos magistrales
Son las actividades académicas de hasta 30 horas que sean impartidas por personas de un extraordinario relieve académico o profesional, y sean acordadas por el Consejo de Gobierno con tal denominación.
- Conferencias
Tendrán tal consideración las lecciones inaugurales de la programación de cada Sede en el programa general de Cursos y Encuentros de Verano, y aquellas otras actividades de un solo acto que sean aprobadas por el Consejo de Gobierno con tal carácter.
- Actividades de cooperación universitaria
La UNIA organizará, en cumplimiento de sus objetivos estratégicos, actividades académicas de cooperación universitaria, en cualquiera de los formatos de actividades de extensión universitaria. El régimen administrativo y económico de este tipo de actividades habrá de ser propuesto por el Vicerrectorado de Igualdad, Cultura y Cooperación, y aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad. En función de las entidades o instituciones participantes en estas actividades, queda autorizado el establecimiento de condiciones específicas en materia académica, organizativa y retributiva.
- Otras actividades académicas
La UNIA podrá organizar, en el marco de proyectos o programas específicos, otras actividades académicas o de índole similar, cuyo formato no se ajuste a ninguna otra o que, aún ajustándose, concurran circunstancias especiales en cuanto a localización geográfica de la actividad, o carácter cooperativo de la misma. El régimen administrativo y económico de este tipo de actividades habrá de ser propuesto por el Vicerrectorado responsable de las mismas, y aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
Evaluación y acreditación
Las actividades académicas objeto de regulación en el presente Reglamento podrán ser reconocidas de dos modos:
- Aquellas actividades académicas en las que la programación aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad prevea cualquier tipo deevaluación de los conocimientos adquiridos en la misma, serán reconocidas mediante la expedición de Diploma de Aprovechamiento a favor de aquellos alumnos que obtengan una evaluación positiva. A estos efectos, desde los Servicios de Ordenación Académica de los diferentes Campus de la Universidad se entregará al Director o Directora de la actividad acta de evaluación de los alumnos, que deberá ser cumplimentada de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento de Régimen Académico de la UNIA.
- Las actividades académicas en cuya programación no conste sistema de evaluación alguno de los conocimientos adquiridos, serán reconocidas mediante Certificado de Asistencia, que será expedido a favor de aquellos alumnos que hayan asistido, al menos, al 80% del período lectivo.
Los Diplomas de Aprovechamiento y Certificados de Asistencia regulados en el número anterior del presente artículo serán expedidos, por delegación del Rector de la Universidad, por los Vicerrectores de los Campus en que las actividades se hayan desarrollado.