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28 Junio 2018
Comunicados de prensa

La catedrática Adela Asúa afirma que “el derecho debe estar acompañado de lo que dice la sociedad y así poder ver que es equitativo”

Adela Asúa, catedrática de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco(UPV), afirmó durante los Cursos de Verano de la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) que "el derecho debe ir acompañado de lo que dice la sociedad y así poder ver que es equitativo”. Asua ha participado en el curso ‘¿Última ratio, única ratio o prima ratio de la intervención penal en la lucha contra la violencia de género?’, que está dirigido por la catedrática de la Universidad de Cádiz, María Acale.

Haciendo alusión al nombre del curso, Asúa explicó que el principio general es que el derecho penal debería ser proporcional y debería estar complementado. “El Derecho Penal debe estar acompañado de lo que dice la sociedad para ver que es equitativo”, ha dicho, “comparando las penas con otras homologables y viendo si son proporcionadas”. Las leyes penales tienen como finalidad “disuadir y evitar la violencia” por eso deben ser “última ratio” y estar justificadas cuando sean estrictamente necesarias. Para educar a la gente “no es el método idóneo”. No se hace pedagogía, asegura la ponente.

Pero educar no es la única dificultad. “A la hora de definir cuál es el problema hay que tener cuidado”, advierte Asúa ya que se necesita “identificar y buscar el nombre adecuado, buscar las causas y hacer políticas generales que acompañen al castigo”, nombrar adecuadamente los crímenes es vital. Hay que tomar medidas que influyan en el origen y en la opinión social. La catedrática también ha señalado que hay que ser “selectivos porque se debe someter a reprobación el derecho penal de forma lucida”, de ese modo evitar “reproducir esquemas simplistas sobre la definición de las conductas y sobre los problemas que subyacen a determinados delitos”. Aun así, “los cambios sociales van lentos”, ha concluido.

La especialista explicó el proceso de transición legislativa afirmando que nunca ha supuesto un “problema a la sociedad el considerar que el asesinato a las mujeres debe castigarse”. Sin embargo, el crimen contra las conyugues estaba antiguamente “incluido en el concepto de parricidio” y no se consideraba que se debiese “agravar”. A mediados de los años noventa se suprime el parricidio, cuenta la experta, y se hace una sentencia donde se “incluye el agravante” con algunos matices. “Hemos avanzado en cuanto a recibir la interpretación de los hechos y el problema”.

Hay muchos tipos de crímenes que aún no se han clasificado, por otro lado, en cuanto a violencia sexual, el valor lo ponen en “la falta de consentimiento, en la imposición contra la decisión voluntaria y espontanea de una persona y en el desprecio, por lo tanto, del consentimiento del valor de la libertad de una mujer que, en todo momento y situación, tiene derecho a decidir”, denuncia la catedrática. Una de las posibles explicaciones que da es que hay un esquema de género impuesto en este “conjunto interpretativo” que dota de identidad a los hombres y las mujeres donde la masculinidad tiene que reafirmarse.

La catedrática continúa explicando otro tipo de violencia de género, “el delito de acoso sexual”, que acompañó a otro supuesto que históricamente se incluyó en el código penal, “que era el acoso de prevalimiento en el ámbito de la administración pública”, relató. Se daba sobre todo en mujeres según decía la estadística. El acoso sexual se “ubica en ese grupo de delitos contra la libertad sexual”, explicó. Además, es un delito “menor” pero “muy sintomático”.

Las leyes son reguladoras de las relaciones sociales

Asúa explica también que hay que recordar lo que “la experiencia nos dicta y también el derecho penal”. Las leyes son reguladoras de las relaciones sociales y recogen y ordenan para que las “expectativas jurídicas y de desarrollo se cumplan”. El ordenamiento jurídico está ahí y garantiza los derechos humanos y trata de erradicar la violencia, entre otras cosas, pero necesita contemplar más la cuestión de género.

Según ha contado Asúa durante su ponencia, para ella ha sido “un reto” porque incorporar una visión de género en el ámbito penal “era un riesgo de ser malentendida, como así fue”. Durante unos años, la ponente afirma haber estudiado jurisprudencia sobre delitos sexuales, no tanto sobre el acoso, pero lleva diez años y ha adquirido una “perspectiva más global” y de “preocupación”, sobre todo de la comunicación de los profesionales hacia el exterior.

La normativa penal, cuenta la especialista, “es la rama oscura del ordenamiento jurídico y viene como refuerzo para lo que el derecho quiere garantizar”. Solo actúa con castigos, solo es hábil para comunicar mensajes ante alarmas sociales. Afirma que es un instrumento que “actúa recortando derechos y estableciendo límites, garantías al poder ejecutivo” para que no se descontrole. La catedrática se ha cuestionado si era necesario sancionar a las personas para que se eviten esas conductas. “Es inevitable porque no hay otras alternativas más legítimas para conseguir el mismo fin”, concluyó.

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