CON 147/23
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Partes firmantesUNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE DE SEVILLA
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Órgano promotor:VICERRECTORADO DE POSTGRADO Y APOYO A LA INVESTIGACIÓN
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Tipo:ESPECÍFICO
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Publicado:02 Octubre 2023
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Obligados:LAS PARTES
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Implicación económica:
‐ Las universidades ingresarán en su propia cuenta los importes de los precios públicos correspondientes a las matrículas de su alumnado.
‐ El profesorado asumido por la Universidad Internacional de Andalucía para impartir la docencia en el Máster Universitario en Actividad Física para la Salud, según lo recogido en el Anexo del presente Convenio, será seleccionado y remunerado de acuerdo con su propia normativa.
‐ En el caso de los Trabajos Fin de Máster, la Universidad Internacional de Andalucía asumirá la retribución de su tutela para la totalidad de los estudiantes matriculados en ambas universidades, de acuerdo con su regulación de retribuciones. La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por su parte, se compromete a abonar a la Universidad Internacional de Andalucía, como mera compensación, las retribuciones de la tutela de sus estudiantes matriculados, de acuerdo con la regulación de retribuciones de esta última Universidad. -
Plazo de duración:CUATRO AÑOS
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Prórroga:CUATRO AÑOS
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Año de inicio de vigencia:2023
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Fecha de entrada en vigor:29/09/2023
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Fecha de vencimiento:29/09/2027
Objeto:
El presente Convenio específico tiene por objeto articular la colaboración entre la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, para organizar enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Actividad Física para la Salud, al amparo del artículo 8.4.b) del Decreto 154/2023, de 27 de junio, o norma que lo sustituya.