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Servicio de Control Interno

El artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario señala que: Las universidades estarán sometidas al régimen de auditoría pública que determine la normativa autonómica o, en su caso, estatal. 

Asimismo, las universidades desarrollarán un régimen de control interno, que contará, en todo caso, con un sistema de auditoría interna. El órgano responsable de este control tendrá autonomía funcional en su labor y no podrá depender de los órganos de gobierno unipersonales de la universidad.

En este sentido, la Universidad Internacional de Andalucía cuenta con un servicio de Control Interno de ingresos y gastos que conforme señala el artículo 105 de sus Estatutos, aprobado por Decreto 236/2011, de 12 de julio, desarrolla sus funciones, en régimen de autonomía funcional, y sin dependencia jerárquica alguna.

Por todo ello, resulta esencial la existencia de una norma específica que establezca una regulación marco con el objeto de constituir y consolidar un adecuado sistema de Control Interno que contribuya a la consecución de los fines institucionales que la LOSU le encomienda y al desarrollo de su estrategia corporativa de gobierno y gestión. 

Así, la Universidad Internacional de Andalucía ha regulado la función de auditoría y control financiero a través del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Unidad Administrativa de Auditoría y Control Interno de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante ROFUAAC, aprobado por Consejo de Gobierno de 19 de mayo de 2015. 

A través del ROFUAAC, la Universidad Internacional de Andalucía desarrolla los preceptos previstos en la legislación presupuestaria, en materia de función interventora y de control financiero, en aras de su mayor eficacia, acomodándolo a las peculiaridades propias del ámbito y estructura de nuestra Universidad y sirve de fundamento al programa de trabajo anual o plurianual.

Conforme señala el ROFUAAC, el Control Interno de la Universidad Internacional de Andalucía se realizará mediante el ejercicio de la función fiscalizadora y del control financiero, proponiendo las recomendaciones que se consideren necesarias para la mejora de la transparencia, eficacia, eficiencia y economía en la gestión económico-financiera y patrimonial, con el fin de asegurar que esta gestión se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso.

Todo ello sin perjuicio del control que cada unidad pueda desarrollar por sí misma o en colaboración con el Servicio de Control Interno.

 

Organigrama

Actualmente el Servicio de Control Interno está integrado por:

José Antonio Ruiz Gallego.

Coordinador del Área de Control Interno y Auditoría.

Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Tfno: 954 462 200

Ext: 9234.