De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Gobierno de la UNIA y el artículo 67 de sus Estatutos, la Comisión de Extensión Universitaria es el órgano colegiado, estatutario y permanente para la organización académica de los estudios de extensión universitaria, así como de asesoramiento de la persona titular del Rectorado y del Consejo de Gobierno en dicha materia.
Composición
De acuerdo con el artículo 68 de los Estatutos de la UNIA y el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Gobierno, la Comisión de Extensión estará integrada por los siguientes miembros:
- La persona titular del Vicerrectorado con competencias en materia de extensión Universitaria, que la presidirá.
- Las personas titulares de las Direcciones de las Sedes Permanentes.
- La persona responsable del Área de Ordenación Académica de la Universidad, que ejercerá las funciones de Secretaría de esta Comisión, con voz, pero sin voto.
- Las personas titulares de las Direcciones de Secretariado adscritas al Vicerrectorado competente.
- Una persona en representación de los estudiantes, designado anualmente por la persona titular del Rectorado.
Funciones y competencias
A la Comisión de Extensión Universitaria le corresponden, entre otras las funciones establecidas en el artículo 69 de los Estatutos de la UNIA y demás normas concordantes o que, en un futuro, pudieran sustituirlas.
De acuerdo con el artículo 69 de los Estatutos son competencias de la Comisión de Extensión Universitaria:
- La planificación de la programación de las actividades de Extensión Universitaria, adoptando las medidas necesarias para incluir enseñanzas en materia de género en los planes de estudio siempre que proceda y fomentando la inclusión de estudios en materia de violencia de género, especialmente en las especialidades académicas relacionadas con la enseñanza y los medios de comunicación.
- El estudio y propuesta de aprobación de las actividades de Extensión Universitaria.
- El conocimiento e información de las propuestas de convenios que tengan como finalidad única o principal la organización de actividades de Extensión Universitaria.
- La propuesta de criterios de adjudicación y distribución de las becas y ayudas que se puedan convocar para la asistencia a las actividades de Extensión Universitaria, conforme a la normativa reguladora de las becas y ayudas de la Universidad.
- La evaluación de los resultados académicos, económicos y de calidad de las diversas actividades de Extensión Universitaria.
- Aquellas otras que específicamente le encomiende el Rector o el Consejo de Gobierno de la Universidad. Artículo 70 Comisión de Postgrado.
Sesiones y principales acuerdos adoptados
La última sesión de la Comisión de Extensión Universitaria tuvo lugar:
- El 22 de abril de 2024.
- Con el siguiente orden del día.
Para acceder a la información sobre anteriores sesiones de esta Comisión sigue este enlace.
Normativa
- Reglamento de estudios de extensión universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía (aprobado en Consejo de Gobierno el 21 de diciembre de 2011 y modificado en Consejo de Gobierno 19 de junio de 2013) (pdf)
- Reglamento de enseñanzas de postgrado y de formación continua de la Universidad Internacional de Andalucía (aprobado en Consejo de Gobierno el 19 de diciembre de 2018) (pdf)